Defensores del Pueblo autonómicos

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«Defensores del Pueblo autonómicos». Fecha publicación: 2 junio 2019. Última actualización: 10 octubre 2024.

El Defensor del Pueblo es una figura institucional estatal española que se encarga de velar por el respeto de los derechos de los ciudadanos frente a las Administraciones Públicas (la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Administraciones Locales, incluyendo la propia actividad de los Ministros). En España, existe además la figura de los Defensores del Pueblo autonómicos, para supervisar la tarea de las Comunidades autónomas.

Un error común

Un error muy común en los consumidores es pensar que un problema con una empresa privada o un particular se puede resolver a través de esta institución.

Es decir, que una reclamación de consumo se puede «elevar» al Defensor del Pueblo, pero nada más lejos de la realidad.

El Defensor del Pueblo solo entiende de problemas entre los ciudadanos (los «administrados» y la Administración, a nivel estatal y en las Comunidades autónomas que no disponen de esa figura en su ámbito territorial.

Constitución española y Comunidades autónomas

La Constitución española de 1978 dedica su Título VIII (De la Organización Territorial del Estado) a las Comunidades autónomas.

El artículo 143 dice así:

1 En el ejercicio del derecho a la autonomía reconocido en el artículo 2 de la Constitución, las provincias limítrofes con características históricas, culturales y económicas comunes, los territorios insulares y las provincias con entidad regional histórica podrán acceder a su autogobierno y constituirse en Comunidades Autónomas con arreglo a lo previsto en este Título y en los respectivos Estatutos.

2 La iniciativa del proceso autonómico corresponde a todas las Diputaciones interesadas o al órgano interinsular correspondiente y a las dos terceras partes de los municipios cuya población represente, al menos, la mayoría del censo electoral de cada provincia o isla. Estos requisitos deberán ser cumplidos en el plazo de seis meses desde el primer acuerdo adoptado al respecto por alguna de las Corporaciones locales interesadas.

3 La iniciativa, en caso de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años.

Y el artículo 144:

Las Cortes Generales, mediante ley orgánica, podrán, por motivos de interés nacional:

a) Autorizar la constitución de una comunidad autónoma cuando su ámbito territorial no supere el de una provincia y no reúna las condiciones del apartado 1 del artículo 143.

b) Autorizar o acordar, en su caso, un Estatuto de autonomía para territorios que no estén integrados en la organización provincial.

c) Sustituir la iniciativa de las Corporaciones locales a que se refiere el apartado 2 del artículo 143.

Defensores del Pueblo autonómicos

Por ello, en algunas Comunidades autónomas, han institucionalizado figuras similares al Defensor del Pueblo (algunas ya existentes antes de 1978 en su ámbito geográfico). O han directamente creado de nuevo sus propias instituciones de defensa de los intereses de los ciudadanos frente a las administraciones públicas de su ámbito autonómico (defensores del pueblo autonómicos).

Los Defensores del Pueblo autonómicos que existen en España, son:

  • Ararteko navarro (Navarra)
  • Ararteko vasco (País Vasco / Euskadi)
  • Defensor del Pueblo andaluz (Andalucía)
  • Defensor del Pueblo de La Rioja (La Rioja) Suprimido en 2013
  • Diputado del Común canario (Canarias)
  • Justicia de Aragón (Aragón)
  • Procurador del Común castellano leonés (Castilla y León)
  • Procurador General asturiano (Principado de Asturias) Suprimido en 2013
  • Síndic de Greuges catalán (Cataluña / Catalunya)
  • Síndic de Greuges valenciano (Comunidad Valenciana)
  • Valedor do Pobo de Galicia (Galicia)

Ararteko navarro

El ararteko navarro (Nafarroako Aratekoa) es el Defensor del Pueblo en Navarra. Es la institución que vela por el cumplimiento de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos navarros frente a sus administraciones públicas, y es elegido por el Parlamento Navarro.

La página web del Defensor del Pueblo de Navarra es: http://www.defensornavarra.com

Ararteko vasco

El Defensor del Pueblo vasco, también se conoce por este mismo nombre, Ararteko.

La norma que lo regula es:

  • Resolución de 24 de septiembre de 2024, del Ararteko, por la que se aprueba el Código de valores y principios éticos del ararteko, la adjuntía y el personal de la institución del Ararteko (BOPV de 9 de octubre de 2024).
  • Ley 3/1985, de 27 de febrero, por la que se crea y regula la Institución del «Ararteko» (ver online).

Defensor del Pueblo andaluz

El Defensor del Pueblo Andaluz es una institución cuya misión principal es la protección y defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos andaluces frente a los ayuntamientos, diputaciones provinciales y la propia Junta de Andalucía.

Es elegido por el Parlamento de Andalucía para un mandato de cinco años, que puede ser renovado. La página web del Defensor del Pueblo Andaluz es: https://www.defensordelpuebloandaluz.es/

  • Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del Pueblo Andaluz (ver online).

Defensor del Pueblo de La Rioja

En La Rioja existía un Defensor del Pueblo, pero por Ley de octubre de 2013, esta comunidad autónoma tomó el paso de eliminar, por razones de ajuste presupuestario, la figura del Defensor del Pueblo Riojano, traspasando todas sus funciones al Defensor del Pueblo estatal.

  • Ley 2/2020, de 30 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas para el año 2020.
  • Ley 9/2013, de 21 de octubre, de suspensión de la Ley 6/2006, de 2 de mayo, del Defensor del Pueblo Riojano (BOR de 23 de octubre de 2013) (derogada por Ley 2/2020).
  • Ley 6/2006, de 2 de mayo, del Defensor del Pueblo Riojano.

Diputado del Común canario

El Diputado del Común es el nombre del Defensor del Pueblo de la comunidad autónoma de Canarias, en España.

Es un alto comisionado designado por el Parlamento de Canarias cuyo fin es defender los derechos y libertades constitucionales de los ciudadanos canarios frente a las actividades de las administraciones públicas canarias: la propia administración autonómica, los cabildos, y los ayuntamientos.

El Diputado del Común no tiene el poder de dictar sentencias, imponer sanciones o suspender las actuaciones administrativas.

Tampoco puede participar en conflictos de intereses entre particulares, asuntos en los que haya una sentencia o pendientes de resolución judicial, al igual que tampoco trata las quejas anónimas o infundadas.

La página web del Diputado del Común canario: http://www.diputadodelcomun.org/

  • Reglamento de organización y funcionamiento del Diputado del Común.
  • Ley 7/2001, de 31 de julio, del Diputado del Común (BOC 103, de 8 agosto 2001).

Justicia de Aragón

El Justicia de Aragón es una de las cuatro instituciones básicas de Aragón, junto con las Cortes, el Presidente y la Diputación General o Gobierno.

Sus funciones incluyen la protección y defensa de los derechos individuales y colectivos de la ciudadanía, la tutela del ordenamiento jurídico aragonés y la defensa del Estatuto de Autonomía.

El actual Justicia de Aragón, a diferencia del histórico, no juzga ni dicta sentencias, sino que a través de la fundamentación de sus resoluciones ejerce una magistratura moral.

  • Ley 4/1985, de 27 de junio, reguladora del Justicia de Aragón (ver online).

Procurador del Común castellano leonés

El Procurador del Común es el Defensor del Pueblo de Castilla y León.

Tiene las atribuciones de la defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos, supervisar la administración y a los poderes públicos de esa Comunidad Autónoma cuando vulneren los derechos de los ciudadanos. Los Procuradores en Cortes eligen al Procurador del Común en votación por un periodo de 5 años.

La página web del Procurador del Común castellano leonés es: https://www.procuradordelcomun.org/

  • Ley 2/1994, de 9 de marzo, del Procurador del Común de Castilla y León (ver online).

Procurador General asturiano

El Procurador General del Principado de Asturias es el Defensor del Pueblo del Principado de Asturias. Se encarga de la defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos del Principado frente a las administraciones públicas del principado (autonómicas y locales).

La figura fue creada por la Junta General del Principado de Asturias a través de la Ley 5/2005, de 16 de diciembre, del Procurador General.

Entre las labores desarrolladas por el Procurador General se incluyen investigar quejas de los ciudadanos, denunciar abusos, formular recomendaciones, realizar actuaciones de mediación y proponer modificaciones de las normas.

Por Ley del Principado de Asturias 2/2013, de 21 de junio, de supresión del Procurador General, esta comunidad autónoma tomó el paso de eliminar, por razones de ajuste presupuestario, la figura del Procurador General asturiano, traspasando todas sus funciones al Defensor del Pueblo estatal.

  • Ley 2/2013, de 21 de junio, de supresión del Procurador General.
  • Reglamento de Organización y Funcionamiento del Procurador General del Principado de Asturias, aprobado por el Pleno de la Junta General del Principado de Asturias de 30 de noviembre de 2006.
  • Ley 5/2005, de 16 de diciembre, del Procurador General.

Valedor do Pobo

El Valedor do Pobo, es el alto comisionado del Parlamento de Galicia para la defensa de los derechos y libertades comprendidos en el Título I de la Constitución y en el Estatuto de Autonomía de Galicia.

Supervisa de oficio o a instancia de parte (a través de una queja) la actividad de la administración de la Comunidad Autónoma gallega y de sus entes y empresas públicas o dependientes, así como de la administración local en aquellas materias que son competencia de nuestra autonomía.

En la actualidad ocup el puesto de Valedora do Pobo, Maria Dolores Fernández Galiño.

  • Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno.
  • Ley 10/2012, de 3 de agosto, de modificación de la estructura del Valedor del Pueblo.
  • Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia.
  • Ley 1/2002, de 26 de marzo, por la que se modifica la Ley de Galicia 6/1984, de 5 de junio, del Valedor do Pobo.
  • Ley 3/1994, de 18 de julio, para la modificación de la Ley 6/1984, de 5 de junio, del Valedor del Pueblo.
  • Ley 6/1984, de 5 de junio, del Valedor del Pueblo de Galicia.
  • Ley 6/1984, de 5 de junio, del Valedor del Pueblo de Galicia (ver online).

Eva Tamames

Soy una abogado con ejercicio en Madrid con muchos años de experiencia en el derecho de recuperaciones. He trabajado para varios de los más grandes bancos de este país, en su área de recuperaciones. En la actualidad ejerzo la abogacía en el ámbito de la violencia de género. Creo que Consumoteca es un proyecto participativo que tiene que ocupar un gran vacío entre la información de las empresas por un lado, y la de las asociaciones e instituciones de consumo. En medio no hay nada, y mucho menos, nada que sea participativo, terreno que están ocupando Blogs y contenidos poco elaborados de baja factura.

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