El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana es el Defensor del Pueblo de esta comunidad autónoma. A continuación descubrirás cómo puede ayudarte este organismo a lo largo de tu vida como ciudadano consumidor.
Tabla de contenidos
¿Qué es el sindic?
El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana o Síndico de Agravios es como se denomina al Defensor del Pueblo de la Comunidad Valenciana.
Aunque esta figura fue recogida en el año 2.000 por el Estatuto de Autonomía de la Comunidad, su creación y funcionamiento se regula mediante la Ley 2/2021, de 26 de marzo y del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Sindic de Greuges (ver abajo).
Este organismo funciona actualmente bajo el cargo de Ángel Luna González, quien tomó posesión del mismo el 28 de noviembre de 2019.
¿Con qué objetivo se creó el Síndic de Greuges en Valencia?
La principal misión del Síndico de Agravios o Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana es velar por el cumplimiento de los derechos y libertades de los ciudadanos frente a la Administración de la Comunidad.
Esto es importante que se entienda por el lector. El Sindic no es un protector de los consumidores en sus relaciones de Consumo. Pero sí lo es en sus relaciones como administrados con la administración autonómica o local valenciana.
¿Cómo son votados los elegidos para el Síndic de Greuges valenciano?
Las personas que toman el mando de la dirección del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana (o síndicos) deben cumplir unos requisitos para poder acceder al cargo.
Para poder ser elegido Síndico de Agravios, es necesario contar con los votos de, al menos, dos terceras partes de los diputados de las Cortes de Valencia. El periodo de validez del cargo es de 5 años, aunque existe la posibilidad de resultar reelegido.
¿Qué es un Defensor del Pueblo?
Se trata de una figura institucional encargada de velar por el respeto de los derechos de los ciudadanos frente a las Administraciones Públicas. El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana es esta misma figura en la Comunidad Valenciana.
No todas las Comunidades Autónomas tienen una institución propia diseñada para tal fin. Valencia es una de las que sí tiene su propia solución para la defensa de los ciudadanos frente a los actos de la administración.
Otras Comunidades Autónomas con su propio organismo de Defensor del Pueblo frente a los actos administrativos de su comunidad:
- Ararteko navarro (Navarra)
- Ararteko navarro (País Vasco / Euskadi)
- Defensor del Pueblo andaluz (Andalucía)
- Diputado del Común canario (Canarias)
- Justicia de Aragón (Aragón)
- Procurador del Común castellano leonés (Castilla y León)
- Síndic de Greuges catalán (Cataluña / Catalunya)
- Síndic de Greuges valenciano (Comunidad Valenciana)
- Valedor do Pobo de Galicia (Galicia)
El Defensor del Pueblo de La Rioja y el Procurador General Asturiano, encargados de estas labores, fueron suprimidos en el año 2013.
¿Por qué es importante el Síndico de Agravios?
El hecho de que una Comunidad Autónoma tenga una institución propia para defender los derechos de los ciudadanos frente a sus propias Administraciones Públicas, habla bien de su política de cuidado y bienestar para la ciudadanía.
Esto hace que los trámites y actos importantes con las Administraciones, ante los que nos sentimos especialmente vulnerables, sean más entendibles y que podamos obrar con mayor eficacia en relación con nuestros propios intereses.
¿Cómo ponerme en contacto con esta institución?
El Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana tiene una página web desde la que puedes obtener información sobre cómo pueden ayudarte, qué servicios ofrecen, etc. La web la encontrarás aquí.
Es importante destacar que, para hacer los trámites más sencillos, a través de la página web el ciudadano puede acceder a varios de ellos y ejecutarlos desde casa, sin tener que desplazarse.
De esta manera, este organismo ha expandido sus redes para estar más cerca de las personas cuando lo requieren.
Normativa relacionada
La normativa que regula al Sindic de Greuges valenciano es:
- Ley 2/2021, de 26 de marzo, de la Generalitat, del Síndic de Greuges de la Comunitat Valenciana (DOCV de 31 de marzo de 2021).
-
Ley 11/1988, de 26 de diciembre, del Síndico de Agravios (derogada).