Renta garantizada de ciudadanía en Cataluña

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Barcelona

La renta garantizada de ciudadanía es un dinero que las administraciones públicas (en este post te hablamos de la nueva ley en la Comunidad autónoma de Cataluña*), ponen en marcha de sus presupuestos, para atender unos mínimos vitales considerados como esenciales para la dignidad de los beneficiarios. Estos ni siquiera llegan a ingresar cada mes, un umbral mínimo, llamado renta de suficiencia (en Cataluña hoy es de 569,12 euros mensuales / 7.967,73 euros anuales).

Por el principio de responsabilidad pública en la atención al ciudadano, estas administraciones proveen una última red de protección social en forma de ayudas económicas de sustento mínimo, a quienes demuestran su ausencia de ingresos ni posibilidad de salir de ese agujero.

En Cataluña, esta ayuda es doble al incluir una prestación garantizada, no condicionada, sujeta a unos requisitos, y de una prestación complementaria de activación e inserción, si la persona supera su situación y comienza a ingresar dinero por su trabajo.

Principios básicos de la renta garantizada de ciudadanía

Los principios básicos sobre los que se apoya esta renta garantizada son:

  • Principio de igualdad: eliminación de cualquier discriminación en el acceso a la prestación.
  • Principio de equidad: en el reconocimiento y la aplicación de la prestación hay una voluntad de «redistribución de los recursos y de discriminación positiva».
  • Principio de empoderamiento y autonomía de las personas en sociedad: es el conjunto de prestaciones económicas y servicios que las fortalecen y les permiten salir de las situaciones de pobreza y necesidad (transitorias y no cronificadas).
  • Principio de universalidad, solidaridad y complementariedad: se garantiza su acceso a todas las personas que reúnen los requisitos exigidos.
  • Principio de subsidiariedad: la prestación se reconoce cuando no es posible el acceso a otros mecanismos de protección, ya sea porque ha finalizado su cobertura o porque no han sido concedidos.

Características de la prestación

Esta prestación social es de naturaleza económica y se percibe de forma periódica. Es individual y particularizada a cada persona en exclusión social y no puede ser objeto de cesión, embargo o retención.

Es compatible y complementaria con las rentas del trabajo a tiempo parcial, cuando los ingresos sean inferiores al umbral del indicador de renta de suficiencia de Cataluña (569,12 euros mensuales / 7.967,73 euros anuales).

Además se mantendrá siempre y cuando persista la situación de exclusión social que la ha originado y se cumplan los requisitos, las condiciones y las obligaciones establecidos.

Su objetivo es asegurar los mínimos de una vida digna a las personas y unidades familiares que se encuentran en situación de pobreza, para promover su autonomía y participación activa en la sociedad.

Quién tiene derecho a esta renta garantizada

Tienen derecho a la renta garantizada de ciudadanía las personas que cumplen los siguientes requisitos:

a) Ser mayores de veintitrés años, o de dieciocho años si se encuentran en alguna de las situaciones siguientes (tener a cargo menores o personas con discapacidad; ser huérfanas de los dos progenitores; haber sido víctimas de violencia machista en el ámbito del hogar).

b) Estar empadronado en un municipio y residir legalmente en Cataluña.

c) Tener residencia continuada y efectiva en Cataluña durante los veinticuatro meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.

d) No disponer de una cantidad de ingresos, rentas o recursos económicos considerada mínima para atender las necesidades básicas de una vida digna, de acuerdo con el importe correspondiente de la renta garantizada de ciudadanía en relación con el umbral de ingresos fijado por el indicador de renta de suficiencia de Cataluña.

e) La situación de insuficiencia de ingresos y recursos debe darse, como mínimo, durante los seis meses inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud de la renta garantizada de ciudadanía y debe continuar existiendo mientras se tramita el procedimiento de concesión y se percibe la prestación.

f) No ser beneficiarias de una prestación pública o privada de servicio residencial permanente de tipo social, sanitario o sociosanitario, y no estar internadas en un centro penitenciario en régimen ordinario o cerrado.

No tienen derecho a la renta garantizada de ciudadanía

No tienen derecho las personas que se encuentran en alguna de las siguientes circunstancias:

a) Las personas que han cesado voluntariamente en su actividad laboral dentro de los doce meses anteriores a la solicitud de la prestación.

b) Las personas afectadas por un despido o por otra situación análoga cuando tengan derecho a una indemnización o prestación equivalente.

c) Las personas que han percibido dentro de los últimos cinco años cualquier prestación pública declarada indebida por resolución administrativa firme, por causas que les son atribuibles.

d) Las personas que no han interpuesto una reclamación judicial en relación con una pensión de alimentos o compensatoria a la que tienen derecho pero que no perciben, a excepción de los casos determinados por reglamento.

e) Las personas o unidades familiares que disponen de bienes muebles o inmuebles suficientes cuyo valor o rendimientos aseguran los mínimos de una vida digna según lo dispuesto por la presente ley, a excepción de la vivienda habitual.

Análisis de cada aspirante

Las personas interesadas tienen que aportar una serie de documentos que acrediten sus ingresos, rentas o recursos.

Su patrimonio, de cualquier tipo, a excepción de la vivienda habitual, las ayudas, subvenciones y otras prestaciones económicas que se perciben de las administraciones públicas o de entidades públicas o privadas, (IRPF e impuesto sobre el patrimonio).

La certificación del saldo medio y extractos bancarios de los últimos seis meses de las cuentas corrientes, u otros depósitos bancarios, que figuran en la certificación de datos fiscales, así como de las nuevas cuentas bancarias que se han abierto con posterioridad a esta declaración o que no están declaradas en la misma.

El comprobante de inscripción como demandante de activación laboral en el órgano público competente en materia de empleo de la Generalidad.

El certificado de vida laboral del solicitante y de los beneficiarios emitido por la Administración de la seguridad social.

La certificación de los servicios de hacienda municipal o del correspondiente registro catastral en la que consten los bienes de titularidad del solicitante en el impuesto sobre bienes inmuebles y la situación tributaria.

Duración del derecho a percibir las prestaciones

Las personas tienen derecho a percibir la prestación económica de la renta garantizada de ciudadanía por todo el tiempo en el que se acredite la situación de necesidad, mientras cumplan los requisitos. Este derecho se renovará, obligatoriamente, mediante una resolución de prórroga, cada dos años.

Obligaciones de los destinatarios de la prestación económica

La obtención de la renta garantizada de ciudadanía implica estas obligaciones para sus titulares:

a) Comunicar los cambios de situación patrimonial, personal o familiar y el cambio de residencia habitual.

b) Solicitar cualquiera otra prestación económica, contributiva o no contributiva, a la que tengan derecho durante la percepción de la prestación económica de la renta garantizada de ciudadanía.

c) No renunciar, de modo voluntario, a otra prestación o ayuda que estén percibiendo en el momento de acceder al derecho a la renta garantizada de ciudadanía.

d) Facilitar la tarea de las personas que deben evaluar su situación y colaborar con ellas.

e) Mantenerse inscritos en el Servicio Público de Empleo de Cataluña y no rechazar una oferta de trabajo adecuada, según la normativa reguladora de la prestación por desempleo.

f) Residir de forma continuada y efectiva en Cataluña durante el tiempo en el que perciben la prestación económica.

g) Reintegrar la prestación en caso de que se haya percibido indebidamente.

h) Firmar el compromiso de seguir, y cuando sea ofrecido, acordar, suscribir y cumplir, el plan individual de inserción laboral o de inclusión social.

i) Encontrarse disponibles para trabajar, salvo que tengan discapacidad con un grado igual o superior al 65%.

La disponibilidad para el empleo conlleva la obligación de estar inscrito como demandante de empleo, de no rechazar una oferta de trabajo adecuada, de acuerdo con lo establecido por la normativa sobre la prestación por desempleo, de no causar baja voluntaria en un puesto de trabajo y de no solicitar la excedencia voluntaria.

Normativa relacionada

Es normativa relacionada con la renta garantizada de ciudadanía en Cataluña:

  • Decreto Ley 28/2020, de 21 de julio, por el que se modifica la Ley 14/2017, de 20 de julio, de la renta garantizada de ciudadanía y se adoptan medidas urgentes para armonizar prestaciones sociales con el ingreso mínimo vital.

  • Decreto 55/2020, de 28 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 14/2017, de 20 de julio, de la renta garantizada de ciudadanía, y se modifica el Decreto 123/2007, de 29 de mayo, por el que se determina el régimen aplicable a la solicitud y concesión de las prestaciones sociales de carácter económico de derecho subjetivo, y se concretan los requisitos para el reconocimiento del derecho a las prestaciones creadas, en desarrollo de la Ley 13/2006, de 27 de julio, de prestaciones sociales de carácter económico.
  • Ley 1/2020, de 17 de febrero, de modificación de la Ley 14/2017, de la renta garantizada de ciudadanía.

  • Decreto 78/2019, de 2 de abril, de creación y regulación de la Comisión de Gobierno de la Renta Garantizada de Ciudadanía.
  • Ley 14/2017, de 20 de julio, de la renta garantizada de ciudadanía (DOGC de 24 de julio de 2017).

    Su finalidad es «asegurar los mínimos de una vida digna a las personas y unidades familiares que se encuentran en situación de pobreza, para promover su autonomía y participación activa en la sociedad».

Belén

Soy Licenciada en Derecho con una especialización en los asuntos de consumo habiendo prestado mis servicios como asesora de una asociación de consumidores y para una OMIC. Este proyecto me parece interesante para las profesionales como nosotras, especialmente porque permite a todo el que quiera colaborar aportar su conocimiento.

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