Las viviendas de uso turístico son aquellas cuyo uso los propietarios, con la autorización de su Comunidad autónoma y ayuntamiento, ceden a terceros en condiciones de inmediata disponibilidad para una estancia de temporada, en régimen de alquiler o bajo cualquier otra forma que implique contraprestación económica ya sea en su totalidad o por habitaciones.
En comunidades muy turísticas como Andalucía, Cataluña o País Vasco, hay normativa que empieza a poner las cosas complicadas para este tipo de actividad para garantizar el control administrativo y disminuir la controversia de este tipo de actividades de alquiler con mucha rotación, ruido y molestias, en las comunidades de vecinos. En otras como Baleares, se prepara una normativa aún más exigente que incluye pedir permiso a la comunidad de propietarios además de disponer de un seguro de responsabilidad civil.
Te mostramos a continuación todo lo publicado hasta la fecha en Consumoteca en relación con las viviendas de uso turístico y con las habitaciones para uso turístico, que son aquellas viviendas en las que el propietario sigue viviendo pero alquila una o varias habitaciones de su propia casa.
Tabla de contenidos
Viviendas de uso turístico
Viviendas de uso turístico por Comunidades autónomas
Andalucía
Cataluña
Comunidad valenciana
País Vasco
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