Los servicios sociales son una serie de servicios, prestaciones y actividades que se prestan de forma privada, con ánimo o no de lucro, o pública a través del Sistema Público de Servicios Sociales de un territorio (Comunidad autónoma o Estado, por ejemplo). Sus beneficiarios son personas vulnerables por cualquier causa (económica, edad avanzada, menores de edad, víctimas de cualquier delito, atención temprana, etc.).
Tabla de contenidos
Derecho universal
En general, los estados de bienestar de las naciones más desarrolladas del mundo reconocen y protegen el derecho universal de todas las personas a recibir prestaciones y servicios por medio de un sistema de Servicios Sociales. Y ello en condiciones de igualdad, para que las personas puedan desarrollarse plenamente individual y socialmente.
Es el reconocimiento universal de estos derechos lo que permite a los usuarios poder exigir su cumplimiento ante la Administración Pública.
Esta tiene la obligación de garantizarlos, incluso reclamando su cobertura en vía administrativa y judicial, si fuera necesario.
Al conjunto de servicios sociales ofrecidos por los poderes públicos o empresas privadas se le conoce como catálogo de prestaciones sociales.
Clasificación de servicios sociales
Entre los servicios sociales, destacan los que permiten:
- Llevar una vida digna.
- Contar con un adecuado entorno de convivencia personal, familiar y social.
- Poder integrarse plenamente en la sociedad.
- Alcanzar la plena autonomía personal, tanto en lo relativo a las carencias materiales como a las funcionales. Por autonomía personal se entiende la capacidad de controlar, afrontar y tomar, por propia iniciativa, decisiones personales acerca de cómo vivir de acuerdo con las normas y preferencias propias, así como de desarrollar las actividades básicas de la vida diaria.
- Disponer de cauces para la participación social.
Las Administraciones públicas fomentarán y facilitarán la participación ciudadana en la definición y mejora de las políticas públicas en materia de servicios sociales.
También fomentarán la planificación, el seguimiento de la gestión y la evaluación del Sistema Público de Servicios Sociales por medio de las asociaciones ciudadanas, organizaciones de profesionales de los servicios sociales, voluntarios, las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.
Clasificación de servicios sociales por nivel
El Sistema Público de Servicios Sociales de un territorio suele articularse funcionalmente en una red de prestaciones, servicios y recursos, de dos niveles de atención coordinados y complementarios entre sí (clasificación similar a la sanitaria, donde tenemos atención primaria y especializada):
a) Nivel primario (servicios sociales comunitarios).
b) Nivel especializado (servicios sociales especializados de mayor complejidad que requieren una especialización técnica concreta o una disposición de recursos determinada).
Ejemplos de servicios sociales
Ejemplos de estos servicios son los relativos a todo tipo de colectivos en situación de riesgo o desprotección:
- los centros de día;
- las viviendas tuteladas;
- los servicios de información, valoración, orientación y asesoramiento;
- el servicio de teleasistencia;
- la atención inmediata en situaciones de urgencia y emergencia social;
- los servicios específicos para la protección de niños o niñas en situación de riesgo o desamparo;
- la protección jurídica y social de las personas con capacidad limitada y de personas menores de edad en situación de desamparo;
- la protección de las víctimas de violencia de género;
- el tratamiento a drogodependientes, o
- el servicio de ayuda a domicilio.
Titulares del derecho
Tienen derecho a recibir la prestación de servicios sociales de las administraciones (por ejemplo de las Comunidades autónomas como Andalucía, de cuya normativa* tomamos prestada esta lista):
- Todas las personas que tengan vecindad administrativa en esa Comunidad.
- Las personas de esa Comunidad que residan en el exterior (por ejemplo, en los términos previstos en la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Estatuto de los Andaluces en el Mundo).
- Los menores de edad extranjeros que se encuentren en esa Comunidad.
- Las personas con derecho de asilo a quienes se reconozca la condición de refugiado, o la protección subsidiaria, en los términos que establecen los tratados internacionales y la legislación en materia de extranjería.
- Todas aquellas personas, no contempladas con anterioridad, que se encuentren en esa Comunidad autónoma en una situación de urgencia personal, familiar o social (podrán acceder al menos a las prestaciones que permitan atender tales contingencias, incluyendo el derecho a los servicios de información, valoración, diagnóstico y orientación, tanto en el nivel primario como en el especializado).
Estas personas titulares del derecho a recibir estos servicios tienen reconocidos por ley una serie de derechos y obligaciones por ley.
Normativa relacionada
Para la elaboración de esta entrada nos hemos basado en la normativa andaluza:
- Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía (BOJA de 29 de diciembre de 2016) (ver pdf).
Buenos días. Tenemos un hijo de 9 años, con serios problemas de comportamiento emocional. En otras palabras: No puede gestionar sus emociones. Y a veces es propenso a autolesionarse y lesionar a los demás, habiendo tenido casos en el propio hogar y en el cole. Él está bajo supervision psiquiátrica con medicación, y con controles psicológicos también. Va a talleres de autoayuda. Y mi pregunta ante este caso es que si es viable que consultemos este caso a Servicios Sociales de nuestro municipio, dado que vemos que sea un caso que conlleva vigilancia y para que no trascienda más en la salud del niño. No queremos que esos daños que se está autoinfringiendo y infringiendo hacia los demás sigan un camino más largo y que no sea más grave de mayor.. Muchas gracias de antemano y espero alguna respuesta. Gracias.
Buenas, tengo un hijo nacido en el extranjero, (Londres) y nos hemos mudado a España (Valencia) y necesito vacunarlo ya para ponerle a orden del calendario de vacunación española. Los padres somos españoles, trabajamos los dos aquí (Valencia) poseo de SIP (tarjeta sanitaria) pero para poner de beneficiario a mi hijo de beneficiario un año me están poniendo muchísimas pegas, no le hacen el dni español, no le cogen cita en el ambulatorio para la vacunación y no hay citas para nie.
Necesito con urgencia vacunar a mi hijo ya que aunque haya nacido en Londres y posea pasaporte británico, le corresponde la nacionalidad española por ser nosotros ( dos padres españoles) y cotizando en España. ¿Podríais ayudarme a solucionar esta locura?
Hola María José
¿Cual es el problema inicial que no te permite solucionar los demás en cascada o son todos a la vez? Supongo que será el hecho de que vuestro hijo no tenga «oficialmente» DNI español?
A lo mejor es una tontería lo que digo. Se me ocurre que si se demora el tema de la nacionalidad, tanteeis como ciudadano británico con pasaporte obtener la tarjeta sanitaria europea del niño (European Health Insurance Card (EHIC)) y ver si con ella os lo vacunan en España (Valencia):
https://www.consumoteca.com/servicios-publicos/la-tarjeta-sanitaria-europea/
Y en UK que es donde se tendría que dar de alta:
https://www.nhs.uk/using-the-nhs/healthcare-abroad/apply-for-a-free-ehic-european-health-insurance-card/