Nueva ley de hoteles en Asturias

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Se acaba de aprobar (marzo 2023) una nueva ley hoteles en Asturias que actualiza la anterior de 2004.

Con ella se pretende favorecer la creación de una oferta de hoteles y establecimientos hoteleros innovadora y adaptada a los tiempos y proteger los derechos de los clientes. Y se aprovecha para, como muchas otras Comunidades autónomas, instaurar el sistema de clasificación hotelera de la Hotel Stars Union, el estándar europeo en la clasificación de hoteles y demás modalidades de alojamiento hotelero (hoteles apartamento, pensiones, 

A continuación te resumimos lo más relevante de esta nueva ley de establecimientos hoteleros en Asturias.

Hoteles, Hoteles-Apartamento y Pensiones

Los establecimientos hoteleros asturianos son de dos tipos: por un lado están los Hoteles y Hoteles-apartamento. Y por otro las pensiones.

Hoteles

Para la nueva norma asturiana, un hotel es:

aquel establecimiento que, ofreciendo alojamiento, con o sin servicios complementarios, ocupa la totalidad de un edificio o edificios o parte independizada de los mismos, constituyendo sus dependencias un todo homogéneo con entradas, escaleras y ascensores de uso exclusivo y que reúne los requisitos establecidos en esta norma.

Los hoteles se clasifican en cinco categorías, identificadas por estrellas (del 1 al 5).

Categorías de hoteles

Estas categorías se determinan por una puntuación en función de varios criterios:

  • Edificio y número y tipo de habitaciones.
  • Instalaciones/Equipamientos.
  • Servicios que ofrezca el hotel
  • Oferta de Ocio.
  • Servicio de reuniones y eventos.

La puntuación final determina el número de estrellas que el hotel puede exhibir:

  • 1 estrella 0-250 puntos.
  • 2 estrellas 251-350 puntos.
  • 3 estrellas 351-520 puntos.
  • 4 estrellas 521-670 puntos.
  • 4 estrellas superior 671-770.
  • 5 estrellas 771-920 puntos.
  • 5 estrellas “gran lujo” 921 puntos en adelante.

No se podrá exhibir junto a las estrellas calificativos como «Gran Lujo”, “Superior”, o similares.

Placa identificativa y publicidad

En el exterior de los hoteles se debe exponer una placa con el distintivo y categoría del mismo. También se deberá indicar en las facturas y en cualquier publicidad esta información.

Placa de hotel en Asturias
Placa de hotel en Asturias (incluye medidas oficiales)

La publicidad, en cualquier medio, será veraz, objetiva y de buena fe, dando al usuario información suficiente sobre las características del alojamiento y sus condiciones de uso.

Normas de régimen interior del hotel

Los titulares de un hotel podrán establecer un reglamento de régimen interior en castellano e inglés que deberán comunicar a los usuarios en el momento de la reserva (o antes de contratar si no hay reserva previa).

El contenido del mismo serán aspectos como el horario de prestación de los servicios, la presencia de animales de compañía, el uso adecuado del equipamiento y recursos (agua, toallas, etc.). También incluirá las condiciones de admisión, permanencia y, en su caso, expulsión de las personas usuarias, y cualquier otra cuestión que la empresa vea oportuno incorporar.

Los perros guía y de auxilio tendrán derecho de libre acceso, deambulación y permanencia en todos los establecimientos turísticos acompañando a la persona usuaria del mismo, sin que dicho derecho pueda ser desconocido o menoscabado.

Política de cancelaciones

Este apartado es interesante:

La política de cancelaciones será la que se pacte entre las partes. El usuario podrá cancelar la reserva efectuada, teniendo derecho a la devolución de las cantidades que hubiese abonado en concepto de depósito.

No obstante, el establecimiento podrá detraer, en concepto de gastos de cancelación, total o parcialmente el depósito o cobrar de cualquier medio de pago establecido como garantía, siempre y cuando medie pacto expreso y específico, cuya prueba corresponderá a la empresa explotadora del establecimiento.

En ausencia de pacto expreso sobre las condiciones de cancelación se aplicará subsidiariamente el siguiente régimen: la cancelación con 7 días o más de antelación a la fecha de entrada no supondrá cargos por gastos de cancelación; fuera del citado plazo, el establecimiento podrá facturar el 100% de la primera noche.

Funcionamiento interno

En cuanto al funcionamiento de los hoteles (resumiendo mucho la norma):

  • La jornada terminaa las 12 horas del día de salida. Si te quedas más tiempo se entenderá que prolongas tu estancia un día más (siempre que haya plazas libres para otros usuarios que entren ese día).
  • Te podrán exigir a la hora de reservar plaza un anticipo del precio a cuenta del importe final.
  • La clientela tiene la obligación de satisfacer el precio de los servicios prestados en el tiempo y lugar convenidos. A falta de convenio se entenderá que el pago debe efectuarse en el mismo establecimiento y en el momento de ser presentada para el cobro la factura correspondiente.
  • Los hoteles podrán prestar o no el servicio de comedor (obligatorio en los de 4 y 5 estrellas).

Especializaciones de los hoteles

Y pueden optar por alguna de estas especializaciones: hotel balneario, hotel de familia, motel, hotel de playa o hotel de montaña (o cualquier otra que el mercado pueda exigir previa aprobación de Turismo de la CCAA).

Hotel Balneario u Hotel Salud

Son hoteles donde se oferta la utilización de aguas termales, servicios hídricos de relax o terapéuticos, o bien la prestación de servicios de talasoterapia*.

Deberán contar con sala o salones para la práctica de ejercicios físicos y de recuperación, eEquipamiento médico-sanitario y fisioterapéutico, yespacios exteriores de esparcimiento vinculados al propio establecimiento.

Ojo porque en Galicia, la normativa de 2005 distingue las figuras del hotel balneario del hotel talaso (tratamientos con agua de mar, situados a máximo 1000 metros del mar).

Hoteles de familia

Son hoteles con zona exterior de esparcimiento, parque infantil con aparatos o instalaciones de recreo, sala de juegos, servicio de guardería y servicio de animación. Deben ofrecer una programación específica de actividades para niños y niñas.

En estos hoteles, al menos el 30% de las habitaciones deberán contar con las medidas necesarias, en función de su categoría, para contar con dos plazas adicionales.

Moteles

Los moteles, para son establecimientos fuera de los núcleos urbanos y en las proximidades de la carretera, con entradas independientes desde el exterior y dormitorio y cuarto de baño o aseo.

Tendrán garaje o aparcamiento cubierto en número equivalente al de unidades de alojamiento.

Hoteles de playa

Hoteles en primera línea o a menos de 500 metros de una playa, siempre que dentro de la distancia indicada no existan obstáculos importantes con la línea litoral y sea fácil el acceso a la misma. Podrán reducir en un quince por ciento la superficie destinada a salones y comedores siempre que dispongan de terraza general y zonas verdes acondicionadas para la estancia de los huéspedes.

Hoteles de montaña

Hoteles en núcleos de población de menos de 500 habitantes y a una altitud superior a 300 metros, en concejos con una altitud media sobre el nivel del mar superior a 500 metros.

También lo serán aún sin cumplir los requisitos anteriores los situados dentro de parques nacionales o parques naturales podrán alcanzar la especialidad de montaña cumpliendo dos de los tres requisitos anteriores, siempre que uno de ellos sea el de situarse en núcleos de población de menos de 500 habitantes.

Servicios incluidos en el precio del alojamiento

El hotel deberá tener las habitaciones preparadas y limpias en el momento de ser ocupadas por la clientela, estando comprendidos en el precio del alojamiento:

  • La limpieza diaria.
  • El cambio de lencería de cama y baño siempre que sea preciso y, en todo caso, al producirse una nueva ocupación.
  • La conservación y mantenimiento.

Se consideran servicios comunes comprendidos en el precio del alojamiento:

  • Las piscinas, espacios verdes o jardines y porches o terrazas comunes.
  • Las hamacas, columpios y mobiliario propio de dichas zonas.
  • Los aparcamientos, cuando estén al aire libre, no vigilados ni con plazas reservadas.

Definición de Hotel-Apartamento

Por su parte, los hoteles-apartamento son los

establecimientos en los que concurren los servicios comunes propios de los hoteles con las instalaciones adecuadas para la conservación, elaboración y consumo de alimentos dentro de la unidad de alojamiento y cumplen con las exigencias establecidas en esta norma.

Estos establecimientos deberán combinar unidades de alojamiento propias de los hoteles con otras que dispongan de instalaciones para la conservación, elaboración y consumo de alimentos.

La nueva norma les mantiene la clasificación de 1 a 5 estrellas, añadiendo en los baremos de puntuación características exclusivas de esta modalidad de alojamiento (equipamiento, básicamente):

Para hoteles-apartamento se exigirá obtener además las siguientes puntuaciones del apartado correspondiente a equipamiento de apartamentos: 10 puntos para establecimientos de 1 estrella, 15 puntos para establecimientos de 2 estrellas, 20 puntos para establecimientos de 3 estrellas, 25 puntos para establecimientos de 4 estrellas y 30 puntos para establecimientos de 5 estrellas.

Placa de hotel apartamento en Asturias
Placa de hotel apartamento en Asturias

Pensiones

Las pensiones en Asturias se definen así:

Las pensiones son establecimientos que ofrecen alojamiento, con o sin otros servicios de carácter complementario, y que por su dimensión, estructura, infraestructura, servicios y otras características no puedan ser clasificados en el grupo primero y cumplen las exigencias requeridas en esta norma.

Se clasifican en dos categorías, identificadas por una o dos estrellas.

Placa de pensión en Asturias
Placa de pensión en Asturias

Normativa relacionada

Es normativa relacionada con alojamientos en hoteles y afines en el Principado de Asturias.

  • Decreto 78/2004, de 8 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de establecimientos hoteleros.
  • Ley del Principado de Asturias 7/2001, de 22 de junio, de Turismo.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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