En este post te hablamos sobre las ordenanzas municipales del taxi y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), un organismo independiente y con su propia personalidad jurídica que garantiza la libre competencia para proteger a los consumidores.
Toca todos los palos (energía, telecomunicaciones, industria, colegios profesionales, etc.) y su “biblia” es la Ley de defensa de la competencia.
Uno de los sectores en los que se ha fijado últimamente es el del taxi, regulado a nivel local mediante ordenanzas municipales que regulan el taxi en régimen de monopolio sobre otras alternativas para el usuario.
Tabla de contenidos
El taxi no avanza
En las ciudades de Málaga y Córdoba, a juicio de la CNMC, se restringe la competencia y eso encarece el servicio del taxi en contra del bienestar de los ciudadanos.
De hecho el organismo ha estimado que en Málaga la falta de competencia genera un coste anual de 4,4 millones de euros y de 2,5 millones en Córdoba además del perjuicio en forma de mayor tiempo medio de espera para los usuarios o de las ineficiencias que provoca un régimen de monopolio.
Prácticas contra la libre competencia
En concreto, la CNMC declara estas prácticas contra la competencia en estas ordenanzas municipales:
Número de licencias limitado
Al no permitir nuevas licencias sobre el máximo otorgado (presionados por el gremio de taxistas), estos Ayuntamientos perjudican a sus ciudadanos,
Los usuarios tienen la misma disponibilidad y variedad de vehículos, sufren un mayor tiempo medio de espera, y no hay competencia entre los propios taxistas, individual o colectivamente.
A su vez, los taxistas se aseguran rentas crecientes que se reflejan en el precio elevado al que venden las licencias de taxi en el mercado.
Lo cual es un contrasentido: la administración permite limitar el número de licencias para un servicio de transporte concreto, beneficiando la especulación entre los que disponen de su licencia.
Como muestra, en Córdoba, el completo informe de la CNMC dice que en 1994 había 483 licencias y en 2015, 509, lo cual no parece una gran evolución para una ciudad en la que el ratio de licencias de taxi por 1.000 habitantes era en 2014, con 1,44, menor que en 1997, con 1,58.
Mientras tanto, en esta ciudad, el valor medio de una licencia de taxi fue de 107.914 euros en 2015. Un contrasentido.
Precios fijos regulados
Es decir, que para proteger al usuario con transparencia, los precios son iguales para todos. Pero ¿por qué no se plantean como máximos de manera que pueda haber competencia entre los taxistas hacia abajo?
Las asociaciones de titulares de licencias de taxi protagonizan las decisiones sobre número de taxis o fijación de precios, en perjuicio de los usuarios.
Requisitos injustificados relativos a la calidad y seguridad, tales como que el vehículo no tenga más de dos años de antigüedad, entre otros.
Todo esto favorece que nadie quiera innovar en servicios, calidades y precios en beneficio de los usuarios, en contra de los deseos de los consumidores de a pie que, desde la masificación de los smartphones, están encantados con nuevas aplicaciones informáticas que permiten localizar a un taxi u otro vehículo de transporte de pasajeros en el espacio urbano, contratar sus servicios de forma rápida, disponer de información sobre distintas características del servicio incluido el coste de un trayecto por adelantado o pagar desde el móvil.
A los Tribunales de Justicia
Las cosas así, la CNMC solicitó a los ayuntamientos de Málaga y Córdoba modificar sus ordenanzas y como no les hicieron ni caso, recurrió al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que ahora ha admitido a trámite sus recursos contra dichas Ordenanzas del taxi por restringir la competencia al mantener y fortalecer un régimen de monopolio en el mercado del taxi.
La CNMC tiene reconocida esta capacidad de recurrir a los tribunales (legitimación activa) en la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y en la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de la unidad de mercado.
En defensa de la libertad
Para Consumoteca, es cierto que debe estar regulada la prestación de servicios de taxi y de vehículos con conductor en beneficio de los usuarios por razones de transparencia y seguridad, pero ya no es consistente aferrarse a los clásicos, los coches “piratas” no son seguros, le van a cobrar de más, ellos no pagan impuestos, etc. cara a los Hailo, Uber, Lyft o Mytaxi, ya que se les puede fiscalizar igual que a los taxistas con licencia.
Al final, igual que ha pasado con el alquiler de viviendas o partes de ella y los hoteles convencionales, con los taxis ocurrirá lo mismo.
La competencia obliga a moverse si se quiere comer, a dar mejor servicio, a mejor precio, a tratar bien a tu cliente, a que el cliente te elija a ti y no al revés como ahora que en una fila de taxis tienes que desplazarte tú al inicio, coger el coche que te toque (si tiene la horrorosa mampara te fastidias), si huele a tabaco o el conductor no es amable, te aguantas, si el coche es viejo o sucio, te aguantas, y un largo etcétera.
Mientras tanto en muchas ciudades de España, la legislación protege al taxista, no al usuario en contra de la ley (artículo 12 del Decreto 35/2012, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transporte Público de Viajeros y Viajeras en Automóviles de Turismo), que establece que
“los Ayuntamientos …… otorgarán las licencias de auto taxi atendiendo siempre a la necesidad y conveniencia del servicio al público y a la caracterización de la oferta y demanda en su ámbito territorial, garantizando la suficiente rentabilidad de la explotación del servicio».