Una pareja de hecho es «la unión estable, libre, pública y notoria en una relación de afectividad análoga a la conyugal, con independencia de su sexo, de dos personas mayores de edad o menores emancipadas, siempre que se cumplan una serie de requisitos:
-Una de las dos personas estará empadronada y tendrá residencia en la Región de Murcia.
-Ser mayor o menor emancipado.
-Ninguna de las personas puede estar casada (existe vínculo matrimonial) o no separadas judicialmente.
-No formar ya parte de una pareja de hecho debidamente inscrita con otra persona (no procederá una nueva inscripción sin la previa cancelación de las preexistentes).
-No ser pariente por consanguinidad o adopción en línea recta.
-No ser parientes colaterales por consanguinidad o adopción dentro del tercer grado.
-No estar legalmente incapacitadas mediante sentencia judicial firme.
Además, como requisito formal, los miembros de la pareja tendrán que haber expresado, de modo fehaciente, su voluntad de constituirse como pareja de hecho e inscribirse en el Registro de Parejas de Hecho de Comunidad autónoma donde se encuentren.
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Parejas de hecho
Te mostramos a continuación todo lo publicado en Consumoteca en relación con las parejas de hecho:
¿Tienes alguna experiencia como pareja de hecho que quieras dar a conocer al resto de lectores de Consumoteca? Escribe tu comentario en la entrada correspondiente.
Normativa
La normativa de referencia en España sobre este tipo de uniones es:
- Ley 2/2003, de 7 de mayo, reguladora de las parejas de hecho (ver online).
Hola, me gustaría saber si en una relacion de pareja que quiere hacerse de hecho hay posibilidad de hacer una separación de bienes. ¿Hace falta pedirlo con antelación o indicarlo de alguna manera o en los papeles de pareja ya esta contemplada la opción? (Murcia)
Gracias!
Hola, en una pareja de hecho son las partes las que mediante pacto o acuerdo fijan la relación económica.