Nueva ley de protección de los consumidores en Galicia

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Consumidora

En este post te comentamos la Ley de protección de los consumidores en Galicia.

Galicia y la defensa del consumidor

En Galicia los consumidores están de enhorabuena tras la publicación de la nueva ley* de protección de las personas consumidoras y usuarias (ya sean consumidores y consumidoras o usuarios y usuarias, como apunta en su artículo 1.4).

Esta nueva ley tiene 115 artículos que comienzan dando un repaso por las definiciones de consumidor y derechos de los consumidores, empresa o colectivo de protección especial.

Repasa los tipos de ventas comerciales (ofertas, vending, rebajas, saldos, liquidaciones, etc.), dedica varios artículos a las grandes superficies (Carrefour, Alcampo, Eroski, Hipercor, etc.).

Y adapta la anterior norma que deroga, a los nuevos tiempos, reconociendo que con demasiada frecuencia,

«las personas que adquieren un producto o contratan un servicio se encuentran en una situación de clara desventaja e incluso indefensión para enfrentarse a las empresas con las que contratan o para hacer valer sus derechos de modo individual».

Siempre el consumidor tiene la razón

Otra de las cosas que gusta leer es que

«las normas de protección a los consumidores se interpretarán a favor del consumidor, debiendo ser objeto de interpretación estricta las excepciones a dichas normas de protección a los consumidores».

En el supuesto de confusión o diferencias interpretativas, toda publicidad, comunicación comercial, oferta, práctica o cláusula que sean de aplicación a una relación de consumo serán interpretadas a favor del consumidor.

Idioma en las relaciones con la administración

Todas las comunicaciones que realice la Administración de consumo serán realizadas en gallego, salvo que el destinatario (consumidor o empresa) manifieste lo contrario.

Las que hayan de producir efectos fuera del territorio de la Comunidad autónoma se realizarán en idioma español, cualquiera que sea el lugar en donde hayan de producir sus efectos.

Cualquier documento remitido a la Administración de consumo en un idioma distinto a los oficiales de Galicia deberá ir acompañado de una traducción no jurada, salvo en aquellos casos en que se exija su traducción jurada, justificada por una razón imperiosa de interés general.

Red de Alerta Gallega de Productos de Consumo

Se crea la Red de Alerta Gallega de Productos de Consumo, adscrita a la autoridad autonómica competente en materia de consumo.

Se trata de una estructura de coordinación, intercambio rápido de información y reacción ante situaciones de riesgo para la salud o seguridad de los consumidores (lo que se conoce como RAPEX).

Colectivos desfavorecidos

Esta ley dedica un apartado a los colectivos en situación de especial protección que incluye los niños, adolescentes, ancianos, mujeres víctimas de violencia de género. Y personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, personas con carencias económicas o en riesgo de exclusión social.

A estos colectivos les afectan las nuevas formas de comunicación comercial y de contratación (Internet, venta telefónica, ventas a distancia en general y fuera del establecimiento mercantil). Y la ley pretende evitar que queden en una situación de especial inferioridad y subordinación.

Códigos de conducta de los sectores

También se apuesta por que las empresas se autorregulen mediante códigos de buenas prácticas empresariales y que creen autocontroles y sistemas de control de la calidad para aumentar los niveles de protección de los intereses de los consumidores y mejorar la disciplina del mercado.

El último hito muy relevante que había habido en Galicia en relación con la protección de los consumidores fue hace 25 años, con la aprobación del Estatuto gallego del consumidor y usuario.

Normativa

Otra normativa que regula la protección de los consumidores en Galicia es:

  • Real decreto legislativo 1/2007, de 16 de noviembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias.
  • Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios.
  • Ley 8/1994, de 30 de diciembre, que crea el Instituto Gallego de Consumo.
  • Ley 12/1984, de 28 de diciembre del Estatuto de autonomía de Galicia (el artículo 30.I.4 le da competencia exclusiva en materia de defensa del consumidor y usuario, todo ello sin perjuicio de la política general de precios y de la legislación sobre la defensa de la competencia).
  • Constitución española de 1978. Su artículo 51 dice que los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.

* Ley 2/2012, de 28 de marzo, gallega de protección general de las personas consumidoras y usuarias (DOG de 11 de abril de 2012).

Eva Tamames

Soy una abogado con ejercicio en Madrid con muchos años de experiencia en el derecho de recuperaciones. He trabajado para varios de los más grandes bancos de este país, en su área de recuperaciones. En la actualidad ejerzo la abogacía en el ámbito de la violencia de género. Creo que Consumoteca es un proyecto participativo que tiene que ocupar un gran vacío entre la información de las empresas por un lado, y la de las asociaciones e instituciones de consumo. En medio no hay nada, y mucho menos, nada que sea participativo, terreno que están ocupando Blogs y contenidos poco elaborados de baja factura.

Esta entrada tiene 2 comentarios

  1. miriam

    Post de Blog Completamente de acuerdo con el comentario anterior, todas las iniciativas y leyes que defiendan a los consumidores ( tanto de bienes como servicios, como se ha especificado) en este mundo de competencia feroz, multinacionales y, empresas gigantes que nos empequeñecen como consumidores cuando reclamamos y publicidades no siempre veraces; son bienvenidas. Sin embargo claro que es una iniciativa que se debiera llevar acabo a nivel estatal, ya que, no sólo los consumidores de Galicia son tales.

  2. David Amor

    Post de Blog Me parece totalmente correcto todo lo que tenga que ver como proteccion al consumidor, en esta sociedad de competencia constante, siempre el perjudicado es el consumidor, pero tengo que decir que todo esto suena a politica, lo primero el diferenciar que la lengua principal para hacer una reclamacion sea el gallego, con una autoridad autonomica…
    Aun asi todos los codigos de conductas empresariales, merecen la pena, como las normas de proteccion a los consumidores.

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