Cuando compras un coche, da igual si nuevo o de segunda mano, tienes por ley que contratar un seguro de coche. Para elegir tienes varios tipos de seguros de coche. Como mínimo el seguro debe cubrir tu responsabilidad como conductor o la de la persona que conduzca.
En función de lo que cubra el seguro de coche, hay distintos tipos de seguros de coche en el mercado. A la cobertura mínima legal se la conoce como seguro a terceros, seguro obligatorio de accidentes (SOA) o seguro obligatorio de vehículos.
A más de esta cobertura mínima legal, puedes ir mejorando el seguro de tu coche añadiendo más coberturas de forma voluntaria si quieres. Si vas a asegurar tu coche y te quieres gastar lo mínimo pero estar cubierto al máximo de cualquier riesgo, es bueno que conozcas los distintos tipos de seguros de coche que hay en nuestro país y elijas el que mejor te encaje.
Te detallamos en este post los distintos tipos de seguro de coche en España.
Tabla de contenidos
Tipos de seguros de coche
Seguro a terceros
El seguro a terceros es obligatorio y cubre los daños que podamos ocasionar con nuestro vehículo a otros conductores o vehículos cuando seamos los “culpables” del accidente o del daño.
A la obligación que tenemos los conductores de responder de nuestros actos (o del de terceros a nuestro cargo o con nuestro vehículo) al volante se la conoce como responsabilidad civil y a la modalidad de seguro que la cubre “seguro de responsabilidad civil obligatorio”.
Esta responsabilidad está regulada por ley* y se define así:
Todo propietario de vehículos a motor que tenga su estacionamiento habitual en España estaráobligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro por cada vehículo de que sea titular, que cubra, hasta la cuantía de los límites del aseguramiento obligatorio, la responsabilidad civil ……. No obstante, el propietario quedará relevado de tal obligación cuando el seguro sea concertado por cualquier persona que tenga interés en el aseguramiento, quien deberá expresar el concepto en que contrata.
El conductor de vehículos a motor es responsable, en virtud del riesgo creado por la conducción de estos, de los daños causados a las personas o en los bienes con motivo de la circulación. En el caso de daños a las personas, de esta responsabilidad sólo quedará exonerado cuando pruebe que los daños fueron debidos a la culpa exclusiva del perjudicado o a fuerza mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del vehículo; no se considerarán casos de fuerza mayor los defectos del vehículo ni la rotura o fallo de alguna de sus piezas o mecanismos.
El propietario no conductor responderá de los daños a las personas y en los bienes ocasionados por el conductor cuando esté vinculado con este por alguna de las relaciones que regulan los artículos 1.903 del Código Civil y 120.5 del Código Penal. Esta responsabilidad cesará cuando el mencionado propietario pruebe que empleó toda la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño.
El propietario no conductor de un vehículo sin el seguro de suscripción obligatoria responderá civilmente con el conductor del mismo de los daños a las personas y en los bienes ocasionados por éste, salvo que pruebe que el vehículo le hubiera sido sustraído.
En euros, esta responsabilidad civil que cubre el seguro a terceros por ley es de hasta 15.000.000 € por siniestro por los daños materiales que causemos y de hasta 70.000.000 € por siniestro para los daños corporales que causemos a dichos terceros con motivo de nuestra conducción, cualquiera que sea el número de víctimas.
Ojo, porque todo lo que exceda estas cuantías lo tendremos que pagar de nuestro bolsillo si las indemnizaciones superasen estas cuantías. Por esta razón las aseguradoras nos ofrecen seguros obligatorios que cubren más cuantías, pero que aceptamos de forma voluntaria vía una mayor prima de seguros: los seguros a terceros ampliados.
Seguro a terceros ampliado
Contratar un seguro a terceros que sólo cubra la responsabilidad frente a los daños a terceros (personas y cosas), es peligroso para nuestros intereses. De hecho es complicado encontrar estas coberturas mínimas entre las aseguradoras de coche en España.
Generalmente las compañías le añaden al seguro de terceros las coberturas de rotura de lunas, incendio o robo del coche. Es lo que se conoce como seguro a terceros ampliado.
Técnicamente, este seguro además complementa la responsabilidad civil voluntaria o suplementaria. En términos económicos, las aseguradoras ofrecen ampliar los límites de daños personales y materiales mínimos fijados por ley del seguro a terceros.
Otras coberturas que se suelen añadir a este “terceros ampliado”, son la defensa jurídica del asegurado y el seguro del conductor para los daños que podamos sufrir como conductores.
Seguro a todo riesgo
El seguro a todo riesgo es la modalidad más interesante para conductores con coches nuevos de alto valor o que se preocupen por el estado de su vehículo y los posibles daños de su conducción. A cambio de una mayor prima de seguros, esta modalidad de seguro completa las coberturas ofrecidas por el seguro a terceros y el terceros ampliado, con la cobertura de daños propios.
Los daños propios son los daños producidos en nuestro propio vehículo y que puedan haber sido ocasionados por nuestra culpa (con exclusiones, por supuesto, como conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, sin carné, etc.).
Los daños propios pueden ser menores (rayaduras, abolladuras, golpes, bollos, etc.) o realmente graves como el siniestro total del vehículo, por lo cual, el coste de la cobertura puede variar muchísimo.
Para evitar encarecer la prima mucho y ofrecer precios de seguros competitivos, las compañías de seguros ofrecen una modalidad del seguro a todo riesgo llamada todo riesgo con franquicia que lo que hace es fijar un umbral económico (franquicia) a la cobertura de daños propios, al que el asegurado se compromete a hacer frente en caso de siniestro.
En este caso, la franquicia la paga la persona asegurada en caso de siniestro y todo lo que exceda la misma y que esté cubierto (daños en nuestro vehículo) correrá a cargo de la aseguradora.
Por ejemplo si tenemos un todo riesgo con franquicia de 300 euros y damos un parte de daños propios por 1000 euros, la aseguradora sólo nos cubriría 700 euros, debiendo afrontar nosotros el importe de la franquicia.
Recuerda que si un seguro a todo riesgo de coche no tiene franquicia, la prima será más alta.
Normativa seguros de coche
- Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (Ver online).