En los últimos 20 años, crisis económicas y sanitarias mediante, España ha visto una interesante transformación social y económica. El peso en la economía de los servicios y dentro de estos, los servicios sanitarios, es cada vez mayor. Al frente de muchos centros sanitarios privados se están situando médicos que ofrecen estética, bienestar y terapias variadas a consumidores bien informados que demandan un servicio de primera sin errores de ningún tipo. De ahí la importancia para estos centros de contar con un seguro de responsabilidad civil para su equipo médico, a medida.
En este post vamos a analizar cómo cubrir la responsabilidad civil médico-sanitaria, las soluciones y las empresas dedicadas a facilitar este tipo de coberturas.
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España no es Estados Unidos
Lo hemos visto cientos de veces en películas norteamericanas. Un abogado repartiendo tarjetas de visita en la sala de urgencias de un hospital tras un accidente masivo.
El abogado promete indemnizaciones millonarias a los doloridos usuarios si le confían su defensa colectiva contra la empresa o el profesional causante de los daños que les han llevado a la sala de urgencias.
Y probablemente lo logren porque allá existe la denominada acción de clase (Class action), que no es sino la defensa colectiva de grupos de afectados unidos en torno a una causa común. Recaída una sentencia condenatoria, las indemnizaciones son automáticamente extensibles a todo aquel que demuestre haber sufrido el mismo daño.
Y esto lleva a las compañías afectadas a tirar de millonarios acuerdos extrajudiciales para evitarse males peores.
La situación en España
Afortunadamente, España no es Estados Unidos. De entrada porque el Derecho que nos regula no tiene nada que ver con el anglosajón. Aquí la eficacia de las sentencias es entre las partes solo (inter-partes).
Es decir, que si no presentaste una demanda por tu caso particular, no podrás obtener una indemnización aunque también hayas sido víctima de una negligencia por parte de una empresa o profesional.
Responsabilidad civil de los centros sanitarios
Los centros sanitarios cada vez está más expuestos a demandas por la actuación de su equipo de profesionales.
Por un lado, el usuario (me refiero al paciente y a sus acompañantes) suele demandar ejercer su derechos como paciente. Esto incluye el acceso a la historia clínica y su mayor implicación en el conocimiento de los riesgos y consecuencias de la intervención. Pero también la decidida acción contra el centro sanitario en caso de que el resultado no sea de su agrado, por mucho consentimiento informado que se haya rubricado.
Por otra parte, cada vez son más notorias las acciones de la asociación del Defensor del paciente, las figuras públicas de defensa del paciente y las cartas de Derechos y Deberes de los Pacientes y Usuarios del sistema sanitario público en muchas Comunidades autónomas.
Por último, la profesión periodística también se ocupa de divulgar en menor o mayor profundidad, los casos de negligencias médicas de los malos profesionales.
Esto, como es de suponer, supone una presión adicional sobre los centros y sus profesionales sanitarios con un expediente intachable, que algún día, puede que puedan sufrir, ellos también, una campaña mediática ante un desliz profesional, aunque fuere por omisión.
Tipos de seguros de RC sanitaria
Está claro que cualquier profesional, sanitario o no, debe cuidarse de tener bien cubierta y protegida su responsabilidad civil (RC) profesional. Y también debe lograr que el centro con el que colabora, tenga cubierta colectivamente su RC.
Los médicos y otros profesionales sanitarios están muy expuestos a causar daños a sus pacientes en el ejercicio de su profesión. Y esto necesariamente afectará a la reputación y también a la responsabilidad de la clínica o consultorio con el que colaboren.
Esto incluirá sus errores u omisiones frente a sus clientes, que son los pacientes, por un mal o tardío diagnóstico, un tratamiento erróneo, una intervención negligente, etc.
Y también incluirá los daños y perjuicios (las secuelas) que de ellos se pudieran derivar para el paciente y sus familiares directos y dependientes.
Por eso, los centros sanitarios y los médicos pueden y deben suscribir varios tipos de seguros (o coberturas tomadas independientemente, aunque pueden formar parte de la misma póliza), tanto en nombre propio como colectivos con distintas entidades:
- Su propio seguro particular como médico.
- Por el hecho de estar colegiados para trabajar, cuentan con los seguros de RC de su Colegio profesional.
- Los centros sanitarios privados pueden suscribir seguros que cubran la RC de su equipo de profesionales.
- Y también la sanidad pública cuenta con sus propios seguros en los centros de atención primaria y especializada.
Ahora bien, los límites y capitales asegurados de estas pólizas pueden no cubrir íntegramente el alcance de la responsabilidad ante el siniestro acaecido.
También pueden no incluir otros riesgos importantes para el profesional sanitario médico como pueden ser su inhabilitación profesional parcial o total, temporal o definitiva. O su defensa jurídica o fianzas en caso de terminar el asunto en tribunales de justicia.
De ahí que sea interesante confiar el estudio y análisis del riesgo particular del centro sanitario sobre sus profesionales a una compañía de seguros especializada como Markel.
¿Qué te ofrece un seguro de RC Médica – Sanitaria?
Además de la responsabilidad civil por el ejercicio o por omisión en su actividad como profesional, los seguros de responsabilidad civil sanitaria deberían cubrir los siguientes aspectos:
- La defensa jurídica y las posibles fianzas que se dicten por los tribunales de justicia.
- Las reclamaciones que se hagan contra el centro o alguno de sus facultativos durante la vigencia del seguro por negligencias médicas.
- Algún tipo de indemnización en caso de inhabilitación profesional por sentencia judicial.
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La propiedad o el uso de los inmuebles e instalaciones, maquinaria y equipos que utiliza el centro sanitario en el desarrollo de su actividad.
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Servicios complementarios de los sanitarios ubicados en las dependencias del centro, tales
como cafetería, restaurante, jardines, comercios y aparcamiento. -
Las reclamaciones contra el asegurado por daños personales sufridos por sus empleados a consecuencia de un accidente laboral.
- Denuncias y resoluciones de las autoridades de protección de datos personales ante quiebras en la gestión de datos sensibles de sus pacientes por parte del centro o de uno de sus profesionales.
Finalmente el mejor de los seguros de responsabilidad civil sanitaria tendrá en cuenta los distintos centros de trabajo del asegurado y sus especialidades.
Y debería cubrir a todos los profesionales médicos, sanitarios y de otro tipo que presten sus servicios en el centro, con independencia del tipo de contrato que les vincule con éste.
¿Por qué elegir Markel?
En Markel son expertos en seguros de RC Médico-Sanitaria. Markel Insurance SE es una compañía aseguradora especialista en seguros de responsabilidad civil para centros sanitarios sin internamiento como clínicas dentales o de odontología, centros, clínicas y consultorios médicos de especialidades (ginecología, podología, psicología, análisis clínicos, traumatología y rehabilitación).
En Europa tiene sedes en Alemania, España y Países Bajos. Su matriz, Markel Corporation, tiene 85 años de vida, más de 10.000 empleados, y mueve primas de seguro por valor de 7.9 mil millones de dólares.
Se trata de una empresa cotizada en la bolsa de Nueva York (NYSE: MKL) y que ocupa el lugar 464 en la lista Fortune 500.
Normativa relacionada
Es normativa relacionada con seguros de responsabilidad civil para médicos es la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
Su artículo 4.8.e) dice que «para el ejercicio de una profesión sanitaria será necesario cumplir las obligaciones y requisitos previstos en el ordenamiento jurídico vigente».
Y que hay que «tener suscrito y vigente un seguro de responsabilidad, un aval u otra garantía financiera, sean de protección personal o colectiva, que cubra las indemnizaciones que se puedan derivar de la responsabilidad profesional por un eventual daño a las personas causado con ocasión de la prestación de tal asistencia o servicios cuando se ejerza la profesión en el ámbito de la asistencia sanitaria privada».