Propuesta de seguro

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En materia de seguros, una propuesta de seguro es un documento escrito en el cual el asegurador describe las condiciones en las cuales ofrece al potencial tomador del seguro cobertura de seguro.

En la normativa de seguros de habla de «proposición de seguro» en vez de propuesta de seguro (ver más abajo).

Propuesta de seguro

Este documento se obtiene tras la declaración por parte del usuario de sus datos de personales y del detalle de la cosa a asegurar.

Esto se hace a través de un formulario de solicitud de seguro. Y a la acción de solicitar precio a una aseguradora, se la conoce técnicamente como «tarificar» un seguro.

Por ejemplo, si quieres contratar un seguro de coche o de moto, lo primero es elegir con qué aseguradora. Para ello lo más natural es como paso previo ver precios por medio de un comparador de seguros de coche o un comparador de seguros de moto.

El segundo paso una vez elegida la aseguradora con un precio barato y buenas coberturas es solicitarle formalmente una propuesta de seguro.

Para ello, es muy probable que nos pidan volver a volcar los datos personales y del coche o moto que ya introdujimos en el comparador de seguros.

La propuesta de seguro es como el presupuesto en Consumo

La propuesta de seguro hace las veces de un presupuesto en consumo, cuando su elaboración es gratuita. Puedes pedir cuánto te costará hacer una reforma en casa y el presupuesto obligará a la empresa de reformas, pero no a ti.

¿Es vinculante? ¿Para quién?

La propuesta de seguro es vinculante para el asegurador (le obliga a cumplirla en sus términos si el tomador la acepta), pero no para éste.

Es decir, que puedes pedir a varias compañías de seguro precio y obtener sendas propuestas, pero no te obligas aún con ninguna de ellas.

La propuesta de seguro es también válida si se obtiene a través del medio Internet, directamente de la pantalla del ordenador, desde la página web de la empresa aseguradora, o desde un comparador de seguros.

Qué dice la Ley

La Ley del contrato de seguro de 1980 dice en su artículo 6 que:

La solicitud de seguro no vinculará al solicitante. La proposición de seguro por el asegurador vinculará al proponente durante un plazo de quince días.

Por acuerdo de las partes, los efectos del seguro podrán retrotraerse al momento en que se presentó la solicitud o se formuló la proposición.

Normativa de seguros

  • Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro (ver online).

Martin Ruiz Felipe

Especialidad en Seguros. Experto en Prevención de Blanqueo de Capitales. Soy Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Actualmente trabajo como Letrado en el Departamento de Compliance de una entidad de seguros lider en su sector. Ofrezco asesoramiento jurídico en la aplicación/interpretación del contrato de seguro en sus diferentes modalidades. Colaboro porque presté mis servicios profesionales durante seis años en la asesoría jurídica de la Organización de Consumidores y Usuarios, y tengo una clara sensibilidad en los asuntos de protección al consumidor y la defensa de sus legítimos intereses.

Esta entrada tiene 5 comentarios

  1. Eduardo

    Hola,

    Me hicieron un presupuesto de seguro del hogar, personalizado y con validez por 2 meses, por escrito y enviado en formato digital.

    Lo acepto dentro del plazo y recibo la poliza para firmarla digitalmente. En esta detecto que una de las coberturas me pone 150 eu. mientras que en el presupuesto me ponia hasta 300 eur.

    Se lo comunico a comerciales y aseguradora y no saben darme solución. Se limitan a pasarlo a un supervisor y en espera de respuesta que nunca llegó y aproximandose la entrada en vigor,decido de buena fé firmar la poliza.

    Meses después me pongo en contacto con el SAT de la compañia y me dicen que lo que vale es lo que viene en poliza. Eso sí, pidiendome disculpas por lo que me pudieran ofrecer previamente.

    GRACIAS.

  2. francisco

    Muchas gracias por la información

  3. francisco

    hola,
    si escucho un anuncio de radio de un seguro de daños en el que exponen varias condiciones por ejemplo el precio de la prima, ¿es esto una proposición de seguro vinculante?

    1. Consumoteca

      Hola Francisco, la propuesta de seguro es vinculante para la aseguradora cuando se hace de forma personalizada, teniendo en cuenta las condiciones del asegurado. Para mí un anuncio de radio de un seguro es publicidad. Y eso no quita que no pueda ser engañosa porque «induzca o pueda inducir a error a sus destinatarios, pudiendo afectar a su comportamiento económico»

      https://www.consumoteca.com/consumo/publicidad-enganosa/

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