Diariamente hacemos desplazamientos en medios de transporte público colectivo (autobús, metro, tren de cercanías, etc.) y no suele pasar, pero ¿y si hay un accidente accidente en un transporte colectivo y nos vemos obligados a pasar unos días de baja? ¿Y si al parar el autobús lo hace fuera de la isleta prevista y nos rompemos un hueso al bajar, debido al escalón? ¿Y si, motivado por un frenazo del conductor se nos rompe una pertenencia personal (gafas, ordenador personal, teléfono móvil, etc.)?
El transportista tiene una responsabilidad que la ley cubre por medio de un seguro de contratación obligatoria: el Seguro obligatorio de viajeros (SOV).
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Cómo reclamar
El usuario afectado por un accidente en un transporte colectivo público tiene abiertas dos vías para la reclamación por los daños ocasionados:
Por la vía extrajudicial
El viajero afectado puede acudir a la Junta Arbitral de Transporte Terrestre de su Comunidad Autónoma, dependiente de la Dirección General de Transportes Terrestres y solicitar la celebración de un arbitraje.
El arbitraje de transporte es un procedimiento sencillo donde se pueden resolver reclamaciones cuya cuantía no exceda de 6.000 euros, salvo que alguna de las partes intervinientes en el contrato de transporte manifieste expresamente a la otra, con anterioridad al inicio del transporte, su deseo de no someterse a arbitraje. También se pueden plantear reclamaciones de mayor cuantía si así lo pactan las partes.
La intervención de las Juntas Arbitrales del Transporte es gratuita para el viajero y no es obligatorio recurrir ni a abogado ni procurador para acudir a ellas.
Los laudos o resoluciones arbitrales emitidos tras la celebración de la vista arbitral son ejecutivos y de obligado cumplimiento, teniendo los mismos efectos que una sentencia firme.
Por la vía judicial
En caso de recurrir a la vía judicial en reclamación de daños personales o materiales, los viajeros pueden interponer acciones tanto en vía penal (porque estiman que el conductor tuvo una conducta delictiva en su conducción que provocó los daños) como en vía civil, contra el transportista.
Es importante saber que, el plazo para reclamar una compensación en exigencia de responsabilidad civil es de un año desde la ocurrencia del siniestro.
Hola, hace apenas unas semanas me sometí a una meniscectomía de rodilla. Mi movilidad es bastante reducida y ando con la ayuda de muletas. Ayer intentando ir a rehabilitación en metro, en la parada en la que tenía que bajar las escaleras mecánicas no funcionaban, el ascensor estaba bastante escondido y mal señalizado asi que no le encontré, no había ningún funcionario en la zona y los intercomunicadores fallaban. Al final tuve que usar escaleras normales pese a mi lesión ya que tras 1hora de espera al llamar a atención al cliente la única solución que había era usarlas.
Como consecuencia, no llegué a la rehabilitación y por tener que hacer esfuerzos para poder salir de la estación el dolor de mi rodilla ha ido a más.
¿Puedo obtener algún tipo de compensación por obligarme a poner en peligro mi integridad física y atentar contra mi salud?
En caso afirmativo, ¿que pruebas necesitaría? ¿Donde podría dirigirme?
Hola Vanesa
Puedes poner una reclamación a la empresa de Metro por el no funcionamiento de las escaleras mecánicas y mala señalización del ascensor pero de ahí a poder reclamar daños y perjuicios hya un mundo. Para empezar tendrías que demostrar en tribunales de justicia que usaste el servicio de metro y aportar un certificado médico y días de baja que hayas podido tener por este hecho, que no parece que sea tu caso.
Lo que los jueces valorarían serían los días de baja en función de algún baremo de x euros por día de baja.
Mi esposo tuvo un accidente en un transporte público hace 2 meses y medio.
Como consecuencia le amputaron el dedo del pie y la tibia se le rompió y el peroné. ¿Podrían ayudarme? No nos anda resuelto nada
Hola,
Cuando hay lesiones tan importantes (no sabemos desde dónde escribes) lo mejor es confiar el caso a un buen abogado que defienda nuestro derecho a una compensación por los daños materiales, personales y morales sufridos. Tu marido compró el billete de transporte y a cambio el transportista debía llevarlo sano y salvo a su destino, así que debe responder con su seguro de responsabilidad civil de los daños provocados a tu marido.
Un saludo
Muy ilustrativo y sencillito de entender. Un saludo compañera
Se las saben todas
La verdad es que no hay derecho, y se aprovechan del desconocimiento ajeno para cerrar los casos sin indemnizaciones. Yo por desgracia tuve que utilizar los servicios de unos abogados que me recomendaron que trabajan a comisión. Accedí porque me explicaron que si no conseguían la indemnización, no me cobrarían nada y por suerte si que he tenido que pagarles un pequeño porcentaje de comisión por su trabajo, porque han conseguido 10.000€.
baremo de indemnizaciones Cualquiera que lea el anexo del seguro obligatorio de viajeros descubrirá que ninguna de las indemnizaciones cubre decentemente los daños que puedas tener. Es indignante leerlo. Me da vergüenza que los legisladores hayan «parido» el contenido de ese anexo. Hagan la prueba, comprueben la compensación económica que puede tener una persona que haya quedado con secuelas permanentes en un brazo pero que no le falte ningún hueso. Una persona que haya quedado con el brazo prácticamente inservible para su actividad habitual.
inutil acudir a los juzgados Tengo la experiencia de haber presentado denuncia contra Renfe por accidente en sus instalaciones y el Juzgado ha archivado la denuncia.