España es uno de los primeros destinos turísticos del mundo. La afluencia masiva de turistas (tanto extranjeros como nacionales) por todo tipo de poblaciones de playa, montaña y urbanas obligan a disponer de una serie de servicios para los visitantes. Por eso, algunas Comunidades autónomas crearon el concepto de «municipio turístico» en sus Leyes de Turismo, para desarrollarlo más tarde es normas específicas.
Estas normas promueven la creación de servicios municipales a disposición de la población turística asistida mediante una «acción concertada de fomento».
En esta entrada te explico qué se considera municipio turístico en España y qué obligaciones tienen los consistorios de estos por pertenecer a dicha tipología. Entre las ventajas de obtener tal condición destaca ser incluidos en los planes de promoción turística de la Comunidad autónoma.
Me basaré en la reciente normativa de Castilla-La Mancha (31 enero 2024) y en la norma andaluza de junio de 2017.
Tabla de contenidos
Municipio turístico
Un municipio turístico, en Castilla-La Mancha (CLM) es
aquel municipio que cumpla los requisitos establecidos en este decreto y que, previa tramitación del procedimiento previsto en el Capítulo III, sea reconocido mediante orden de la persona titular de la consejería competente en materia de turismo.
Estos municipios se caracterizan por disponer de varios recursos turísticos de interés cultural, histórico, artístico, arquitectónico, arqueológico, tradicional, etnográfico o paisajístico.
Población turística asistida
Por su parte, la población turística asistida es
la constituida por quienes no ostenten la condición de vecinos o vecinas del municipio, pero tengan estancia temporal en el mismo por razones de visita turística o pernoctación en alojamientos turísticos.
Requisitos que deben cumplir
Castilla-La Mancha
Los municipios turísticos cumplen los siguientes requisitos en C-LM (extracto art. 3):
- Una población turística asistida anual superior al 25% del número de residentes del municipio. Datos diarios obtenidos a partir de sistemas de conteo de los recursos turísticos visitados y de los establecimientos de alojamiento.
- La población debe tener, al menos, tres recursos o servicios de interés turístico.
- El número de visitantes anual será, al menos, un 25% del número de residentes del municipio.
- Existirá un plan municipal de calidad turística con las medidas de mejora de los servicios públicos.
Plan municipal de calidad turística
En Castilla-La Mancha, el plan municipal de calidad turística es un documento que se debe actualizar cada 5 años. En él figurarán las inversiones a realizar por el municipio en al menos tres de las siguientes líneas de trabajo:
- Medidas de sostenibilidad ambiental.
- Zonas de aparcamiento junto a los recursos turísticos.
- Medidas y sistemas de accesibilidad conforme a la normativa sectorial de aplicación.
- Página web sobre los recursos y servicios turísticos, indicando, entre otras cuestiones, horarios, tarifas y vías de acceso.
- Señalización turística informativa adaptada al manual de señalización turística de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, ubicada en las principales vías de acceso al municipio.
- Creación de productos turísticos que mejoren la oferta turística del municipio (posible cooperación con otras administraciones públicas o entidades privadas).
- Disponer de catálogos sobre los recursos turísticos del municipio.
- Contar con oficina de turismo, punto de información turística o punto de información digital.
Andalucía
Por su parte, en la norma andaluza se valoran los siguientes aspectos para obtener la consideración de municipio turístico (extracto art. 3):
-Servicios públicos básicos respecto a la vecindad y a la población turística asistida, cuyo refuerzo se precise para satisfacer sus necesidades.
-Servicios específicos de especial relevancia para el turismo (sostenibles): salud pública, medio ambiente urbano, transporte colectivo urbano, protección civil y seguridad ciudadana.
–Planes de accesibilidad (universal): supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas y de transporte.
–Inversiones previstas para la promoción e infraestructuras turísticas.
-Oficinas de turismo accesibles, señalizadas y equipadas.
–Recursos turísticos declarados de interés turístico o cultural o espacios naturales protegidos
–Plazas de alojamiento inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía.
-Medidas de defensa y restauración del patrimonio cultural y urbano y Ordenanzas Fiscales y de Medio Ambiente.
-Medidas para corregir las desigualdades entre mujeres y hombres y de violencia de género, con incidencia en la actividad turística.
-Medidas en favor de la movilidad sostenible no motorizada o la motorizada con energías alternativas.
-Distintivos y certificaciones de calidad de los recursos y servicios turísticos del municipio.
-Declaraciones de zona de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales concedida por la Consejería de comercio interior.
-Oficinas municipales de información a la población turística asistida sobre sus derechos como personas consumidoras y usuarias.
Ejemplos de municipios turísticos en Andalucía
Son municipios turísticos en la actualidad en Andalucía:
- Almería: Mojácar y Níjar.
- Cádiz: Barbate, Chiclana de la Frontera, Chipiona, Conil de la Frontera, Grazalema, Rota, Setenil de las Bodegas, Tarifa y Zahara.
- Córdoba: Iznájar y Rute.
- Granada: Almuñécar, Bubión, Monachil, Lanjarón, Pampaneira y Salobreña.
- Huelva: Almonte, Aracena, Ayamonte, Cartaya, Isla Cristina, Lepe, Minas de Riotinto, Moguer, Palos de la Frontera y Punta Umbría
- Jaén: Baeza, Baños de la Encina, Cazorla, La Iruela, Úbeda.
- Málaga: Álora, Antequera, Ardales, Benalmádena, Estepona, Frigiliana, Fuengirola, Nerja, Ronda y Torremolinos
- Sevilla: Aznalcázar y Santiponce.
Declaración de municipio turístico
Las poblaciones que cumplan los anteriores requisitos deben obtener la Declaración de municipio turístico. El trámite se hace ante la dirección general de turismo de la Comunidad autónoma adjuntando una serie de documentos.
Estos probarán la población censada y la estimación de visitas turísticas y pernoctaciones junto con una memoria explicativa de los servicios públicos afectados y el Plan municipal de calidad turística citado.
En un máximo de 6 meses, el DG de Turismo emitirá una resolución. De ser favorable, el municipio se inscribirá en el Registro de Empresas y Establecimientos Turísticos de Castilla-La Mancha o el Registro de Turismo de Andalucía.
Normativa relacionada
Como has podido ver, la idea detrás de estas poblaciones con gran afluencia turísticas es muy variada. Por ejemplo se trata de:
- Conseguir un modelo de gestión turística de las poblaciones con un uso más racional del territorio;
- Mejorar la calidad de los servicios prestados al turista;
- Proteger la cultura, el patrimonio, las señas de identidad y la tradición local del municipio;
- Participación activa de todos para el desarrollo económico y social de la actividad turística.
Es normativa que regula los municipios turísticos en las Comunidades autónomas:
Castilla-La Mancha
- Decreto 3/2024, de 22 de enero, por el que se regula el Municipio Turístico en Castilla-La Mancha (DOCM de 30 de enero de 2024).
Andalucía
- Decreto 72/2017, de 13 de junio, de Municipio Turístico de Andalucía (BOJA núm. 119, de 23 junio 2017).