Galicia acaba de aprobar una normativa que regula la actividad de los socorristas de espacios naturales e instalaciones acuáticas. La nueva norma regula los requisitos para ser socorrista en Galicia en los espacios acuáticos naturales e instalaciones acuáticas de esa Comunidad Autónoma.
Además se crea un registro de socorristas de Galicia en el que se tendrán que apuntar los socorristas que acrediten tener la formación adecuada para ejercer esta actividad.
A continuación te resumimos lo más relevante de esta nueva normativa gallega.
Tabla de contenidos
Qué es un socorrista
Un socorrista es la «persona encargada de realizar funciones de vigilancia, rescate y primeros auxilios en los espacios acuáticos naturales o en las instalaciones acuáticas».
Una forma mucho más sencilla de definir la labor del socorrista es «la persona que realiza labores de socorrismo».
Para realizar su tarea, el socorrista se puede apoyar en el personal auxiliar de información y primeros auxilios. Este ejerce funciones auxiliares de información, primeros auxilios y apoyo del personal de socorrismo acuático.
La normativa sobre cualificaciones y titulaciones profesionales de FP (ver abajo), distingue, dos tipos de actividades de socorrismo acuático, cada una con su titulación específica:
- Por un lado está el socorrismo en instalaciones acuáticas que es el que se realiza en piscinas y parques acuáticos.
- Por otro tenemos el socorrismo en espacios acuáticos naturales, que es el que se realiza en playas, lagos y cualquier entorno acuático natural.
Ambas titulaciones tienen módulos formativos de formación profesional.
Requisitos para ejercer de socorrista en Galicia
En la Comunidad gallega debes acreditar tener la formación necesaria y después inscribirte en el registro profesional de socorristas gallego, aportando la documentación acreditativa de la posesión de la formación mínima.
Esta formación se acredita con el título de Técnico Deportivo en Salvamento y Socorrismo, o el de Técnico en Salvamento y Socorrismo y/o una serie de créditos sobre educación física, valoración de la condición física e intervención en accidentes, etc.
Registro de socorristas de Galicia
El nuevo decreto 152/2021 crea el «Registro profesional del personal socorrista, información y primeros auxilios de Galicia».
Se trata de un registro público administrativo donde se debe inscribir el «personal de socorrismo, información y primeros auxilios de Galicia». El registro (ya hubo un embrión en 2012 llamado «Registro Profesional de Socorristas Acuáticos de la Comunidad Autónoma de Galicia») depende de la Academia Gallega de Seguridad Pública.
Este organismo se encarga, entre otras cosas, de impartir los cursos de formación continua, los cursos de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en instalaciones acuáticas y el curso de adaptación de la actividad física y deportiva al socorrismo en espacios acuáticos naturales.
Lo hace directamente o delegando en centros de formación. Estos cursos se conocen por las siglas CAFDO-IA y CAFDO-EAN.
Este registro público incorpora el nombre, documento de identidad y fecha de la inscripción de los socorristas, en cada una de sus tres secciones:
- Socorristas en Instalaciones Acuáticas.
- Socorristas en Espacios Acuáticos Naturales.
- Personal auxiliar de información y primeros auxilios en espacios acuáticos naturales.
Normativa relacionada
Es normativa que regula el socorrismo en Galicia:
- Decreto 152/2021, de 21 de octubre, por el que se regulan las condiciones para el ejercicio profesional de las actividades de socorrismo acuático, información y primeros auxilios en los espacios acuáticos naturales e instalaciones acuáticas en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG de 10 de noviembre de 2021).
- Decreto 119/2019, de 19 de septiembre por el que se regulan los criterios higiénico-sanitarios de las piscinas de Galicia.
Este decreto fija los tipos de piscinas que deberán contar con un servicio de socorristas, y su titulación y formación mínima.
- Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas (normativa estatal).
- Decreto 104/2012, de 16 de marzo, por el que se fija la formación mínima de los socorristas acuáticos y se crea y regula el Registro Profesional de Socorristas Acuáticos de Galicia.
- Real Decreto 879/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo Superior en Salvamento y Socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
- Real Decreto 878/2011, de 24 de junio, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Salvamento y Socorrismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
- Real decreto 711/2011, de 20 de mayo, se establecen los certificados de profesionalidad asociados a estas calificaciones.
- Real decreto 1224/2009, de 17 de julio de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia profesional.
- Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo modular de formación profesional.
Regula la actividad profesional de los socorristas. Ha sido modificado por el Real decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, y el Real decreto 1521/2007, de 16 de noviembre.