El todo riesgo con franquicia es un seguro interesante para coches nuevos. Especialmente si estamos dispuestos a asumir un desembolso de dinero en caso de daños propios.
El seguro a todo riesgo de un coche es la solución ideal para los que, aceptado que es obligatorio tener cubierta la responsabilidad civil como conductores de vehículos, quieren cubrir cualquier daño que pueda sufrir su coche ya sean provocados por nosotros mismos (lo que se conoce como “daños propios”).
El único inconveniente de esta modalidad de seguro es que, obviamente, requiere el pago de una prima mayor que los demás seguros de coche.
Para paliar el precio de la prima, se ha creado el seguro a todo riesgo con franquicia, del que te hablamos en este post. Básicamente, con esta modalidad de seguro, la aseguradora cubre los daños (propios o de un tercero) que sufra nuestro coche, pero sólo a partir de un importe mínimo al que tendrá que hacer frente el asegurado (el exceso sobre la franquicia).
Se dice que el asegurado “co-participa” junto con la aseguradora (se hace co-responsable), y que el riesgo es compartido entre la compañía de seguros y el tomador de la póliza, por lo que se obtiene una reducción importante sobre la prima (el precio del seguro).
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Importe de las franquicias
En el mercado hay muchos seguros a todo riesgo con franquicia, que suelen rondar entre los 200 y los 1.000 euros. Pero las más comunes estarán entre 300 y 500 euros.
Esto quiere decir que si tienes un siniestro con daños propios (los has provocado tú y por tanto eres tú el responsable), de 1.000 euros y das parte a tu aseguradora, ésta se haría cargo de hasta 700 o 500 euros respectivamente.
Pero lo importante de esta modalidad de seguro es que elijas un importe de la franquicia que en caso de siniestro seas capaz de atender de tu bolsillo para evitarte el sinsabor de quedarte sin coche por el siniestro. Y además no ser capaz de hacer frente al importe de la franquicia para que la aseguradora se haga cargo del resto.
¿Qué franquicia me interesa más?
La regla de oro a tener en cuenta a la hora de valorar qué seguro a todo riesgo con franquicia contratar (o por qué importe de franquicia), es la antigüedad del coche y la propensión que tengamos a tener qué tipo de siniestros o daños con el uso mayor o menor que hagamos de él.
Así, si el coche es completamente nuevo o tiene hasta dos o tres años y no lo usamos a diario, lo más interesante será un seguro a todo riesgo pero sin ninguna franquicia.
La prima será alta esos dos o tres primeros años, pero el retorno que tendremos en caso de siniestro grave o total, podría alcanzar hasta el valor del coche a nuevo.
A partir del tercer o cuarto año, cuando el valor venal del coche (lo que la aseguradora nos abonaría si sufriera un siniestro total), cae en picado, es muy recomendable pasarnos dos o tres años más a un todo riesgo con franquicia y a partir del año 6 ó 7, tal vez, a un terceros.
Si por el contrario somos de los que usamos el coche a diario, la prima anual a pagar será alta por la mayor probabilidad de siniestros (ligeros).
En este caso, con el objetivo de abaratar la prima anual a pagar por el seguro a todo riesgo, puede interesar una franquicia ya que la aseguradora nos bajará la prima anual y a cambio se librará de los pequeños percances que ocurren cuando coges el coche a diario (toquecitos, ralladuras, pequeños desperfectos en el aparcamiento, etc.).
Es decir, que a ser la mayoría de los percances por importes relativamente bajos, la aseguradora se “asegura” de que no tengamos la tentación de dar parte cada dos por tres.
¿Cubre lo mismo un “todo riesgo” con franquicia que sin ella?
La respuesta es sí porque la franquicia es la cantidad pactada entre la aseguradora y el asegurado con la finalidad de rebajar la prima de la póliza de seguro pero sin afectar las coberturas incluidas.
En realidad la única diferencia básica entre ambos seguros (con o sin franquicia) es que, en caso de siniestro por daños propios, en el primero el usuario “colabora” en un primer tramo de los daños pagando de su bolsillo el importe de la franquicia y la aseguradora se hace cargo del importe restante hasta completar el coste de la reparación o restitución de los daños sufridos.
A modo de recordatorio, las principales coberturas de un seguro a todo riesgo con franquicia (o sin ella) serían:
- Responsabilidad civil obligatoria;
- Responsabilidad civil complementaria (o voluntaria);
- Los accidentes corporales que pueda sufrir el conductor;
- El incendio, robo y rotura de lunas (ojo, algunas aseguradoras te cobrarán la franquicia también en este tipo de siniestros. Recházalas);
- La asistencia en carretera (comprobar que sea ilimitada y desde el km 0);
- Otros (asesoramiento por multas de tráfico, la indemnización y reclamación de daños, retirada del permiso de conducir etc.);
- Daños propios (por el importe que exceda la franquicia).
Recuerda, por último, que en los seguros a todo riesgo, en caso de siniestro tiene mucha importancia la antigüedad del coche. Así, por ejemplo, en Balumba.es te cubrirán el coste de la reparación si ésta no supera el 75% del valor a nuevo en el caso de que tu coche tenga hasta un año de antigüedad.
Si el coche tiene más de un año de antigüedad, se cubriría la reparación (franquicia aparte, que esa la pagas tú), siempre que no cueste más que el valor venal del mismo.
En caso contrario, si no se cumplen los requisitos para ser reparado o tu coche se declara siniestro total, Balumba te indemnizará (franquicia aparte):
-Si el coche tiene menos de 2 años de antigüedad: por el valor a nuevo;
-Si tiene entre dos o cuatro años: por el valor venal mejorado (+ 15% del valor de las famosas “tablas Ganvam”);
-Si el coche tiene 4 o más años: por el valor venal a fecha del siniestro.
Recuerda que cada aseguradora es un mundo y que los importes de las franquicias y de las indemnizaciones, de las primas etc. variará, por lo que conviene comparar precios de los seguros en las diversas herramientas a nuestra disposición en Internet (los Rastreator, Kelisto, Acierto, etc.) y leer con detenimiento las condiciones que se establecen en la póliza.
Normativa que regula el seguro de coche todo riesgo con franquicia
–Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
-Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro (ver online).