Uno de los trámites por los que prácticamente todo el mundo ha tenido que pasar alguna vez en su vida es, sin duda, el del despido. Cuando termina una relación laboral entre una empresa y un trabajador, normalmente se produce un despido, que puede ser de diferentes tipos: un despido objetivo, un despido disciplinario o un despido colectivo. Sin embargo, a efectos legales, la empresa siempre debe rendir cuentas a la administración y al propio empleado, dando a conocer la causa del despido y su justificación. En este caso, que suele ser por otra parte el que más preocupa a los trabajadores, encontramos el despido procedente, el despido improcedente y el despido nulo.
Para intentar ofrecer algo de luz sobre este tema, sobre todo en el caso de los despidos improcedentes, en el día de hoy queremos tratar este tema a fondo ahondando en qué es este tipo de rescisión de contrato, cuál es la indemnización por despido improcedente y cómo calcularla y otras cuestiones útiles y de interés que pueden servir de mucha ayuda en estos casos.
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¿Qué indemnización me corresponde por un despido improcedente?
El tema que más suele preocupar a un trabajador cuando recibe un despido improcedente por parte de su empresa es sobre cuánto le correspondería de indemnización. En estos casos, lo principal que debemos conocer es que no existe una cuantía fija de indemnización que podamos recibir.
La indemnización se calcula siempre en base a la antigüedad que tenga el trabajador en su puesto de trabajo dentro de esta empresa y también en base al salario que percibía. Por lo tanto, en primer lugar, hay que tener claro que la cuantía de indemnización por despido improcedente será diferente dependiendo de cada caso.
Por lo general, el importe de la indemnización se calcula según los siguientes tramos.
- La empresa debe hacerse cargo del pago de 45 días por año trabajado si el trabajador había trabajado antes de febrero de 2012. En este caso, se puede percibir una indemnización máxima de 42 mensualidades en base al cálculo de estos días.
- En caso de que el trabajador haya comenzado a trabajar en una fecha posterior a febrero del año 2012, la indemnización por despido improcedente corresponder a 33 días por año trabajado.
Teniendo en cuenta estas dos medidas y basándose siempre en el salario que percibía el trabajador por cada día trabajado en la empresa, se establece una cuantía que será la que conformará la indemnización por despido improcedente.
¿Cuándo tengo derecho a la indemnización por un despido improcedente?
Al contrario de lo que muchos trabajadores pueden pensar, no siempre se tiene derecho a cobrar la indemnización por despido improcedente. A pesar de que tendemos a pensar que siempre nos corresponde una indemnización, lo cierto es que esto no siempre es así.
En el caso de los despidos improcedentes, es el propio trabajador el que debe mostrar su disconformidad con el despido de manera legal, impugnando el despido. A continuación, el trabajador debe presentar una carta de conciliación en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de la ciudad donde resida, adjuntando la carta de despido y los motivos por los cuales no está conforme con el despido y lo considera improcedente.
A partir de aquí, se pueden dar dos situaciones. Por una parte, la empresa y el empleado se reunirán en un acto de conciliación oficial, bien sea en el propio SMAC o directamente en un juicio, donde la empresa puede reconocer la improcedencia del despido al trabajador y se compromete a pagar la indemnización que le corresponda.
Por otra parte, ya por la vía judicial, aunque la empresa no quiera reconocer la improcedencia del despido, puede ser un juez el que dicte que la compañía debe pagar la cuantía de la indemnización.
Como vemos, el trabajador poco puede hacer después de haber presentado la carta de conciliación, ya que dependerá más de la empresa o de un juez el hecho de que le sea aprobado el cobro de la indemnización, reconociéndosele el despido improcedente.
Otras situaciones que pueden ocurrir alrededor del despido improcedente
Hasta el año 2012, las propias empresas podían reconocer la improcedencia de un despido en la propia carta de despido al trabajador, ofreciéndole en ese momento la indemnización que le correspondería. Sin embargo, desde febrero de 2012 esto ya no es posible.
Por otro lado, cuando se produce un despido improcedente, la empresa también puede terminar escogiendo la opción de evitar pagar la indemnización correspondiente readmitiendo al trabajador en su puesto de trabajo.
En estos casos, la empresa tendría que pagar también los salarios que el trabajador haya dejado de percibir desde que se le envió la carta de despido hasta que se le readmitió en su puesto. No se trata de una situación que se suela producir, pero podría darse en determinados casos concretos.
Sea como sea, si tú también te encuentras en una situación donde podría haberse producido un despido improcedente, lo mejor es consultar siempre a un abogado laboralista que te pueda guiar para tener claro que se respetan y se cumplen tus derechos como trabajador.