«El registro de viajeros del Ministerio de Exteriores». Fecha publicación: 1 diciembre 2019. Última actualización: 3 octubre 2024.
El Registro de Viajeros del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (MAEC) es un registro voluntario y gratuito que permite que las personas que vayan a viajar a cualquier país en el extranjero comunicar con antelación a ese Ministerio los datos personales de los viajeros.
De esta manera, en caso de necesidad, calamidad, catástrofe, atentado, etc. en el país de destino, el MAEC puede conocer de nuestra presencia en ese país, e intentar localizarnos a la mayor brevedad por medio de embajadas y consulados, así como comunicar sobre nuestro paradero a nuestros familiares y amigos.
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Quién se puede inscribir
Este registro de viajeros se crea por el MAEC y está pensado para ciudadanos españoles que se desplacen temporalmente a otro país hasta un máximo de 182 días, pero sin la intención de hacerlo de forma permanente, ya que en ese caso, lo recomendable es presentarse al Registro de Matrícula Consular del Consulado de España en ese destino.
Por tanto, la diferencia del registro de viajeros con el Registro de Matrícula Consular en el país es la duración de la estancia en el país de destino.
Requisitos para inscribirse
Para darse de alta en el registro se puede hacer de dos formas: a) online, o b) rellenando un formulario PDF imprimible en papel que hay que remitir relleno por fax preferentemente al Consulado General del país de destino o, en su ausencia, a la Embajada de España (Sección Consular).
Si se hace por la web del MAEC, tiene la ventaja de que se crea una cuenta de usuario protegida con contraseña, de manera que se pueden hacer notificaciones de alta o baja en el registro de viajeros, o varias a la vez si se va a viajar a varios países en el mismo viaje, mientras que en la modalidad “fax”, se tendrán que enviar tantos formularios como diferentes países se piensen visitar.
En cualquiera de las dos formas, el viajero debe garantizar que los datos personales facilitados son veraces y se hace responsable de comunicar cualquier modificación de los mismos.
Qué datos nos pedirán
En ambas modalidades se comienza en un primer bloque por dar nuestros datos: nuestro nombre completo, fecha y lugar de nacimiento, lugar de residencia y sexo.
En el segundo bloque se meten los datos de nuestro pasaporte y hay un tercer bloque con texto libre para poner cualquier dato de interés (alergias, problemas de salud, grupo sanguíneo, etc.) en caso de ser necesario ser atendido en el extranjero.
Luego se dan los datos sobre nuestro viaje: país de destino, fecha prevista de llegada y salida, si se tiene o no seguro de viaje y datos de contactos allá (teléfono, móvil, fax, email y dirección postal).
También se nos pide el itinerario y el método preferido de comunicación en caso de ser necesario (el móvil es lo más recomendable por inmediato).
En otro bloque informaremos de si viajamos solos o en compañía de quién y dónde se nos podrá contactar en todo momento.
Por último, se indicarán las personas de contacto, sus datos de contacto y nuestra relación de parentesco o amistad o profesional con esas personas, en caso de necesidad.
El documento se firma y se confirma online o se envía por fax.
El MAEC no se hace responsable
Conviene recordar que si bien el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación se compromete a hacer todo lo posible para contactar a las personas inscritas en el registro de viajeros en caso de emergencia, no garantiza que esto sea posible en todos los casos.
El Estado no se hace responsable por los daños o perjuicios que los ciudadanos puedan sufrir en el extranjero aunque estén inscritos voluntariamente en dicho registro de viajeros.
Buenos días, ¿una persona aún sin la nacionalidad española pero si con la residencia aquí, podría registrarse en la embajada cuando viaja? Gracias.