Derecho a presupuesto en los talleres de reparación

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taller mecánico de coches

Los talleres de reparación de vehículos automóviles (motos, coches, furgonetas, etc.) se rigen en España por el Real Decreto 1457/1986*, que trata los derechos de sus usuarios de este servicio. En este post vemos el derecho a presupuesto en los talleres.

Derecho a un presupuesto escrito

Todos los usuarios de los talleres de reparación tenemos por Ley derecho a recibir un presupuesto escrito sobre las tareas a realizar a nuestro vehículo, el cual tendrá una validez mínima de doce días hábiles.

Lo habitual es que, por las prisas, en las operaciones de mantenimiento (“la revisión de los 20.000 km”) simplemente firmemos nuestra renuncia a la elaboración del mismo, pero en caso de reparaciones, golpes, malfuncionamiento, etc. te aconsejamos vivamente que no renuncies a ese derecho y que solicites un presupuesto.

Qué debe incluir el presupuesto

En caso de solicitar su elaboración, en el presupuesto debe figurar:

-El número del taller en el registro especial correspondiente, su identificación fiscal y domicilio;

-El nombre y domicilio del usuario;

-La identificación del vehículo, con expresión de marca, modelo, matrícula y número de kilómetros recorridos;

Reparaciones a efectuar, elementos a reparar o sustituir y/o cualquier otra actividad, con indicación del precio total desglosado a satisfacer por el usuario;

-La fecha y la firma del prestador del servicio;

-La fecha prevista de entrega del vehículo ya reparado, a partir de la aceptación del presupuesto;

-Indicación del tiempo de validez del presupuesto (recuerda que será igual o superior a 12 días hábiles)

-Espacio reservado para la fecha y la firma de aceptación por el usuario.

Coste del presupuesto

La Ley dice que

las normas de desarrollo del presente Real Decreto determinarán los índices, módulos o criterios para la fijación del coste del presupuesto para el usuario”.

Qué pasa si no se acepta el presupuesto

La Ley dice que

en el caso de que el presupuesto no sea aceptado por el usuario, el vehículo deberá devolvérsele en análogas condiciones a las que fue entregado antes de la realización del presupuesto”.

Aceptación del presupuesto

La Ley dice que

únicamente podrá procederse a la prestación del servicio una vez el usuario, o persona autorizada, haya concedido su conformidad mediante la firma del presupuesto o haya renunciado de forma fehaciente a la elaboración del mismo”.

Ampliación de presupuesto

La Ley dice:

“Las averías o defectos ocultos que eventualmente puedan aparecer durante la reparación del vehículo deberán ser puestos en conocimiento del usuario en el plazo máximo de cuarenta y ocho horas, con expresión de su importe, y solamente previa conformidad expresa del mismo podrá realizarse la reparación”.

Derecho a un resguardo de depósito

Siempre que el vehículo (el coche o la moto) queden en depósito en el taller, aunque sea unas horas, con el objeto de que se le realice un presupuesto o la reparación o mantenimiento en sí, nos tienen que dar un resguardo de depósito obligatoriamente.

Otros derechos

Los usuarios tenemos derecho a que nos entreguen el presupuesto solicitado o el vehículo reparado en un plazo ajustado, razonable y proporcional a la entidad de la avería y/o las operaciones a realizar.

Además, el usuario podrá desistir del encargo realizado en cualquier momento, abonando al taller el importe por los trabajos efectuados hasta la retirada del vehículo.

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El cobro por la realización de un presupuesto que luego no nos interesa. Las averías mal resueltas por el taller. La negligencia en una reparación que casi nos cuesta la vida o nos provoca un accidente. El uso de piezas reacondicionadas.

La sección de talleres de mi Guía aborda estos problemas:

Caso 36. Tomás renuncia a la elaboración de un presupuesto y le cobran el 20%.

Caso 37. Antonio renunció al presupuesto de su Renault. Ahora le piden 90 eur.

Caso 38. Rosa condenada a pagar los 42,82 euros por la elaboración de su presupuesto.

Caso 39. No le dan resguardo de depósito y el taller se incendió.

Caso 40. El taller ha utilizado mi coche para uso propio y me han multado.

Caso 41. Ernesto sufre una reparación mal hecha para salir del paso de la ITV.

Caso 42. El taller ha hecho mal la reparación, con peligro para el usuario. La KTM de Joan.

Caso 43. Mal cambio de aceite para Rosana en Feu Vert y avería posterior del motor.

Caso 44. Instalación de neumáticos reacondicionados muy peligrosos en el coche de Sara.

Caso 45. Daños materiales en el coche de Pedro por negligencia del taller.

Caso 46. Reparación negligente del taxi de Secundino en Las Palmas de Gran Canaria.

Caso 47. El taller de lunas se carga la cerradura del maletero al reparar la luna trasera.

Caso 48. Le venden un tubo de escape nuevo defectuoso.

Normativa estatal

La normativa estatal de talleres de reparación data de 1986 pero desde finales de 2009 se le vienen planteando mejoras y actualizaciones:

  • Decreto 455/2010, de 16 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes (ver online).
  • Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes (ver online).

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Esta entrada tiene 4 comentarios

  1. Juan

    deje mi coche en taller entregado con grua, el taller me llama y me dice que está muy mal y que debería cambair el motor entero, me acerco al taller, este no me dá certificado de deposito si bien yo tampoco lo pido pero creo debería ser el taller el que me lo ofrezca, les digo que me expliquen y las explicaciones son vagas, voy con una persona que entiende y cuestiona el diagnostico del mecánico, les pido que me manden un presupuesto por escrito por email, me lo mandan y ya no aparece cambiar el motor, sino la junta de culata y otros elementos elevando la factura a 1235 euros iva incluido, si hubiera seguido las indicaciones primeras l averia podría haber sido de 6000 o 7000 euros. llegado a este punto desconfío del taller y pido retirar el coche del taller al que no han hecho nada además de dejarlo en la calle, y ahora me quieren cobrar el presupuesto,

    1. Consumoteca

      Hola Juan

      Para cobrarte el presupuesto tendrían que haberte advertido previamente del coste de su elaboración. Si no lo han hecho no pueden ahora decirte que te lo cobran. Lo mejor que puedes hacer es ponerles una reclamación a través de la hoja de reclamaciones y luego retirar el vehículo. Si aún así te exigieran el pago para retirar el coche podrías reclamar su devolución por medio de arbitraje de consumo

      https://www.consumoteca.com/reclamaciones/arbitraje-de-consumo/

      Un saludo

  2. luis suarez perez

    presupuesto lleve un honda su tallaer oficial hace 5 dias ,pediendole un presupuesto y me dicen q tiene una averia muy complicada y mucho trabajo .q tiempo tengo q esperar .es prolema de imyecion

  3. CARMEN

    Informa

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