En Cataluña*, una vivienda de uso turístico es aquella cuyo uso los propietarios, con la autorización del ayuntamiento, ceden a terceros en condiciones de inmediata disponibilidad para una estancia de temporada, en régimen de alquiler o bajo cualquier otra forma que implique contraprestación económica.
Por ejemplo, un apartamento que se alquila por días sueltos es una vivienda de uso turístico. La normativa catalana fija las obligaciones que deben cumplir estas viviendas.
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Vivienda ilegal
Se considera ilegal la vivienda de uso turístico que no tenga habilitación municipal.
Si se pilla a un propietario que se dedica al alquiler con fines turísiticos de su vivienda en Cataluña, sin perjuicio de la incoación del correspondiente expediente sancionador, se le ordenará el cese de la actividad hasta que se obtenga la pertinente habilitación municipal.
Una de las consecuencias puede ser la prohibición de seguir ejerciendo la actividad de vivienda de uso turístico ilegal como sanción
Cómo se puede saber si una vivienda se dedica a estos fines
La normativa prevé como pruebas para denunciar al propietario
La publicidad de comercialización y oferta de viviendas para realizar estancias de temporada (incluida Internet);
La existencia de consumos por encima de los mínimos de los suministros en viviendas sin que se pueda acreditar la concurrencia de alguna de las siguientes condiciones:
-Ocupación para residencia habitual.
-Ocupación para la realización de una actividad industrial, comercial, artesanal, profesional, recreativa, asistencial, cultural o docente.
El alquiler por plazos superiores a tres meses.
La cesión gratuita de la vivienda.
La cesión a más de un usuario en el periodo de un año.
Cualquier otro testimonio o prueba que permita acreditar la ocupación de la vivienda para una estancia de temporada.
Las administraciones competentes deben impulsar políticas orientadas a evitar la utilización ilegal de las viviendas de uso turístico. Con este fin deben aprobar programas de inspección y deben velar porque las viviendas de uso turístico dispongan de la preceptiva habilitación municipal.
Régimen sancionador
Toda persona que comercialice viviendas, ya sea la persona titular de la propiedad o no, para realizar estancias de temporada, será responsable de las infracciones que se puedan cometer.
Normativa relacionada
Es normativa relacionada con las viviendas de uso turístico en Cataluña es:
- Decreto 164/2010, de 9 de noviembre, de regulación de las viviendas de uso turístico (DOGC de 15 de noviembre de 2010).
consulta sobre vivienda ilegal de turismo buenos dias,
alquien me podria informar donde denunciar una vivienda de turismo de alquiler ilegal?
muchas gracias