El jueves 17 de febrero (2011) se publicó en el boletín oficial de Murcia el Reglamento que regula los derechos y deberes de los viajeros que viajan en transporte interurbano regular en la Región de Murcia. Este Reglamento de viajeros bus Murcia incluye aspectos como el billete, las obligaciones de las empresas y la información que deben recibir de parte de las empresas que prestan el servicio.
Tabla de contenidos
El billete
Dentro de los deberes, la principal obligación que recae sobre los viajeros por autobus murcianos es la comprar, mostrar y conservar durante todo el trayecto, a disposición de los empleados de la empresa de transportes, un título de transporte (billete) válido.
Este billete hay que conservarlo hasta descender del autobús en la parada de destino. Solamente se exceptúan de esta obligación los niños menores de cuatro años que no ocupen asiento.
Deberes de los usuarios de bus urbano
Son deberes de los usuarios viajeros que queremos destacar:
–Comprar un billete (título de transporte) válido y adecuado al trayecto con la moneda fraccionaria exacta coincidente con el precio marcado (o como máximo el billete inmediatamente superior al precio del viaje).
–Conservar el billete hasta el final del trayecto y hasta descender del autobus comprobando que sus pertenencias están en perfecto estado.
–Reunir las condiciones mínimas de sanidad, salubridad e higiene necesarias para evitar cualquier riesgo o incomodidad al resto de usuarios.
–Abstenerse de distribuir publicidad o de practicar la mendicidad, dentro de los vehículos.
-No hablar al conductor mientras el vehículo esté en marcha, salvo por razones de necesidad relacionadas con el servicio.
–En caso de que se produzcan discrepancias entre los viajeros por cuestiones relativas al servicio (apertura y cierre de ventanas, funcionamiento o no de dispositivos de aire acondicionado, etcétera), aceptar que prevalezca la opinión mayoritaria de los ocupantes del vehículo, y en su defecto, la del conductor.
Derechos de los usuarios de bus urbano
Entre los derechos de los viajeros destacamos el derecho a:
-Ser transportados (siempre que se disponga de billete válido).
–Recibir un trato correcto por parte del personal de las Empresas transportistas, que deberá atender las peticiones de ayuda e información que les sean solicitadas por los usuarios, en asuntos relacionados con el servicio.
-Solicitar y obtener en todos los vehículos y en las terminales establecidas, el libro de reclamaciones, en el que podrán exponer cualquier reclamación sobre la prestación del servicio.
-Que el estado de los vehículos sea el adecuado para que su utilización se realice en condiciones de comodidad, higiene y seguridad.
-Estar amparado por los Seguros obligatorios que correspondan a este tipo de transporte.
–Obtener el reintegro del importe del viaje en caso de suspensión del servicio.
-A exigir de las empresas transportistas un resguardo por sus equipajes y a percibir las indemnizaciones pertinentes en caso de pérdida o avería de los mismos.
Normativa relacionada
Es normativa que regula el transporte de viajeros por carretera en autobuses en la Región de Murcia además del Reglamento de viajeros bus Murcia:
- Estatuto de autonomía de Murcia (su artículo 10.1.4 reconoce la competencia en materia de transporte por carretera cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de Murcia a esta comunidad autónoma).
- Ley 16/1987, de 30 de Julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (establece en sus artículos 40 y 41 que la Administración elaborará el catálogo de los derechos y deberes de los usuarios del transporte).
- Decreto n.º 8/2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de derechos y obligaciones de viajeros del transporte por carretera de la Región de Murcia y de condiciones generales de su utilización y prestación (BORM de 17 de febrero de 2011).