La entrada «¿Qué es un hotel balneario?» se publicó por primera vez el 21 de octubre de 2015 y ha sido actualizada el 22 de septiembre de 2023.
Un hotel es un establecimiento turístico cuyas dependencias constituyen un todo homogéneo con entradas y, en su caso, escaleras y ascensores de uso exclusivo.
Los hoteles debe contar por ley con una serie de instalaciones, equipamientos y servicios en función de su categoría (pueden tener entre 1 y 5 estrellas en función de sus instalaciones según un baremo de servicios fijado por la asociación de hoteles Hotel Stars Union).
En Comunidades autónomas como Castilla-La Mancha (septiembre 2023) o Castilla y León (octubre 2015) están reguladas* las distintas tipologías de hoteles y una de ellas es el hotel balneario.
Tabla de contenidos
Qué es un hotel balneario
Castilla-La Mancha
En CLM los hoteles balneario
Son aquellos hoteles que prestan, dentro de su establecimiento o en las inmediaciones del mismo, servicios de
balneario, en el que se utilizan las aguas minero-medicinales o las aguas termales declaradas de utilidad pública,
con fines terapéuticos, y cuya administración y gestión deberá realizarse por la misma persona titular.
Se deben separar las zonas dedicadas a los tratamientos de las dedicadas al alojamiento:
En el caso en que la prestación de servicio de hospedaje o residencia y la prestación del servicio de balneario
se realicen en el mismo establecimiento, conjunto unitario constructivo, edificio o parte homogénea del mismo, las
instalaciones médicas, sanitarias, de aguas mineromedicinales y/o termales y todas aquellas propias del balneario
tendrán que ser plenamente independientes y estar perfectamente delimitadas y señalizadas respecto de las zonas de hospedaje o residencia.
Castilla y León
Un hotel balneario es un establecimiento que ofrece tratamientos con aguas mineromedicinales y/o termales, declaradas como tales por los órganos competentes.
Requisitos de los hoteles balneario
Como mínimo, todo hotel balneario deberá contar con:
a) Equipamiento médico-sanitario y fisioterapéutico.
b) Sala o salones para la práctica de ejercicios físicos y de recuperación.
c) Sala de lectura y/o juegos.
d) Zona exterior de esparcimiento vinculada al propio establecimiento.
Normativa hotelera
Castilla-La Mancha
- Decreto 253/2023, de 12 de septiembre, de ordenación de las empresas y de los establecimientos de alojamiento turístico hotelero en Castilla-La Mancha (DOCM de 21 de septiembre de 2023).
Castilla y León
- Decreto 65/2015, de 8 de octubre, por el que se regulan los establecimientos turísticos de alojamiento hotelero en la Comunidad de Castilla y León (BOCYL de 9 de octubre de 2015).
- Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de Turismo de Castilla y León.