Daño emergente es el daño o pérdida causada a una persona (física o jurídica) por la acción u omisión de otra. El daño emergente es una variante del concepto jurídico del daño.
El artículo 1.106 del Código Civil dice que:
La indemnización de daños y perjuicios comprende, no sólo el valor de la pérdida que hayan sufrido, sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor, salvas las disposiciones contenidas en los artículos siguientes.
Daño emergente y lucro cesante
Así, se entiende por daño emergente el daño o pérdida sufrida por el acreedor.
Mientras que lucro cesante se refiere a la ganancia que deja de obtener el acreedor a consecuencia del incumplimiento contractual o de la acción u omisión generadora de la responsabilidad extracontractual.