«Baremo de indemnizaciones. Tablas indemnizatorias baremo». Primera publicación: 29 septiembre 2015. Última actualización: 16 abril 2023.
Una de las herramientas que más han contribuido a la agilidad en tribunales de justicia en materia de indemnizaciones por accidentes de tráfico es el baremo de indemnizaciones.
Tabla de contenidos
Qué es el baremo de indemnizaciones
El baremo de indemnizaciones en accidentes de tráfico es una estructura de tablas que fijan las indemnizaciones a percibir por las víctimas de accidentes de tráfico.
Técnicamente se conoce como «sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación». Y al listado de indemnizaciones como «tablas indemnizatorias baremo 2023 (2022, 2021, etc.)».
Por qué un baremo de indemnizaciones en accidentes de tráfico
Para entender la importancia del baremo de indemnizaciones para la agilización y seguridad de nuestro sistema judicial, analicemos su evolución en el tiempo.
Antes de 1995 no había un baremo de indemnizaciones
Antes de 1995 cuando había un accidente de tráfico con lesiones y/o daños materiales y las partes no se ponían de acuerdo, el asunto se resolvía en los tribunales.
Los jueces tenían que recurrir a mil disquisiciones y peritajes para ser capaces de valorar cuánto valía una baja médica, una lesión temporal, una lesión permanente como la gran invalidez, o incluso el fallecimiento.
Además, sucedía que accidentes similares en daños, no obtenían la misma compensación a la víctima. Por su parte, las aseguradoras tampoco tenían referencias con las que medir y cubrir su riesgo.
Los procesos judiciales se hacían eternos y altamente subjetivos, según el juez que se ocupase de tu “accidente de tráfico”.
Cambios en 1995
En 1995 se dieron los primeros pasos hacia un baremo cuando se redactó y se estipularon un listado de lesiones médicas. Es decir, se comenzó por clasificar los tipos de lesiones más frecuentes en accidentes de circulación y a valorarlas en un intento de categorización.
A cada una de estas lesiones se le dio un valor económico en función de los días impeditivos, de su gravedad y de su cronicidad.
Gracias a esta primera valoración económica, los jueces tenían mucho más fácil valorar los daños en causas por accidentes de circulación sin el concurso de expertos en valoración de daños.
Además, las aseguradoras podían prever mucho más acertadamente su riesgo cubierto en accidentes de circulación.
A su vez, los procesos de indemnización a las víctimas de daños personales o patrimoniales, obtenían una reparación con mucha más rapidez.
En definitiva, había nacido el baremo de indemnizaciones en accidentes de tráfico, y nuestro sistema judicial se aseguraba la uniformidad en la valoración de daños similares en casos judiciales distantes a miles de kilómetros.
Actualizaciones posteriores de las tablas indemnizatorias del baremo
Evidentemente, como ocurre con tantos otros importes tanto abonados como cobrados, la inflación hace estragos. Como consecuencia, las cifras iniciales del baremo de 1995 quedaron desfasadas y muy por debajo de su impacto real sobre las víctimas.
Por esta razón, las tablas indemnizatorias dek baremo de indemnizaciones en accidentes de tráfico se actualizan periódicamente. EL vehículo son las Resoluciones de la Dirección General de Seguros.
Actualización de 2015
En 2015, veinte años después de su publicación inicial, el baremo de indemnizaciones en accidentes de tráfico se había quedado obsoleto y descompasado con el coste de vida los últimos años.
Por ello, jueces, Ministerio de Justicia, profesionales sanitarios expertos en valoración de daños, asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico y entidades aseguradoras se pusieron de acuerdo en revisar las indemnizaciones del baremo.
Y acordaron incluir en las tablas del baremo los daños (en forma de lucro cesante) que se causaban a colectivos no necesariamente insertados en el mercado laboral. Por ejemplo, si en un accidente se lesionaba una ama o amo de casa o un estudiante, está claro que se les causaba un perjuicio económico, pero antes de 2015, este no se valoraba.
Con la actualización del baremo de 2015, tanto las personas dedicadas a tareas en el hogar como estudiantes y menores de edad, también recibían una indemnización como víctimas en caso de lesiones o bajas por accidente de circulación.
Mejoras en 2015
En concreto, las novedades de la actualización del baremo de 2015 fueron:
Indemnización por fallecimiento
La indemnización por fallecimiento pasa a tener en cuenta las nuevas estructuras familiares (parejas separadas con niños pequeños o familias monoparentales).
Además incluye el concepto de «perjuicio patrimonial básico». Este comprende los gastos razonables derivados del fallecimiento (se compensan con un mínimo de 400 euros). También los «gastos específicos» según cada circunstancia (traslado del fallecido, repatriación, entierro y funeral).
Secuelas y lesiones permanentes
Los grandes lesionados que requieran apoyos intensos para su autonomía personal tendrán cubiertos en la indemnización los perjuicios y los daños emergentes relacionados con las diferentes partidas de gastos asistenciales futuros.
Lesionados temporales
Los lesionados temporales pasan a tener 2 dos tipos de indemnizaciones:
- a) para cubrir gastos de asistencia sanitaria, y
- b) para otros gastos diversos resarcibles: los necesarios y razonables que genere la lesión en el desarrollo ordinario de la vida diaria. Por ejemplo, el incremento de costes de movilidad del lesionado, los desplazamientos de familiares para atenderle, gastos para atender a los familiares menores o especialmente vulnerables de los que se ocupaba el lesionado, etc..
Lucro cesante
Lucro cesante es la pérdida de ganancia por la víctima mientras dure su incapacidad por causa del accidente): se tienen en cuenta los ingresos netos de la víctima antes del accidente.
Las personas dedicadas a tareas del hogar o estudiantes que aún no han comenzado a trabajar, también tendrán derecho a una compensación.
Está se calcula en función de un coeficiente específico para cada perjudicado, combinando factores como la duración del perjuicio, el riesgo de fallecimiento del perjudicado y la deducción de las pensiones públicas, entre otros.
Oferta motivada de la aseguradora
Las aseguradoras deberán hacer a las víctimas una oferta motivada y suficiente de indemnizaciones para la rápida resolución de los conflictos. Además, deberán observar una conducta diligente en la cuantificación del daño.
En caso de disconformidad con la oferta motivada, las partes podrán intentar resolver de común acuerdo la controversia mediante el procedimiento de mediación, tratando de evitar la judicialización del asunto.
Afectados colaterales
La nueva norma de 2015 clasifica los perjudicados en accidentes de tráfico en cinco categorías autónomas: cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados.
Considera que éstos sufren siempre un perjuicio resarcible y de la misma cuantía con independencia de que concurran o no con otras categorías de perjudicados
Incremento de las indemnizaciones
Respecto a la media del periodo 2005 a 2011, según los daños causados en cada accidente de circulación, las indemnizaciones correspondientes se modificaron en 2015 de la siguiente manera:
–Indemnizaciones por muerte: se incrementan un 50% de media;
-Indemnizaciones por secuelas: se incrementan un 35% de media;
-Indemnizaciones por lesiones: se incrementan un 12,8% de media.
Revisión anual tablas indemnizatorias baremo
Se acordó que las indemnizaciones se actualizaran anualmente en relación con la evolución del índice de revalorización de las pensiones previsto en la Ley de Presupuestos Generales del Estado. Este índice es el que más se aproxima a sus principios y características (art. 49.1 del Real Decreto Legislativo 8/2004).
Comisión de seguimiento
Por último, la ley establece la creación de una Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración.
Esta integrada también por las asociaciones de víctimas y las entidades aseguradoras con el objeto de analizar su puesta en marcha, sus repercusiones jurídicas y económicas y el sistema de actualización. La Comisión hace sugerencias y promueve modificaciones al baremo para la mejora del sistema.
Se incorporan:
- CERMI,
- Federación Española de Daño Cerebral,
- Asociación de Lesionados Medulares y Grandes Discapacitados Físicos,
- Asociación para el Estudio de la Lesión Medular Espinal,
- Asociación de Prevención de Accidentes de Tráfico y
- STOP ACCIDENTES.
Actualización del baremo en 2023
Por Resolución de la DGS (ver abajo), de 12 de enero de 2023, se actualizan las indemnizaciones del baremo de indemnizaciones en accidentes de tráfico un 8,5% con efecto desde el 1 de enero de 2023.
Normativa que regula el baremo
- Resolución de 12 de enero de 2023, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se publican las cuantías de las indemnizaciones actualizadas del sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (ver online).
- Cuantías indemnizatorias para 2022, por Resolución de 23 de febrero de 2022
- Cuantías indemnizatorias para 2021, por Resolución de 2 de febrero de 2021
- Cuantías indemnizatorias para 2020, por Resolución de 30 de marzo de 2020
- Cuantías indemnizatorias para 2019, por Resolución de 20 de marzo de 2019
- Cuantías indemnizatorias para 2018, por Resolución de 25 de julio de 2018
- Cuantías indemnizatorias para 2018: por Resolución de 31 de enero de 2018
- Cuantías indemnizatorias para 2017, por Resolución de 3 de octubre de 2017
- Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación (ver online).
- Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (ver online).