En este post te hablamos de la «Carta de recomendaciones al usuario de tintorerías». Pero antes veamos la definición de tintorería.
Tabla de contenidos
Qué es una tintorería
La tintorería es un establecimiento especializado en el cuidado y mantenimiento del textil. Sus instalaciones y maquinaria están preparadas para limpiar, planchar y almidonar todo tipo de prendas.
Las tintorerías pueden encargarse también (aunque no todas) de teñir prendas de ropa (de ahí su nombre).
Su objetivo principal es restaurar las prendas de vestir a un estado lo más próximo posible al que tenían cuando eran nuevas mediante dos métodos de limpieza: el lavado acuoso (al agua) y la limpieza en seco, ambos exigentes con la ropa tratada.
La normativa estatal que regula las tintorerías obliga a todos los establecimientos dedicados a este negocio, a anunciar que disponen de y, además, a entregar gratuitamente a sus clientes que así se lo soliciten, la Carta de recomendaciones al usuario de tintorerías. Especialmente a los establecimientos de limpieza en seco.
Esta «Carta de recomendaciones a los usuarios» es una lista con consejos sobre el estado de la prenda antes del servicio, el resguardo de dejar la prenda en la tienda, el precio del servicio, etc.
Carta de recomendaciones al usuario de tintorerías
1.Al entregar una prenda a un establecimiento de limpieza en seco, es conveniente y le evitará problemas, que compruebe con el mayor detenimiento posible lo siguiente:
- Estado y valoración que, a su juicio, merece la prenda (nueva, seminueva, usada…).
- Faltas o desperfectos en los botones, corchetes y otros elementos que pudiera tener la prenda.
- Ausencia de objetos extraños como papeles en los bolsillos y otros.
2.Al encargar la realización del trabajo debe solicitar que le entreguen el correspondiente resguardo o justificante, cerciorándose de que las observaciones que se consignen corresponden al servicio solicitado y a las características de la prenda, de acuerdo con lo que se indica en el apartado anterior.
3.Verifique si el precio que figura en el justificante por el importe del servicio, coincide con el que figura en el cuadro que a estos efectos debe existir en el establecimiento.
4.Establezca, de común acuerdo con el responsable del establecimiento, una valoración de la prenda objeto del servicio, a efectos de indemnización en caso de extravío o deterioro, exigiendo que esta valoración conste en el resguardo.
5.En el caso de que existiesen discrepancias entre el valor que da usted a la prenda y el señalado por el establecimiento, lo mejor, para evitar molestias, es acudir a otro establecimiento del ramo.
6.Cuando le devuelven la prenda una vez terminado el servicio, es conveniente que compruebe detenidamente si han desaparecido todas las manchas y si existe algún desperfecto que no se hubiese hecho constar previamente en el resguardo.
7.Si estimase que la limpieza ha sido defectuosa, podrá exigir que se la realicen de nuevo, sin cargo alguno.
8.Si la prenda ha sufrido durante la limpieza algún desperfecto, podrá exigir una indemnización en función de éste, previo acuerdo con el responsable del establecimiento.
9.En caso de no llegar a un acuerdo, podrá utilizar las hojas de reclamaciones que al efecto deben existir en el establecimiento.
10.A efectos de resolución de su eventual reclamación, acójase a la mediación, o al sistema arbitral, a través de la correspondiente Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) o del servicio de consumo de la Comunidad Autónoma, así como de las asociaciones de consumidores.