Desde enero 2014, las empresas turísticas murcianas («personas físicas o jurídicas que debidamente acreditadas, de manera profesional, habitual y mediante precio, se dedican a la realización de una actividad turística o a la prestación de algún servicio turístico») están obligadas a:
1.- Presentar una declaración responsable y comunicar al organismo competente en materia de turismo de la Región de Murcia, el inicio y el cese de actividades turísticas o cualquier cambio sustancial que afecte a las mismas, así como obtener la clasificación correspondiente.
2.- Exhibir, con las formalidades exigidas y de acuerdo con su clasificación y, en su caso, categoría reconocida, los datos de identificación del establecimiento turístico.
3.- Poner a disposición del público información veraz relativa al régimen de los servicios que se oferten en el establecimiento, las condiciones de prestación de los mismos y sus precios, así como de todas las circunstancias que les afecten en la prestación de dichos servicios.
4.- Prestar los servicios de acuerdo con los términos contratados, las disposiciones de la ley y la normativa específica que les sea de aplicación.
5.- Cuidar del buen funcionamiento de las instalaciones y servicios del establecimiento.
6.- Tener a disposición, y facilitar a los clientes, la documentación preceptiva para formular reclamaciones, cuya existencia se anunciará al público de forma visible y expresada al menos en castellano e inglés y otros dos idiomas a elegir.
7.- Expedir y cumplimentar correctamente facturas o comprobantes reglamentarios, ajustándose a los servicios solicitados por el cliente y publicitados.
8.- Atender los requerimientos formulados por el organismo competente en materia de turismo.
9.- Facilitar a los funcionarios de inspección de turismo el ejercicio de sus funciones, el acceso a las dependencias e instalaciones y el examen de documentos, libros y registros directamente relacionados con la actividad turística de que se trate, así como facilitar la comprobación de cuantos datos sean precisos a los fines de la inspección.
10.- Tener concertada una póliza de responsabilidad civil y prestada fianza en los casos en que sea exigible.
Tabla de contenidos
Derechos de las empresas turísticas
En cuanto a sus derechos, las empresas turísticas murcianas gozarán de los siguientes derechos:
1.- A participar en los programas de fomento del turismo de la Administración regional, así como en los órganos de colaboración y consulta que puedan constituirse.
2.- A solicitar y obtener información sobre la actividad turística regional.
3.- A participar, en condiciones de igualdad, de todas las iniciativas de innovación turística que ponga en marcha la Administración regional.
4.- A ser protegidas contra el intrusismo en el sector a través de la aplicación de la disciplina turística.
5.- A recibir las mismas ayudas y apoyos que el resto de las industrias regionales.
Por nuestra parte, los usuarios también tenemos reconocidos una serie de derechos como turistas en Murcia.
Normativa relacionada
- Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia (BORM de 24 de diciembre de 2013).