En los últimos 30 años el turismo ha vivido un gran desarrollo en España y se ha extendido a prácticas nuevas alternativas al turismo de sol y playa o al de interior, o al cultural. El turismo rural y sus variantes, turismo activo y turismo de aventura, han llegado para ofrecer a los usuarios nuevas formas de pasar el tiempo libre en un ámbito geográfico rural, al tiempo que experimentan nuevas sensaciones y realizan una actividad física, que incluso puede requerir destreza por su dificultad.
En este post hablamos de en qué consiste esta modalidad de turismo y qué requisitos hay que cumplir para montar una empresa de turismo activo.
Tabla de contenidos
Definición de turismo activo
Según Wikipedia, se trata de una tipología de turismo en la que la motivación principal del viaje es la realización de actividades turísticas en ambientes naturales que involucran esfuerzo físico por parte de los participantes y cierto nivel de riesgo controlado como ocurre con el turismo de aventura.
En esta modalidad de turismo existe una relación contractual entre un prestador de servicios (tour operador, agencia de viajes, guía de turismo, etc.) y un usuario cliente (turista).
Según la Secretaría General de Turismo (2004) el turismo activo es:
«….aquél que tiene como principales motivaciones la realización de actividades recreativas y de esparcimiento, la interpretación y/o conocimiento de la naturaleza, con diferente grado de profundidad y la práctica de actividades deportivas de diferente intensidad física y riesgo que usen expresamente los recursos de forma específica, sin degradarlos o agotarlos«.
Por su parte, las Comunidades autónomas tienen normas de turismo en general y algunas de turismo activo específicamente.
Según la normativa cántabra de 2014*:
«Se consideran empresas de turismo activo aquellas dedicadas a proporcionar, mediante precio, de forma habitual y profesional, actividades turísticas de recreo, deportivas y de aventura que se practiquen sirviéndose básicamente de los recursos que ofrece la propia naturaleza en el medio en que se desarrollen.
Particularmente, tendrán la consideración de actividades turísticas de recreo, entre otras, las que, con base en el conocimiento cultural, ya sea paisajístico, patrimonial o de índole similar, sean llevadas a cabo en el medio natural o en entornos asimilables«.
Otras normativas autonómicas que regulan este tipo de turismo emplean definiciones y denominaciones similares. Así, son sinónimo de turismo activo las actividades físico-deportivas en el medio natural (Cataluña), las actividades turísticas en el medio rural (Cantabria, Andalucía), etc.
Clases de turismo activo
Por el tipo de actividad que realizan y su nivel de involucración con los usuarios turísticos (los requisitos legales son diferentes), las empresas de turismo activo se clasifican en:
a) aquellas que se limitan a organizar y participar en las actividades que oferten, pudiendo alquilar o no el material para su realización, (por su mayor involucración con los usuarios, deben disponer de seguros de responsabilidad civil y de accidentes y desarrollar un protocolo de actuación en caso de accidente específico para las actividades que ofrecen) y
b) las que sólo te alquilan el material necesario para practicar estas actividades.
Y en cuanto al entorno donde se realizan, podemos distinguir tres tipos de turismo activo:
a) Terrestres: paintball, airsoft, montañismo, senderismo, rutas en quads, bicicleta de montaña, esquí, barranquismo, espeleología, etc.
b) Aéreas: ala delta, parapente, rápel, tirolina, globos aerostáticos, benji, puenting, etc.
c) Acuáticas: buceo, barranquismo, surf, kite surf, hidropedales, canoas, kayaks, flyboard, etc.
Requisitos para montar una empresa de turismo activo
Además de presentar una declaración responsable ante el organismo de turismo de su Comunidad Autónoma, las empresas de este tipo de turismo deben contar con personal formado, materiales, un local de atención al público, un seguro de responsabilidad civil (y un seguro de accidentes si organizan y participan en la actividad).
Deben también estar inscritas en el registro de turismo autonómico y comunicar su actividad y precios en lugares visibles.
- El local para atender al público deberá contar con aseos independientes y, en caso de ser necesario, con instalación de duchas y vestuarios o, como mínimo, de taquillas o armarios individuales para que los clientes puedan dejar sus objetos personales.
- Las empresas deberán contar con un número suficiente de monitores, instructores o guías a fin de asesorar o acompañar a los usuarios con quienes contraten. Se deberá llevar un registro de altas, bajas, sustituciones e incidencias con el personal técnico que deberá estar bien formado. Los profesionales llevarán consigo un botiquín de primeros auxilios y un móvil o medio para comunicar accidentes.
- Los equipos y material que las empresas pongan a disposición de los usuarios de turismo activo tendrán que estar homologados y en buenas condiciones de uso (tendrán que ser revisados periódicamente, llevando un registro de las revisiones: cuándo, qué, quién, cómo, dónde). Habrá una persona responsable de su seguridad.
- En Cantabria, por ejemplo, el seguro de responsabilidad civil vigente es de como mínimo 300.507 euros, sin que la franquicia sea superior a 602 euros y el de asistencia o de accidente ha de tener una cuantía mínima de 30.050 euros, sin que la franquicia supere los 602 euros.
Turismo activo y clubes deportivos, ¿son lo mismo?
No. Los clubes deportivos son generalmente asociaciones sin ánimo de lucro cuyo fin es la promoción del deporte de sus asociados y la competición, para lo cual el socio se «federa» (obtiene una licencia federativa y un seguro de accidentes) y paga una cuota que le permite utilizar las instalaciones de la asociación y beneficiarse de sus actividades a mejor precio.
Por su parte las empresas de este tipo de turismo son, generalmente, empresas que plantean su actividad como un negocio de «experiencias» de riesgo y aventura en el entorno rural o el mar, más que como un deporte.
Su finalidad no es la competición sino la diversión y entretenimiento de sus usuarios, que son clientes que pagan por el servicio. En este caso es la empresa la que tiene el deber de tener asegurada la actividad y por tanto, el usuario ni se asegura ni necesita una licencia federativa.
ANETA
Las empresas de turismo activo cuentan con una asociación estatal que les representa, la ANETA (Asociación Nacional de Empresas de Turismo Activo).
Su finalidad es potenciar actividades de turismo activo en España, el desarrollo de normas de calidad para el turismo activo, jornadas, investigación, y defender y representar a las empresas asociadas. ANETA forma parte de la federación europea de empresarios del turismo activo (European Confederation of Outdoor Employers).
Normativa de turismo activo
Las actividades de las empresas de turismo activo, como el turismo en general, en España están en manos de las Comunidades Autónomas, que son las que regulan al sector y nuestros derechos como usuarios. La mayoría de ellas cuentan con normativa específica al respecto.
En este enlace de la ANETA puedes ver todas ellas.
*Decreto 111/2014, de 26 de noviembre, de Turismo Activo (Cantabria).
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