«Formación del personal de una ambulancia». Fecha publicación: 5 marzo 2011. Última actualización: 5 marzo 2022.
Las ambulancias se dedican a realizar el transporte sanitario de personas necesitadas de asistencia médica como personas enfermas, accidentadas o que lo necesiten por otra razón sanitaria.
La normativa (ver más abajo), exige que el transporte sanitario se efectúe en vehículos especialmente acondicionados denominados ambulancias, por causas médicamente justificadas.
Por ello hay distintos tipos de ambulancias (ambulancias no asistenciales y ambulancias asistenciales (de soporte vital básico, de soporte vital básico-rescate y de soporte vital avanzado o UVI móvil). Y cada una de ellas deben tener distintos perfiles de profesionales a bordo.
Requisitos según perfil
Tabla de contenidos
Formación del personal de una ambulancia
En una ambulancia viajan, básicamente, cuatro tipos de profesionales:
- los técnicos de transporte sanitario.
- los médicos y médicas.
- los enfermeros o enfermeras.
- auxiliares de transporte en ambulancia.
Formación de los técnicos de transporte sanitario
Los técnicos que presten servicios en ambulancias deberán poseer el título de Técnico en Emergencias Sanitarias. O alternativamente deberán acreditar habilitación para el ejercicio profesional como técnico de transporte sanitario.
Formación de los médicos de una ambulancia
La norma navarra distingue la formación de los médicos que vayan en una ambulancia asistencial de soporte vital básico, de los que vayan en una de soporte vital avanzado.
Los médicos que presten servicio en las ambulancias de soporte vital avanzado, deberán poseer capacitación demostrable en transporte asistido, técnicas de reanimación y técnicas de soporte vital avanzado.
Y deberán reunir además, las siguientes condiciones:
- Cumplir los requisitos establecidos en el Real Decreto 853/1993. O bien, estar en posesión del título de especialista en cualquiera de las especialidades médicas reconocidas oficialmente en España.
- Acreditar haber realizado o realizar, en el plazo máximo de 1 año desde la incorporación al servicio, varios cursos. Por ejemplo, el curso de soporte vital avanzado de adulto y pediátrico, el curso de abordaje y mantenimiento de vía aérea en urgencias y el curso de soporte vital en traumatología.Estos cursos deberán ser impartidos u homologados por el Departamento de Salud del Gobierno de Navarra o acreditar formación equivalente.
Formación del personal de enfermería de una ambulancia
Por último, los Diplomados universitarios en Enfermería que presten servicio en las ambulancias de soporte vital avanzado, deberán poseer capacitación demostrable en transporte asistido, técnicas de reanimación y técnicas de soporte vital avanzado.
Asimismo, deberán acreditar haber realizado o realizar, en el plazo máximo de un año desde la incorporación al servicio varios cursos. Por ejemplo, el curso de soporte vital avanzado de adulto y pediátrico y el curso de abordaje y mantenimiento de vía aérea en urgencias, impartidos u homologados por el Departamento de Salud del Gobierno de Navarra o acreditar formación equivalente.
Formación de los auxiliares de transporte en ambulancia
Por último, los auxiliares de transporte en ambulancia deberán acreditar haber realizado el curso de capacitación para el uso de desfibriladores semiautomáticos.
Normativa relacionada
Normativa estatal
Es normativa estatal relacionada con las ambulancias y los tipos de ambulancias en España:
- Norma UNE-EN 1789:2007+A2:2015 sobre vehículos de transporte sanitario y sus equipos. Ambulancias de carretera.
- Real Decreto 836/2012, de 25 de mayo, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera (ver online).
- Norma UNE-EN 1789:2007+A1:2010 sobre vehículos de transporte sanitario y sus equipos. Ambulancias de carretera (Derogada por UNE-EN 1789:2007+A2:2015).
- Real Decreto 619/1998, de 17 de abril, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera (Derogada por RD 836/2012).
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Real Decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre ejercicio de las funciones de Médico de Medicina General en el Sistema Nacional de Salud.
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Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres.
Dedica sus artículos 133 a 138 al transporte sanitario. El 133 define lo que se entiende por transporte sanitario y los siguientes remiten a un RD posterior que defina las características técnicas, equipamiento sanitario y dotación de personal de las ambulancias.
Normativa autonómica
- Decreto Foral 8/2011, de 7 de febrero, por el que se regula el transporte sanitario por carretera de Navarra (BON de 2 de marzo de 2011).
Me gustaría informarme que tengo que estudiar para trabajar en una ambulancia
Como médico