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Tribunales de Justicia
En materia de Derecho, un tribunal de justicia (juzgado o corte) es un órgano público cuya finalidad principal es ejercer la jurisdicción, o sea, resolver litigios con eficacia de cosa juzgada.
No debe confundirse el órgano jurisdiccional (el tribunal), con las personas que en calidad de funcionarios sirven en él (jueces y demás personal auxiliar).
Tipos de Tribunales de Justicia
Según su composición se pueden distinguir dos tipos de tribunales de justicia:
–Tribunales unipersonales (aquellos cuyas resoluciones son dictadas por un solo juez) también llamados juzgados y de,
-Tribunales colegiados (aquellos que resuelven con pluralidad de jueces), propiamente tribunales y, en ocasiones, cortes.
Según la fase del procedimiento en que intervienen los tribunales son de dos tipos
–Tribunales de instrucción: son aquéllos a los cuales les corresponde todas las actuaciones preparatorias del juicio, generalmente de investigación criminal.
–Tribunales sentenciadores: son aquellos que reciben la actuación probatoria, provenientes de los tribunales instructores, estando encargados de dictar sentencia en tales asuntos.
Ciudadanos y justicia
En España, en función de la cuantía reclamada en los tribunales hay tres tipos de acciones:
–Cuando un consumidor reclama por una cuantía inferior a 2.000 euros, no es necesario que esté asistido en los tribunales por abogado ni procurador. Es decir, que puede interponer una demanda en su propio nombre, siempre que esté bien fundamentada y redactada conforme a la lógica: quién soy, a quién demando, qué demando, por qué, pruebas que acreditan mi pretensión, etc.
–Si la cuantía por la que reclamamos es superior a 2.000 euros e inferior a 6.000 la demanda se debe tramitar mediante un juicio verbal; y
-Si es superior a 6.000 euros se tramita por medio de un juicio ordinario. En este caso es necesario estar representado ante el tribunal por un procurador de los tribunales y asistido por un abogado en ejercicio.
Los usuarios sin recursos (salario inferior al doble del salario mínimo y sin otros bienes) pueden solicitar que el abogado y el procurador le sean asignados de oficio y pleitear por el sistema de justicia gratuita.
Arbitraje de consumo
En materia de reclamaciones de consumo, el reducido importe en juego y la excesiva formalidad hizo que nuestro ordenamiento y la normativa de defensa de los consumidores optara por la vía extrajudicial para resolver los conflictos de consumo, por medio del Sistema Arbitral de Consumo.
Este sistema arbitral de consumo (también hay juntas arbitrales de transporte) es una vía alternativa a los tribunales de justicia, gratuita, rápida, y voluntaria (su mayor defecto).
El árbitro, tras escuchar a las partes en litigio, usuario y empresa, emite un laudo.
El laudo es de obligado cumplimiento que tiene el mismo valor y eficacia que una sentencia judicial. De hecho se puede pedir su ejecución ante los tribunales de justicia en caso de que la otra parte no cumpla el laudo arbitral.
Fuente: elaboración propia y Wikipedia (Ver entrada)