Repuestos

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Taller de motos

Los repuestos son todo elemento o conjunto de elementos que realicen una función mecánica, correcta y específica, incluso decorativa, en un bien de consumo duradero y que sea necesaria para el correcto funcionamiento del bien.

Ejemplos de bienes de consumo duraderos son un coche, una moto, un electrodoméstico, etc.). Todos ellos requieren que existan piezas de repuesto en el mercado durante un plazo prudencial.

Qué dice la ley

La Ley 7/1996 de Comercio obliga a los fabricantes, o en su defecto los importadores, a garantizar un servicio postventa y piezas de repuesto al menos cinco años después de que deje de fabricarse para los bienes de consumo duradero.

Su artículo Artículo 12.3 (Garantía y servicio postventa) dice así:

3. El productor o, en su defecto, el importador garantizará, en todo caso, frente a los compradores la existencia de un adecuado servicio técnico para los bienes de carácter duradero que fabrica o importa, así como el suministro de piezas de repuesto durante un plazo mínimo de cinco años a contar desde la fecha en que el producto deje de fabricarse

Piezas de repuesto y talleres de reparación de coches

El Real Decreto 1457/1986*, que regula los talleres de reparación de vehículos automóviles, fija una serie de obligaciones de los talleres en relación con las piezas de repuesto:

 Todas las piezas que usen los talleres en sus reparaciones deben de ser nuevas,

 Sólo con la conformidad del cliente por escrito le podrán instalar al cliente piezas reacondicionadas, aunque el taller tendrá que informar al cliente de ello y asumirá su idoneidad y garantía,

 El taller está obligado a presentar al cliente, y a entregarle al término de la misma, salvo que este se niegue, las piezas, elementos o conjuntos que hayan sido sustituidos. Y debe tener justificación escrita de la compra de las piezas que luego “vende” al consumidor una vez instaladas.

 En circunstancias extraordinarias (urgencias o vehículos que ya se dejaron de fabricar), los talleres podrán utilizar piezas usadas o no específicas del modelo de vehículo a reparar. Ello siempre que el taller se responsabilice por escrito de que las piezas usadas se encuentran en buen estado.

 Está prohibida la instalación en los vehículos automóviles, de piezas, elementos o conjuntos cuya utilización no esté permitida (por ejemplo, detectores de radares).

 Se prohíbe la sustitución innecesaria de piezas que encarezca una reparación.

Normativa relacionada

 

  • Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista (ver online).
  • Real Decreto 1457/1986, de 10 de enero, por el que se regulan la actividad industrial y la prestación de servicios en los talleres de reparación de vehículos automóviles, de sus equipos y componentes (ver online).

Juan del Real Martín

Soy economista y experto en derecho del consumo y comercio electrónico. He vivido en muchos lugares y me gusta leer y montar en moto.

Después de trabajar durante ocho años en la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), asociación de consumidores más grande de España, decidí crear y financiar Consumoteca.com de mi bolsillo en 2009 para ayudar a las personas a no ser engañadas por las empresas.

Consumoteca, con 4.365 contenidos prácticos y más de 11.000 comentarios de usuarios, tiene una vocación de servicio gratuito para toda la comunidad.

Quiero contribuir con mi experiencia y conocimientos en derecho del consumo, así como en Internet y comercio electrónico a una sociedad más informada.

Lo que me gusta de este proyecto es que está vivo y crece cada día. Todos tenemos una responsabilidad como consumidores. La mía está aquí, en Consumoteca.com.

Esta entrada tiene 25 comentarios

  1. Jose Duran

    El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre entiendo que solo habla de los derechos de los consumidores, es decir aquellos que adquieren el bien para su uso y disfrute, pero no contempla la venta de bienes industriales como camiones cuyo uso es profesional.
    ¿me lo puedes confirmar?
    ¿Qué garantías de fabricación y de servicio se deben proporcionar en esos casos?

    1. Consumoteca

      Hola José

      Se puede ser consumidor, legalmente, a efectos de la protección del RDL 1/2007 siempre que los productos comprados se adquieran para su uso personal y no para incorporarlos a un proceso productivo.

      Artículo 3. Conceptos de consumidor y usuario y de persona consumidora vulnerable.
      1. A efectos de esta ley, y sin perjuicio de lo dispuesto expresamente en sus libros tercero y cuarto, son consumidores o usuarios las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.

      Son también consumidores a efectos de esta norma las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial.

  2. Miguel Vidal

    Hola, en mi caso no me sirven una pieza en un coche con 8 años, que se matriculó nuevo en 2016, así que ¿es de aplicación la Ley de comercio del año 96 que establece la obligación de mantener repuestos durante 5 años o la Ley de consumidor que lo eleva a 10?.

  3. Carmen Yacith Orejuela Mosquera

    muy buenas tardes, me pueden ayudar por favor . que normas aplican en Colombia para el sector económico de comercio de partes piezas autopartes y accesorios lujos para vehículos automotores.

  4. Nahuel

    Pueden negarse los importadores o fabricantes a vender repuestos a particulares? Están obligados a proveer repuestos a cualquiera que quiera adquirirlos? Gracias!!

    1. Consumoteca

      Hola Nahuel, dependerá de si son mayoristas o minoristas.

  5. Eloisa

    Hola, yo llevo 3 meses esperando las piezas para reparar un Renault Clio matriculado en junio de 2022 y aun me dicen que hay piezas que no tienen fecha de fabricación y no saben cuanto tardaran en tenerlas.
    se puede hacer algo? no me parece normal que digan que no tienen piezas de un vehículo nuevo.
    gracias de antemano por la respuesta

    1. Consumoteca

      Hola Eloisa,

      Podrías dirigirte a Renault España con sede en Valladolid, para que te den una solución o te faciliten un coche de sustitución si el tuyo no funciona sin los repuestos «adecuados» (en tiempo y forma). En caso de negativa plantéate acudir a tribunales.

      La ley de defensa de los consumidores y usuarios dice así:

      Artículo 127 bis. Reparación y servicios posventa.
      1. El productor garantizará, en todo caso, la existencia de un adecuado servicio técnico, así como de repuestos durante el plazo mínimo de diez años a partir de la fecha en que el bien deje de fabricarse.

      Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
      https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-20555

      Lee esto:
      https://www.consumoteca.com/legal/demanda-judicial-reclamaciones-de-escasa-cuantia/

      Un saludo

  6. José luis

    llevo con un Renault scenic dos meses en el taller por no mandar repuesto de bombín del embrague…si tienen obligación de tener recambios en 10 años posteriores a la compra del vehículo podría demandar a Renault y pedir daños y perjuicios?

    1. Consumoteca

      Hola José Luis

      Dependerá de si el coche es nuevo y está en garantía legal, de si tienes una garantia comercial adicional, de si es un coche con unos años ya.

      Como poco deberías poder exigirles un vehículo de sustitución al fabricante o demandarle para que se haga cargo de los gastos demostrables en que puedas incurrir mientras se demoren en el envío del bombín.

      Un saludo

  7. Maria

    Buenos días, se me han estropeado los condensadores de unos focos led, sólo los venden en Leroy Merlin y solo me venden el pack de foco+condensador, pero en mi caso el foco está bien y solo necesito el condensador. Podría acogerme a la ley para reclamarles que me vendan solo la parte que me hace falta? Gracias!

  8. Leonardo

    Buenas, Me han chocado y me han cambiado las piezas, le he dicho al taller que me guardara las partes que las recogería en el próximo servicio. Hay algún plazo respectivo en el que el taller esté obligado a guardar las piezas que ha cambiado? ha transcurrido un plazo de dos meses y medio.

    1. Consumoteca

      Hola Leonardo

      La norma de talleres (Real Decreto 1457/1986) establece que:

      El taller está obligado a presentar al cliente, y a entregarle al término de la misma, salvo que este se niegue, las piezas, elementos o conjuntos que hayan sido sustituidos, y debe tener justificación escrita de la compra de las piezas que luego “vende” al consumidor una vez instaladas.

      Pero no fija un plazo de máximos. En cualquier caso, tres meses parece una lapso demasiado amplio como para que conserve las piezas sustituidas.

      Un saludo

  9. Manuel

    llevo el coche al taller para arreglar me hacen el presupuesto que firmó, y ahora me dicen que no lo pueden arreglar porque no hay recambio, pero me quieren cobrar el desmontaje y el montaje, eso es legal

  10. Agel

    Hola, puedo proporcionar yo al taller las piezas de recambio que necesita mi vehiculo y pagar o gratificar al taller con una cantidad acordada por permitirmelo y/o puedo yo indicar al taller, la pieza que quiero, por marca, calidad y garantia que yo eligo y donde tiene o puede comprarla el taller, y gratificarle economicamente por este servicio con una cantidad acordada entre ambos ? .La idea es si el que paga manda, yo decido, entiendo que el negocio del taller es facturar horas de mano de obra y un beneficio sobre piezas de reambio, respetando y acordando este beneficio, yo decido las piezas que se montan en mi coche, y el taller lo acepta, este planteamiento es correcto y esta avalado por la ley, esta es mi pregunta, gracias .-

    1. Consumoteca

      Por poder podrías Agel decirle al taller lo que quieres que se haga, cómo quieres y con qué piezas (reacondicionadas), pero en ese caso te podrían cobrar solo la mano de obra y no se harían responsables de ninguna garantía.

      Por poder, todo se puede encargar. En el fondo estarás contratando los servicios de un mecánico «particular».

  11. Alfredo

    hola,tengo un Renault Megane del 2019 lleva en el taller desde el 28 de diciembre ,esperando un repuesto del motor,el cual es vital ,ya que circula el agua por el .no llega la pieza y e tenido que alquilar coche ,ya que para desplazarme a mi trabajo lo necesito,puede pedir daños y perjuicios??

    1. Consumoteca

      Alfredo

      Es complicado ya que en general el mercado de repuestos y piezas de auto está sufriendo grandes retrasos generalizados para coches nuevos y más antiguos.

      Para pedir daños y perjuicios tendrías que demandar al taller y al fabricante/importador y ellos alegarían que no hay piezas y demás….

    2. Jesús

      Entonces, ¿se puede realizar demanda si están vendiendo vehículos nuevos a sabiendas de que no hay piezas de recambio disponibles para su sustitución inmediata?
      Todo esto cuando ellos tienen su compromiso de que sí hay piezas y de la mejor calidad al llevarlo al taller del concesionario.

  12. Manuel serrano

    hola.

    Compre un repuesto original de peugeot en la confeccionará me duró solo un mes y es un repuesto caro e indispensable para el funcionamineto del vehiculo
    ¿corresponde devolución en caso de negativa del vendedor que debo hacer?

  13. javier

    Si un fabricante no cumple con los 5 años en los cuales esta obligado a tener recambios, que debo hacer??

  14. Juan

    ¿Existe un plazo máximo para la entrega de un repuesto después de su pedido?

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