Los hoteles son establecimientos turísticos regulados en España por las Comunidades Autónomas que tienen muchas obligaciones cara a sus clientes, los usuarios. Una de estas es la de informar correctamente a sus clientes sobre las condiciones del servicio contratado mediante la entrega al cliente de una completa hoja de información.
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¿Qué es la hoja de información de un hotel y qué incluye?
Veamos lo que dice al respecto la norma de Castilla y León* (octubre de 2015) a continuación.
El artículo 37 del Decreto 65/2015 dice así:
En el momento de formalizar la admisión del usuario en los establecimientos de alojamiento hotelero, deberá ser informado de los servicios reservados o contratados y de los precios correspondientes a tales servicios, mediante la entrega de un documento que reflejará los siguientes datos:
a) Nombre, clasificación, especialidad o especialidades y categoría del establecimiento.
b) Identificación del cliente.
c) Número o identificación de la unidad de alojamiento.
d) Número de personas que se alojaran y de unidades de alojamiento.
e) Precio de la plaza de alojamiento y del resto de los servicios reservados o contratados.
f) Fecha de entrada y de salida.
g) Horario y régimen de manutención, en su caso
h) Comienzo (a las 14h00 del día de entrada) y terminación (a las 12h00 del día de salida) del servicio de alojamiento.
i) Instalación de cama supletoria, en su caso.
j) Información sobre los requisitos que se exigen en función de la especialidad.
La hoja de información podrá responder al modelo que determine el titular del establecimiento de alojamiento hotelero o al que está disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León accesible a través de la dirección electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es.
Continúa la norma aclarando que la hoja de información del hotel probará la estancia del usuario en ella a efectos de cualquier derecho u obligación que se quiera reclamar.
Este documento, una vez cumplimentado y firmado por parte del cliente, tendrá valor probatorio a efectos administrativos y deberá ser conservado por el titular del establecimiento de alojamiento hotelero, a disposición del órgano periférico competente durante un periodo de seis meses.
Pedir una copia de la hoja de información
Por tanto, conviene al firmar la admisión en el hotel exigir que nos den la copia de la hoja de información y guardarla hasta nuestra salida del hotel si todo ha ido bien, ya que si no es el caso, nos valdrá a la hora de poner una reclamación de consumo.
Normativa relacionada
- Decreto 65/2015, de 8 de octubre, por el que se regulan los establecimientos turísticos de alojamiento hotelero en la Comunidad de Castilla y León (BOCYL de 9 de octubre de 2015).