El Gobierno balear acaba de publicar una Ley para limitar el número de coches de alquiler y de no residentes que circulen por la isla de Ibiza en determinadas épocas del año, con masificación turística.
Con esta medida se pretende limitar la afluencia de vehículos en la isla balear en beneficio de la «sostenibilidad medioambiental, económica, social y turística de la isla».
En este post te detallo el contenido de esta interesante norma.
Tabla de contenidos
¿Cuántos vehículos transitan por Ibiza?
El Ibestat publica datos estadísticos para ilustrar el problema del tráfico de vehículos particulares en Ibiza. Entre 1996 y 2023 (27 años), el parque de vehículos que transitaron por la isla se incrementó un 255%, de 63.062 a 160.835 vehículos. Sin embargo, la media de las Islas baleares para un período similar (1996-2022) fue del 52,7%.
Entre 2001 y 2022 el número de coches que accedieron a la isla se ha cuadruplicado, pasando de 51.000 en 2001 a 206.960 en 2022.
Para paliar la sobrecarga que soporta la red de carreteras de la isla durante la temporada alta turística se han previsto las limitaciones de la Ley 5/2024.
El origen de la demanda
El origen de la petición de atajar el problema del exceso de coches está en una iniciativa legislativa por parte del Pleno del Consejo Insular de Eivissa.
Este propuso el 10 de mayo de 2024 una proposición de ley de control de la afluencia de vehículos en la isla de Eivissa para la sostenibilidad turística, para «corregir la problemática derivada de la congestión del territorio insular en los periodos del año de más afluencia de personas y vehículos».
Grandes objetivos
Son objetivos de la nueva Ley, especialmente en temporada alta:
- Fijar un número máximo de vehículos a motor en la isla. Y en concreto, limitar el número de coches de alquiler que pueden entrar anualmente en la isla (y estar en circulación) frente a los coches de residentes o de no residentes con vivienda en la isla y coche domiciliado allí;
- Forzar una parte de ese volumen de coches de alquiler a ser no contaminante;
- Potenciar el uso del transporte público y la movilidad sostenible en la isla (bicicleta y a pie);
- Restringir y limitar el acceso de coches y vehículos a motor a espacios naturales, patrimoniales o paisajísticos de interés.
El organismo encargado de hacerlo posible será el Consorcio para la Movilidad de la isla de Eivissa, de nueva creación e integrado inicialmente por el Consejo Insular de Eivissa y el Gobierno de las Illes Balears.
Límites a la entrada de coches
Se prohíbe la entrada y/o permanencia en la isla de Eivissa de todo tipo de vehículos a motor, incluido el estacionamiento, en el periodo del año que determine el Consejo Insular de Eivissa, con excepciones:
- Coches de residentes en Ibiza, personas físicas o jurídicas excepto los de empresas de coches de alquiler.
- Coches de personas físicas no residentes en la isla pero propietarias de una vivienda en Eivissa. Podrán tener un vehículo por propietario, siempre que pague el impuesto municipal de vehículos de tracción mecánica.
- Vehículos de residentes en Formentera, Menorca o Mallorca que se desplacen a Ibiza por trabajo.
- Vehículos al servicio de personas con movilidad reducida, acreditados debidamente.
- Coches oficiales y de servicios públicos (policías, bomberos, ambulancias, coches fúnebres, protección civil, transporte público y escolar, taxis, residuos y limpieza pública).
- Coches de alquiler domiciliados fiscalmente en la isla de Eivissa.
- Vehículos de transporte de bienes y mercancías y de distribución comercial.
- Tractores, excavadoras y asimilados.
Se podrá crear un distintivo a llevar visible en el coche par acreditar yque está autorizado a permanecer y circular por la isla. Quien no disponga del distintivo y quiera acceder a la isla con un coche tendrá que solicitar la acreditación antes.
Al haber un techo de autorizaciones para estos coches, se priorizará los menos contaminantes (eléctricos y más nuevos sobre vehículos viejos).
Obligaciones de las navieras y rent a car
Las empresas de ferrys que atracan en Ibiza deberán informar a los usuarios con coche sobre las posibles limitaciones temporales de acceso de vehículos a motor en la isla (en temporada alta) y de las posibles sanciones. Así mismo deberán verificar que el vehículo que alojen en su bodega disponga de la acreditación.
A partir de enero de 2025 deberán, además, comunicar a la autoridad ibicenca las matrículas o el número de bastidor de cada coche, el día y la hora de llegada.
Las empresas de alquiler de coches deberán a su vez informar sobre las matrículas y número de bastidor de los coches que entren o salgan de la isla a diario.
Limitación de acceso a enclaves a proteger
El Pleno del Consejo Insular de Eivissa podrá acordar limitar temporalmente la afluencia y/o el estacionamiento de vehículos a motor en determinadas zonas. Solo podrán acceder vehículos de transporte público de viajeros, prioritariamente de bajas emisiones.
Vehículos de servicio público
Las autoridades favorecerán el uso de vehículos de servicio público con clasificación “cero emisiones” o menos contaminantes, siempre que sea posible. Y se compromete a mejorar las frecuencias y la dotación de las líneas de transporte regular.
Normativa relacionada
La norma que regula la limitación de coches en la isla de Ibiza es:
- Ley 5/2024, de 11 de noviembre, de control de la afluencia de vehículos en la isla de Eivissa para la sostenibilidad turística (BOIB de 14 de noviembre de 2024).
Y en Formentera:
- Ley 7/2019, de 8 de febrero, para la sostenibilidad medioambiental y económica de la isla de Formentera.