La entrada sobre «Tipos de féretros» se publicó por primera vez el 4 de abril de 2010 y ha sido actualizada el 4 de abril de 2022.
Uno de los desembolsos más importantes en caso de fallecimiento es el del ataúd o féretro (puede suponer la tercera parte del coste del sepelio). La Ley prohíbe el transporte, inhumación o incineración de cadáveres sin el correspondiente féretro (salvo en caso grave de anormalidad epidemiológica).
En este post explicamos qué es un féretro legalmente y qué tipos de féretros manda la norma según las circunstancias y destino del cadáver o restos del fallecido.
Tabla de contenidos
Qué es un féretro
Un féretro o ataúd es una caja de materiales nobles y resistentes como la madera que permite transportar y dar sepultura a un fallecido.
El Diccionario de la Real Academia Española (DRAE) lo define como “caja a andas en que se llevan a enterrar los difuntos”.
La ley establece que el féretro ha de contener exclusivamente el cadáver para el que se haya autorizado la inhumación.
Ello con la excepción de madres y criaturas abortivas que hayan muerto en el mismo momento. O en caso de grandes catástrofes o anormalidades epidemiológicas en las que corresponderá a la autoridad sanitaria decidir al respecto.
Tipos de féretros. Características de cada uno
En la normativa Española sobre policía mortuoria existen legalmente tres tipos de féretros: el común, el especial y las cajas de restos.
Féretro común
El féretro común se utiliza cuando la conducción del cadáver entre el lugar del fallecimiento y el lugar de su inhumación o incineración sean dentro de una Comunidad Autónoma.
Los féretros o ataudes comunes están construidos con madera, aglomerado u otro material biodegradable de características similares.
Sus paredes tienen que tener un mínimo de 15 mm de grosor, sin grietas y con las partes sólidamente unidas entre sí. La tapa debe encajar en el cuerpo inferior de la caja perfectamente.
Está prohibido utilizar otro material, revestimiento o bolsa de características impermeables que impidan la normal putrefacción del cadáver.
Féretro especial o de traslado
El especial es un féretro compuesto por dos cajas para asegurar la estanqueidad del cadáver. Estos ataúdes están fabricados con materiales que conservan el cadáver más tiempo, como el zinc, y se requiere una autorización sanitaria para su traslado.
Generalmente esta autorización sanitaria se exige en trayectos que comprendan el desplazamiento del cadáver entre dos o más Comunidades Autónomas.
Los féretros especiales se deben usar cuando el cadáver haya tenido una muerte anormal, esté contaminado por radiaciones o productos radiactivos, o haya sido embalsamado o conservado transitoriamente (por ejemplo, porque han pasado más de 48 horas desde la defunción o va a ser exhibido públicamente).
Son causas de una muerte anormal enfermedades contagiosas como la cólera, difteria, peste, carbunco, fiebre Q, enfermedad de Creutfeld-Jakob. También las fiebres hemorrágicas causadas por virus de las familias Arbovirus y Arenavirus.
La caja exterior del féretro especial será de madera maciza de 2 cm de grosor mínimo y la caja interior de láminas de zinc de 0,30 mm mínimo de grosor soldadas entre sí, o de cualquier otro material que cumpla los requisitos de estanqueidad.
Estos féretros deben impedir los efectos de la presión de los gases en su interior mediante válvulas filtrantes o similares.
Cajas de restos humanos
Los restos humanos son legalmente las
«partes del cuerpo humano de entidad suficiente procedentes de actividades de docencia o investigación, de abortos a partir de la semana catorce, amputaciones o mutilaciones que afecten a extremidades o miembros a partir del nivel metacarpiano o metatarsiano. Quedan excluidos, por lo tanto, los dedos de manos y pies, así como apéndices, órganos y vísceras».
Las cajas de restos humanos son recipientes metálicos o de cualquier otro material impermeable con las dimensiones de los restos o miembros amputados que vayan a acoger.
Traslado de un cadáver
La Ley exige que, ya se trate de un traslado ordinario o extraordinario, éste sea realizado en buenas condiciones higiénico-sanitarias por medio de empresas funerarias,
Si se opta por la carretera, el traslado del cadáver se hará en vehículos especialmente acondicionados que garanticen el aislamiento del habitáculo para el féretro, aire acondicionado independiente para la caja y la cabina. Y asegurando que el féretro vaya perfectamente anclado a la carrocería.
Normativa relacionada
La normativa sobre servicios funerarios y derechos de los usuarios de servicios funerarios en España es estatal, autonómica y local. Consulta aquí toda la normativa sobre servicios funerarios en España.
Aquí te dejamos la norma estatal:
- Decreto 297/1997, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria (ver online).
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (artículos 24, 25 y 42.3.e).
- Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria (ver online).
SALUDOS SANDRA SOY DE VICMAR SA DE CV Y TE PREGUNTO SI ENTRE TU INFORMACION QUE RECABASTE DE ATAUD ¿TENDRAS ESPECIFICACIONES DE LAS MEDIDAS? PORQUE TENGO LA INQUIETUD DE CALCULAR COSTO DE LA FABRICACION DE UNO DE ELLOS EN ESPECIFICO EL DE AGLOMERADO. O CUALQUIER INFORMACION AL RESPECTO. GRACIAS MIL
trabajo gracias por la informacion..esque tengo que hacer un trabajo sobre empresas funerarias…