El seguro a terceros ampliado

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Mujer y coche en la playa

El seguro a terceros ampliado es una buena opción para el que tiene un coche viejo que no coge mucho. Antes de salir a conducir un coche, una moto o cualquier vehículo, en España es obligatorio disponer de un seguro de coche para cubrir nuestra responsabilidad civil por lo que pueda pasar, tanto si vamos conduciendo nuestro coche como si es otro el que lo conduce y se produce un accidente (siniestro en la jerga del seguro).

Dentro de los diferentes tipos de seguros de coche que tenemos en España, existe un seguro mínimo obligatorio que se llama el seguro a terceros o seguro obligatorio de automóviles (SOA).

Pero que cubre cosas demasiado limitadas, por lo que todas las aseguradoras ofrecen una versión “musculada” del seguro a terceros, que se llama seguro de coche a terceros ampliado (amplían los límites de la responsabilidad civil obligatoria y le añaden coberturas muy interesantes) que es mucho más interesante que un seguro a terceros “pelado”.

Qué cubre un seguro de coche a terceros ampliado

El seguro de coche a terceros ampliado (seguro a terceros ampliado) cubre lo mismo que el SOA pero de forma ampliada y una serie de riesgos adicionales.

Generalmente, las compañías de seguros incluyen en un terceros ampliado las siguientes coberturas:

Responsabilidad civil obligatoria

La responsabilidad civil obligatoria con sus dos límites en caso de indemnización por accidente de circulación (hasta 15.000.000 € por siniestro por los daños materiales que causemos.

Y hasta 70.000.000 € por siniestro para los daños corporales que causemos a dichos terceros con motivo de nuestra conducción, cualquiera que sea el número de víctimas).

Esta “RC”, como hemos visto es obligatorio tenerla cubierta para circular con un coche, moto o cualquier vehículo por España.

Responsabilidad civil voluntaria

La responsabilidad civil voluntaria, que consiste en ampliar los límites de la RCO bastante (algunos seguros los límites son indefinidos), según lo que se pacte en las condiciones particulares del seguro.

Por tanto, el primer consejo a la hora de contratar un seguro a terceros ampliado es consultar a cuánto asciende la RCV de las diferentes opciones que tengamos.

Por ejemplo, en el seguro a terceros plus de mutua, los dos límites anteriores te los amplía en 50.000.000€ adicionales.

Robo del vehículo

La cobertura de robo del vehículo y su tentativa.

Esta cobertura que no suele tener el SOA es muy interesante porque en caso de que nos fuercen el vehículo para robarlo o que nos lo roben efectivamente, nos cubrirá con una indemnización cuyo importe variará según la edad y estado del coche o la moto.

Por tanto, es importante desmenuzar la cláusula de “robo del vehículo” y leerla atentamente para no llevarse a engaño sobre lo que recibiremos en caso de que nos lo roben, qué pasará si reaparece posteriormente, etc.

Incendio

La cobertura de incendio del coche o moto, que no está en un SOA, es también muy interesante porque puede ocurrir que un coche sea alcanzado por un rayo o que arda por una mala conexión de su sistema eléctrico.

La indemnización será proporcional a los daños que sufra el coche y a su edad, una vez valorados en un taller por un perito de la compañía de seguros. Por eso hay que leer bien qué cubre exactamente la cláusula, antes de contratar.

Por ejemplo, en el seguro a terceros plus de la Mutua se lee:

Si su coche tiene menos de 1 año de antigüedad y es declarado siniestro total, le indemnizamos con el valor que figura en la factura de compra. Si tiene más de 1 año, le indemnizamos con el valor venal (el valor de venta del coche justo antes de la ocurrencia del siniestro)“.

Rotura de lunas

La cobertura de lunas del coche.

Esta cobertura también es muy práctico tenerla incluida porque, a lo largo de la vida de un coche, es muy habitual que por un impacto de una “china” en el parabrisas, una muesca en la luna termine siendo una raja en el frontal que nos obligue a sustituir la pieza entera.

Las aseguradoras lo saben por lo cual fomenta que se nos repare la luna en el primer momento, antes de que se nos agriete toda la luna (servicios de reparación como Carglass).

Otra causa es la rotura por accidente o robo de cualquier otra ventanilla así que hay que ver si se incluye también su reposición.

Por ejemplo en el seguro a terceros plus de Mutua se incluye “la rotura de la luna delantera, trasera y ventanillas laterales” del coche.

Por todo ello, al seguro a terceros ampliado se le suele conocer también como “seguro a terceros con incendio, robo y lunas”.

Qué no cubre el seguro a terceros ampliado

Al igual que el seguro a terceros de suscripción obligatoria (SOA), el seguro de terceros ampliado sólo cubre los límites adicionales pactados con la aseguradora “a mayores” sobre los límites del SOA.

Es decir, nos corresponderá pagar las indemnizaciones por los daños causados a las personas o sus bienes (los terceros) que excedan de lo pactado con la aseguradora si resultamos civilmente responsables de un accidente de tráfico.

El seguro a terceros ampliado no cubre los daños que sufras tú:

Daños personales

a) Que se ocasionen por las lesiones o el fallecimiento del conductor del
vehículo asegurado.

b) Los causados a otras personas si se probara que los mismos se
debieron únicamente:

i. A la conducta o negligencia del perjudicado.

ii. A fuerza mayor extraña a la conducción o al funcionamiento del
vehículo.

Daños materiales

a) En el vehículo asegurado que ha causado el accidente;

b) En las cosas transportadas en el vehículo.

c) En los bienes que fueran propiedad del asegurado, del propietario y del conductor, así como los del cónyuge o pareja de hecho o los parientes de los anteriores hasta el tercer grado de consanguinidad o afinidad.

Normativa que regula el seguro de coche a terceros

  • Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (ver online).
  • Ley 50/1980, de 8 de octubre, del Contrato de Seguro.

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

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