En materia de transporte aéreo, un pasajero problemático o potencialmente perturbador es cualquier pasajero que por su situación particular, requiere unas condiciones de vuelo específicas para garantizar la seguridad del vuelo. Por ejemplo, la notificación de su identidad y butaca o la necesidad de llevar un escolta.
Todos ellos se engloban dentro de lo que se conoce como «actos de interferencia ilícita» y la normativa europea de seguridad aérea prevé la forma de actuar y las atribuciones de las tripulaciones de los aviones.
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Pasajero problemático
Los pasajeros problemáticos hasta 2008 se dividían en «pasajeros potencialmente perturbadores» y «pasajeros indisciplinados». La normativa que regulaba esta clasificación está derogada.
En la actualidad, desde 2015 se habla de pasajeros potencialmente conflictivos.
Pasajeros potencialmente conflictivos
Para el Reglamento (CE) nº 300/2008 un pasajero potencialmene conflictivo es:
el pasajero que bien ha sido expulsado de un país, bien es considerado inadmitido a efectos de inmigración o bien viaja custodiado;
El Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1998 se refiere a los pasajeros potencialmente conflictivos así:
4.3.1. La autoridad competente deberá informar por escrito con antelación a toda compañía aérea de la intención de embarcar a un pasajero potencialmente conflictivo a bordo de su aeronave.
4.3.2. La notificación deberá incluir las precisiones siguientes:
a) identidad y sexo del pasajero;
b) razón del transporte;
c) nombre y función de los escoltas, si procede;
d) evaluación de riesgos por parte de la autoridad competente y razones para llevar o no escolta;
e) distribución prevista de los asientos, según corresponda, y
f) naturaleza de los documentos de viaje disponibles.
La compañía aérea deberá proporcionar esta información al comandante de la aeronave con anterioridad al
embarque de los pasajeros.4.3.3. La autoridad competente velará por que el pasajero en cuestión viaje permanentemente vigilado y custodiado
Pasajeros potencialmente perturbadores
Ejemplos de pasajeros potencialmente perturbadores con los expulsados de un país, las personas declaradas non gratas o las personas detenidas que son transportadas de un lugar a otro.
La ley regula la forma en la que viajan en avión los pasajeros potencialmente perturbadores.
Pasajeros indisciplinados
Otro tipo de pasajero problemático para los que las compañías aéreas se reservan derechos son los pasajeros indisciplinados.
Es decir, aquellos pasajeros que sin ser potencialmente perturbadores por su condición de expulsados, reos, detenidos, etc., pueden poner en peligro la seguridad de una aeronave por su actitud durante un vuelo.
Normativa relacionada
Es normativa relacionada con cualquier tipo de pasajero problemático:
- Reglamento (CE) nº 300/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de marzo de 2008 sobre normas comunes para la seguridad de la aviación civil y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 2320/2002 (ver online).
- Reglamento de Ejecución (UE) 2015/1998 de la Comisión, de 5 de noviembre de 2015, por el que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea (ver online).
- Reglamento (UE) nº 185/2010 de la Comisión, de 4 de marzo de 2010, por el que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea (derogado).
- Reglamento europeo sobre seguridad aeroportuaria CE nº 820/2008 de 8 de agosto por el que se establecen medidas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea (derogado).