«Es obligatorio retirar la Uralita de casa». Fecha publicación: 10 septiembre 2024.
La normativa sobre seguridad e higiene laboral ha evolucionado muchísimo en los últimos 30 años. La formación previa, los equipos de protección individual o evitar la exposición a agentes tóxicos forman parte de lo que se entiende por protección frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo.
Uno de los materiales de construcción que más problemático ha resultado ser a medida que se investigaron sus efectos prolongados es el asbesto. Y, desgraciadamente, una de las aplicaciones prácticas del asbesto en la construcción fue la uralita. Este material de color grisáceo vendido con dicha marca comercial se puede encontrar, aún hoy, en múltiples tejados, depósitos de agua o canalizaciones de fluidos.
Desde 2002, el empleo de asbesto en la construcción está prohibido y la retirada de uralita obligatoria. En este post te aclaramos el por qué y cómo se debe proceder a dicha retirada.
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El problema del amianto
El amianto o asbestos es un material formado por hasta seis minerales silicatos fibrosos con propiedades ignífugas.
Su textura es fibrosa y tanto en el proceso de fabricación como al final de su vida útil, libera múltiples microfibras en suspensión que se inhalan por las vías respiratorias, donde permanecen y, con el tiempo, pueden causar graves daños a la salud.
Es tal la potencial peligrosidad de este material empleado en la construcción que la normativa española lo considera cancerígeno de primera categoría. Esto significa que al amianto le es de aplicación el Real Decreto 665/1997 sobre protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
Sin embargo, además de los trabajadores, los usuarios que dispongamos de una construcción de uralita, amianto o asbestos estamos expuestos a los mismos riesgos (aunque no en el mismo grado).
Y ello porque, a medida que el material constructivo envejece o la misma exposición a la intemperie e inclemencias del tiempo, puede también liberar las dañinas microfibras de la uralita y demás materiales de amianto.
De ahí la importancia de proceder, a la mayor brevedad posible, a la retirada del material y a la sustitución por materiales inocuos que cumplan la misma función, sin riesgos para la salud.
La moda de la uralita
Uralita fue una marca comercial de una empresa catalana fundada en 1907. Su material de construcción estrella, la Uralita fue muy popular en España entre los años 1950 y 1970. Tomó su nombre de uno de los yacimientos más importantes de asbestos sito en la cordillera de los Urales en Rusia, que separa Europa de Asia
Este material era (y aún se puede ver en muchas casas) un fibrocemento obtenido de la mezcla de cemento Portland y asbesto con una característica textura rugosa.
Sus láminas de microcemento tenían formas onduladas y formaron parte de miles de tejados de construcciones por su precio bajo y forma compacta y ágil de desviar el agua de lluvia de los tejados. O de conservarla cuando se presentaba en forma de depósito de agua para viviendas y edificios.
Sin embargo, a finales de los años 90, se produjo el fallecimiento de un trabajador de la empresa que había estado expuesto al amianto durante 20 años. La causa, la asbestosis. Es decir, la inhalación de fibras de amianto minúsculas en suspensión en el ambiente de la fábrica que se depositaban en las vías aéreas inferiores.
Y a este siguieron muchos más, en todo el mundo. El resultado fue la imposición de una exigente norma de riesgos laborales en prácticamente todos los países desarrollados, que prohibió el uso de este material en construcción y todo tipo de maquinaria.
Cómo se debe retirar la uralita de casa
La única forma legal y segura de retirar una construcción de amianto de una casa es por profesionales. Esto es así porque al manipular las placas onduladas o proceder a retirar un depósito de uralita, se liberarán miles de microfibras de este material.
Así lo especifica el artículo 3 del Real Decreto 396/2006, sobre seguridad y salud en trabajos con riesgo de exposición al amianto (ver abajo).
1. Este real decreto es aplicable a las operaciones y actividades en las que los trabajadores estén expuestos o sean susceptibles de estar expuestos a fibras de amianto o de materiales que lo contengan, y especialmente en:
a) Trabajos de demolición de construcciones donde exista amianto o materiales que lo contengan.
b) Trabajos de desmantelamiento de elementos, maquinaria o utillaje donde exista amianto o materiales que lo contengan.
c) Trabajos y operaciones destinadas a la retirada de amianto, o de materiales que lo contengan, de equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios.
d) Trabajos de mantenimiento y reparación de los materiales con amianto existentes en equipos, unidades (tales como barcos, vehículos, trenes), instalaciones, estructuras o edificios.
e) Trabajos de mantenimiento y reparación que impliquen riesgo de desprendimiento de fibras de amianto por la existencia y proximidad de materiales de amianto.
f) Transporte, tratamiento y destrucción de residuos que contengan amianto.
g) Vertederos autorizados para residuos de amianto.
h) Todas aquellas otras actividades u operaciones en las que se manipulen materiales que contengan amianto, siempre que exista riesgo de liberación de fibras de amianto al ambiente de trabajo.
Estas fibras quedarán en suspensión en el ambiente y podrían ser inhaladas por los usuarios, con peligro para sus vías respiratorias. Además, como hemos visto, el destino de estas planchas de uralita retiradas debe ser tratado como residuo peligroso en vertederos acondicionados para su tratamiento y destino final.
Por tanto, no debemos caer en la tentación de colocarnos una mascarilla y comenzar a dar martillazos a la uralita de nuestro hogar si no queremos exponernos a un riesgo potencial para nuestra salud. Mejor confiar la tarea a una empresa especializada en retirada de amianto.
Normativa de seguridad y riesgos laborales
La normativa sobre riesgos laborales vigente en España que hemos tocado en este post:
- Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto.
- Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.
- Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.