Se acaba de publicar (mayo 2023) la norma que regula el turismo rural en la Comunidad de Madrid. La nueva norma actualiza y deroga la anterior de 2005.
En este post analizamos el turismo rural en la Comunidad de Madrid, sus modalidades (hotel rural, casa rural y apartamento de turismo rural) y categorías.
Tabla de contenidos
Qué se considera alojamiento de turismo rural y qué no
Lo primero que hace esta norma es recordar qué se entiende por establecimientos de alojamiento de turismo rural:
aquellas instalaciones situadas en el medio rural que, con características singulares, se destinan al alojamiento turístico de forma habitual, mediante precio, y reúnen los requisitos previstos en esta norma y demás que le son de aplicación.
Y ponerle condiciones:
Los establecimientos de alojamiento de turismo rural se ubicarán en el medio rural y en los cascos urbanos de municipios de menos de 15.000 habitantes.
Y excepciones:
Excepcionalmente, el uso de dicha calificación se podrá extender a otros municipios cuando, a juicio de la dirección general competente en materia de Turismo, la oferta de alojamiento sea insuficiente, o las características y ubicación de los edificios, sus instalaciones o servicios prestados así lo aconsejen.
Qué no es turismo rural
En la CAM, no se consideran establecimientos de turismo rural:
a) Los establecimientos que se arrienden por temporada, de conformidad con lo dispuesto en la legislación de arrendamientos urbanos.
b) La simple tenencia de huéspedes con carácter estable y el subarriendo parcial de vivienda, en los supuestos en que sea de aplicación el régimen jurídico vigente sobre arrendamientos urbanos.
c) Albergues juveniles, centros residenciales de atención social, estudiantes u otros colectivos específicos, cuyo fin no se ajuste al uso turístico.
Modalidades de turismo rural
Las tres modalidades de turismo rural en la Comunidad de Madrid son: hotel rural, casa rural y apartamento de turismo rural.
Todos estos alojamientos deben estar
…emplazados en edificios que cumplan las condiciones constructivas, estéticas y de protección del medio ambiente rural establecidas en el planeamiento municipal vigente y que dispongan del título habilitante que corresponda de acuerdo con la normativa municipal.
Las buhardillas o mansardas deberán tener una altura como mínimo de 2,5 metros en el sesenta por ciento de la superficie de las habitaciones.
No podrán
estar instalados en el mismo edificio que empresas cuya actividad ocasione ruidos, emisión de humos o, en general, molestias al usuario turístico que superen los límites establecidos en las ordenanzas municipales y en el resto de normativa aplicable.
En cuanto al mobiliario y decoración «deberán mantenerse en perfecto estado de uso y conservación».
Hotel rural
Los hoteles rurales son
aquellos establecimientos abiertos al público que, de forma habitual y profesional, se dedican a prestar alojamiento turístico de carácter temporal, mediante precio, con o sin otros servicios de carácter complementario….
Deben ocupar la totalidad de un edificio, constituyendo sus dependencias un todo homogéneo con accesos y salidas de uso exclusivo. Y deben contar con un mínimo de 2 habitaciones con un total de cuatro plazas y un máximo de cincuenta habitaciones con un total de cien plazas.
Atendiendo a sus instalaciones y servicios, hay 3 categorías de hotel rural que se identificarán mediante hojas de roble, en los siguientes términos: hoteles de tres hojas (categoría superior), de 2 hojas (media) y 1 hoja (categoría básica).
Casa rural
Las casas rurales son los «edificios independientes que ofertan servicios de alojamiento, con o sin servicio de comidas, mediante precio» y reúnen una serie de requisitos como:
deberán contar con un encargado o responsable, que tendrá como misión facilitar el alojamiento y resolver cuantas incidencias se planteen al cliente, debiendo encontrarse localizable y a su disposición de forma permanente. Asimismo, contarán con un mínimo de cuatro y un máximo de veinte plazas.
Hay dos tipos de casa rural:
a) Casa rural en régimen de uso compartido, entendiéndose por tal la oferta de alojamiento en una parte identificada del establecimiento que podrá contratarse en su totalidad, o por habitaciones, reservándose para uso exclusivo del titular del establecimiento la parte restante.
b) Casa rural en régimen de uso integral, entendiéndose por tal la oferta de alojamiento en la totalidad del edificio.
Apartamento de turismo rural
Los apartamentos de turismo rural son
establecimientos de alojamiento de turismo rural consistentes en las unidades de alojamiento complejas, integradas en edificios de uso exclusivo, dotadas de instalaciones y servicios suficientes para la elaboración y conservación de alimentos, destinados de forma habitual al alojamiento turístico ocasional sin carácter de residencia permanente y mediante precio.
Deben ofrecerse al público con el mobiliario, equipo, instalaciones y servicios que permitan su inmediata ocupación.
Cada unidad de alojamiento contará con un mínimo de dos plazas y un máximo de ocho, si la superficie lo permite.
Derecho de acceso de personas y animales
Reservas y cancelaciones
El régimen de reservas y anulaciones vendrá determinado por el acuerdo entre las partes, debiendo constar expresamente la aceptación, por parte del cliente, de las condiciones pactadas.
No discriminación en el acceso
Estos alojamientos son públicos por lo que deben ser accesibles a PMRs (incluidos perros de asistencia de invidentes) y garantizar el libre acceso a sin ningún tipo de discriminación.
Los establecimientos con entre 5 y 50 habitaciones deben ofertar, al menos, una habitación adaptada para personas con discapacidad.
En cuanto a los animales de compañía:
El régimen de admisión de animales domésticos en un establecimiento de alojamiento de turismo rural debe constar en lugares visibles del establecimiento, en la información de promoción y en los soportes on-line en los que aparezcan los establecimientos. Las personas con discapacidad reconocida podrán entrar al mismo acompañadas de perros de asistencia.
Obligaciones de los usuarios
Pero los clientes deberán respetar el reglamento de régimen interior del alojamiento (si lo tuviere).
En este reglamento de régimen interior, que deberá estar en lugar visible y en la web del establecimiento «se fijarán normas de obligado cumplimiento para las personas usuarias durante su estancia».
Los usuarios deben además cumplir con las obligaciones previstas en la Ley de Turismo madrileña (art. 9):
- Observar las normas usuales de convivencia en los establecimientos turísticos.
- Someterse a las prescripciones particulares de los establecimientos y empresas cuyos servicios disfruten o contraten y muy particularmente a los reglamentos de uso o de régimen interior, siempre que no contravengan lo previsto en las leyes y en los reglamentos de desarrollo de las mismas.
- Pagar el precio de los servicios utilizados, en el momento de la presentación de la factura o en el plazo pactado.
En caso de problemas
Los titulares del negocio pueden hacer personarse a la Policía o Guardia Civil
para desalojar de un establecimiento a las personas que incumplan las reglas usuales de convivencia social y a las que pretendan entrar con finalidades distintas del pacífico disfrute del servicio que se presta o de la actividad que se desarrolla.
Placas identificativas y precios
Cada establecimiento de alojamiento de turismo rural debe exhibir en su entrada principal su correspondiente placa normalizada con el distintivo correspondiente a su clasificación y modalidad.
Los precios de los servicios ofrecidos también deben estar visibles y serán totales, entendiéndose incluidos en ellos el importe del servicio, los impuestos y descuentos que le sean aplicados en su caso, resultando su suma la cantidad total a pagar por el usuario.
Forma de pago
Los usuarios deberán abonar el precio correspondiente a los servicios utilizados en el lugar y tiempo convenido con la empresa de alojamiento de turismo rural, y previa presentación de la factura, sin que en ningún caso la formulación de reclamación exima del citado pago.
A falta de acuerdo expreso se entenderá que el pago debe efectuarse en el mismo establecimiento y en el momento en que le fuese presentada al cobro la factura.
El pago del precio se efectuará, de conformidad con la normativa aplicable, en efectivo, con tarjeta de crédito o débito, o por cualquier otro medio válido de pago cuya utilización haya sido admitida por la empresa de alojamiento de turismo rural.
Facturas
Las facturas tienen que incluir el desglose por días y conceptos de los servicios prestados. El nombre, categoría y número de identificación fiscal del titular del establecimiento. El nombre completo del cliente y su número de identificación fiscal.
También el número de habitación, número de personas alojadas y las fechas de entrada, salida y de la factura.
Normativa relacionada
- Decreto 48/2023, de 26 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la ordenación de los establecimientos de alojamiento de turismo rural en la Comunidad de Madrid (BOCAM de 4 de mayo de 2023).
- Decreto 117/2005, de 20 de octubre, de autorización y clasificación de alojamientos de turismo rural en la Comunidad de Madrid (derogada).
- Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid (ver online).