«Todo sobre oficinas de farmacia». Fecha publicación: 15 mayo 2015. Última actualización: 15 mayo 2024.
En España, las farmacias (tecnicamente, oficinas de farmacia) son establecimientos sanitarios privados, de interés público, sujetos a la planificación sanitaria que establezcan las Comunidades autónomas.
Según la normativa estatal en vigor, de 1978, al frente de las farmacias debe estar un profesional cualificado, el farmacéutico apoyado en sus auxiliares. El farmacéutico titular de la farmacia es el único profesional habilitado para la dispensación al público de medicamentos y especialidades farmacéuticas.
La colaboración de ayudantes o auxiliares no excusa la actuación profesional del farmacéutico en la oficina de farmacia mientras permanezca abierta al público, ni excluye su plena responsabilidad.
La presencia y actuación profesional de farmacéutico es condición y requisito inexcusable para la dispensación al público de medicamentos y especialidades farmacéuticas.
Te presentamos a continuación todo lo publicado en Consumoteca sobre oficinas de farmacia:
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