Nueva ley de hoteles, hostales y pensiones en Castilla-La Mancha

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En España, cada Comunidad autónoma tiene plenas competencias para regular el turismo y las modalidades de alojamiento en su territorio. Se ha aprobado (septiembre 2023) una nueva ley de hoteles en Castilla-La Mancha y demás establecimientos hoteleros (hoteles, apartahoteles, hostales y pensiones).

La nueva norma deroga la anterior clasificación de los hoteles de 1989 y la actualiza a los tiempos que corren en 2023. Al igual que otras CCAA, ahora serán los propios establecimientos quienes se otorgarán su clasificación de «estrellas» tras una autoevaluación de sus instalaciones y servicios (algunos obligatorios). Esto con arreglo a una serie de tablas de servicios por categoría en los numerosísimos Anexos de la nueva norma.

En este post te resumimos lo más relevante de esta nueva ley de hoteles en Castilla-La Mancha para los consumidores y usuarios.

Qué es un establecimiento hotelero

La nueva norma castellanomanchega hace esta definición de lo que se considera establecimiento hotelero:

Aquel alojamiento turístico hotelero de uso público que, cumpliendo los requisitos establecidos en este decreto, ocupe uno o varios edificios próximos o parte de ellos, en disposición horizontal o vertical, esté abierto al público en general, y preste servicio de hospedaje o residencia con carácter temporal, de forma habitual y profesional a cambio de precio, con o sin otros servicios de carácter complementario.

Dentro de estos se incluyen las siguientes cuatro modalidades de alojamiento hotelero:

  • Hotel y Apartahotel (pertenecen al Grupo primero, que admite 5 categorías representadas por cinco, cuatro, tres, dos o una estrellas).
  • Hostal (Grupo segundo: de dos y una estrellas).
  • Pensión (Grupo tercero: de dos y una estrellas).

Todos ellos están obligados, antes del inicio de la actividad o de cualquier tipo de publicidad de la misma, a presentar una declaración responsable de inicio de actividad. También en caso de reforma, cambio de categoría o de especialidad.

Cada uno deberá exhibir en el exterior, junto a la entrada principal del establecimiento y en sitio visible, una placa distintiva normalizada.

Placa de un hotel en Castilla-La Mancha
Placa de un hotel de 5 estrellas en Castilla-La Mancha (desde sept. 2023)

Y deberán anunciar y disponer de hojas de reclamaciones a disposición de sus usuarios.

Hoteles

Un hotel en Castilla-La Mancha, se define así:

Aquel establecimiento de alojamiento turístico hotelero cuyas dependencias ocupan la totalidad de uno o varios edificios o parte independiente del mismo, constituyendo un todo homogéneo, con entradas, escaleras y ascensores en su caso, de uso exclusivo, y que cuente con el inmueble/habitaciones, instalaciones/equipamiento, servicios y oferta establecidos en el anexo I, en función de su categoría.

Modalidades de hotel

Los hoteles castellanomanchegos pueden tener una de estas especializaciones con carácter complementario a su clasificación:

  • Hotel Balneario: dispone de tratamientos con aguas minero-medicinales o aguas termales declaradas de utilidad pública, con fines terapéuticos.
  • Hotel de Congresos y Eventos: Disponen de sala de reuniones-proyecciones con capacidad mínima de 30 personas, sala de conferencias para al menos 50 personas, servicio de secretaría, aseos, climatización y restauración diferenciados. Tendrán mobiliario y equipamientos adecuados además de aparcamiento propio o concertado con un mínimo de treinta y cinco plazas.
  • Hotel Enoturístico: con servicio de bodega y en el que se realizan actividades tanto de divulgación de la cultura del vino, como de degustación y cata de vinos (preferentemente de C-LM).
  • Motel: situados fuera de los núcleos urbanos y en las inmediaciones de vías de circulación.
  • Hotel SPA: ofrecen tratamientos con aguas, aunque no reúnen los requisitos para obtener la declaración de aguas minero-medicinales o termales.
  • Hotel Rural: ubicados en el medio rural o en el campo. Edificación con la morfología y diseño de la arquitectura tradicional de la comarca en que se ubiquen.

Reglamento de régimen interior

Los establecimientos hoteleros podrán voluntariamente disponer de un reglamento de régimen interior a disposición de los usuarios al contratar el servicio y en un lugar visible en la zona de mayor afluencia.

Este reglamento incluirá, entre otros aspectos, las condiciones de admisión, el horario de prestación de los servicios que ofrece el alojamiento hotelero, las instrucciones de funcionamiento de alguna de las instalaciones y servicios, y de otros elementos que se dejen a disposición de las personas usuarias, así como las indicaciones para la utilización racional de los recursos y otras normas de uso y ocupación de los elementos o zonas comunes para la correcta convivencia de las personas usuarias.

Recepción del hotel y demás establecimientos

Todos estos establecimientos deben disponer de un área de recepción. Su misión es ser «centro de relación permanente» con los usuarios para asistencia, información, y estos servicios:

  • Atender las reservas de alojamientos.
  • Formalizar la hoja de admisión.
  • Facilitar información de los recursos turísticos de la zona (plano de la localidad) además de sobre servicios médicos, comercios, zonas de ocio, hostelería, transportes públicos y aparcamientos próximos.
  • Resolver y atender dudas, consultas y peticiones de las personas usuarias, en la medida que sea posible.
  • Recibir, guardar y entregar a las personas usuarias los mensajes y avisos que se reciban.
  • Custodia de llaves u otros sistemas de apertura y cierre de las habitaciones.
  • Expedir facturas o similares.
  • Atender las reclamaciones y suministrar las hojas de reclamaciones si se las pedimos.

Recepción automática no asistida

La nueva norma prevé un servicio de recepción automática o automatizada, «de forma excepcional» en los hoteles de una estrella, hostales y pensiones.

Servicio de cafetería, bar o restaurante

Los establecimientos hoteleros podrán prestar el servicio de restaurante exclusivamente a la clientela o para el público en general (se les aplica la normativa de la restauración).

Los accesos a estos locales podrán ser independientes o realizarse a través de los propios del establecimiento hotelero.

Reservas, cancelaciones y precios

Confirmación de la reserva

Todos los establecimientos deben confirmar las reservas de sus clientes por cualquier medio que deje constancia, no pudiendo reservar un número de plazas superior a las disponibles.

En la confirmación figurará el nombre del establecimiento junto con su código de inscripción en el Registro de empresas y establecimientos turísticos de Castilla-La Mancha.

Además, aparecerá la modalidad, categoría, nombre del usuario y fechas de llegada y salida, número de habitaciones reservadas y régimen de estancia.

También figurará el precio de la reserva, las condiciones de cancelación (libre pacto entre las partes) y abandono de la estancia y si hay algún anticipo en concepto de señal. Este anticipo es voluntario para el hotel, pero si lo exige, podrá anular la reserva si el anticipo no es realizado por el usuario.

En caso de que no cobren anticipo, te deben mantener la reserva «hasta las 20 horas del día señalado para la entrada, salvo que la persona usuaria confirme su llegada advirtiendo de posibles retrasos».

Penalizaciones por cancelación anticipada

Como mínimo, se aplicarán las siguientes penalizaciones (ojo el establecimiento puede endurecerlas) sobre el anticipo (no sobre el importe de la reserva) en caso de cancelación de la reserva:

  • 5 % en cancelaciones con más de 30 días de antelación respecto a la llegada.
  • 20% en cancelaciones entre 15 y 30 días antes de la llegada.
  • 50% en cancelaciones entre 8 y 14 días antes de la llegada.
  • 100% del anticipo si la cancelación se hace con 7 o menos días antes de la llegada.

En caso de fuerza mayor debidamente acreditada, no procederá la aplicación de penalización alguna con cargo al anticipo entregado, viniendo obligado el establecimiento de alojamiento hotelero a la devolución íntegra del mismo.

Ojo, porque la norma no aclara qué se entiende por «fuerza mayor acreditada», con lo cual deja muy al arbitrio del establecimiento aplicar las anteriores penalizaciones o no devolver el anticipo. Y obligará al consumidor a reclamar si cancela por lo que para él suponga «fuerza mayor«.

Precios libres

La actividad de alojamiento en los establecimientos hoteleros se ajustará al régimen de libertad de precios, pero deberán ser finales (con impuestos), visibles (máxima publicidad) y desglosando el precio del alojamiento del de los servicios complementarios si los hubiese.

El precio de la estancia incluirá los suministros de agua, energía, climatización, uso de ropa de cama y baño, así como la limpieza».

No se podrán cobrar a los usuarios precios superiores a los que figuren expuestos al público o se hubieran acordado en la reserva.

Horarios de entrada y salida

Salvo pacto en contrario recogido en el documento de confirmación de la reserva, el servicio de alojamiento en los establecimientos hoteleros comenzará a partir de las 14 horas del primer día del período contratado y terminará a las 12 horas del día de salida.

Normativa relacionada

Es normativa que regula los hoteles, apartahoteles, hostales y pensiones en Castilla-La Mancha:

  • Decreto 253/2023, de 12 de septiembre, de ordenación de las empresas y de los establecimientos de alojamiento turístico hotelero en Castilla-La Mancha (DOCM de 21 de septiembre de 2023).
  • Decreto 4/1989, de 16 de enero, sobre ordenación y clasificación de establecimientos hoteleros (derogado por Decreto 253/2023).
  • Decreto 205/2001, de 20 de noviembre, sobre régimen de precios y reservas en los establecimientos turísticos (derogado por Decreto 253/2023).

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

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Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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