El pasado 2 de agosto se ha publicado en el BOJA la orden de subvenciones de consumo en Andalucía en 2010.
El documento se conoce como Orden de 16 de julio de 2010 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de consumo a Federaciones de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía y se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2010. Es decir las subvenciones de consumo Andalucía.
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Subvenciones de consumo en Andalucía
La Orden de subvenciones de consumo en Andalucía abre el plazo para la presentación de solicitudes de subvención que serán evaluadas dando más adelante lugar a la concesión de las ayudas.
Lo llamativo de esta norma es que se acuerda sólo de un tipo de asociación de consumidores (las federaciones de asociaciones), fomenta lo mismo de siempre (charlas de amigos, folletitos en papel, revistas existentes de consumidores en papel), e Internet como medio para la información y defensa, sigue sin existir para el Gobierno andaluz.
Deber de fomentar las asociaciones de consumidores
Es un deber de los poderes públicos reconocido en el artículo 51 de la Constitución, garantizar la defensa de los consumidores mediante procedimientos eficaces, promover la información y la educación de los consumidores y usuarios y fomentar sus organizaciones.
Las asociaciones de consumidores cumplen (o deberían cumplir) la misión de canalizar la voz de los consumidores de a pie (interlocutores sociales) frente a otros poderes mejor representados (empresas y administraciones públicas).
Lo que no parece tan equitativo, en el caso de Andalucía es palmario, es que se tenga que tener un modelo concreto de asociación de consumidores que quiere la administración fomentar, por otras razones: las federaciones de asociaciones de consumidores andaluzas inscritas en el Registro de asociaciones de esa comunidad, exclusivamente.
Actividades que se subvencionan
En la Orden de subvenciones de Andalucía (subvenciones de consumo Andalucía) sólo se subvencionan las actividades de las federaciones de asociaciones de consumidores y de sus propias asociaciones provinciales destinadas a:
–Servicios de asesoramiento o consulta, mediación y gestión de reclamaciones de consumo a consumidores (sean socios o no) (hasta el 80% de la subvención puede ir a gastos de personal);
–Programas de formación y educación de los consumidores (cursos, seminarios, jornadas, conferencias, etc.) (hasta el 50% de la subvención puede ir a gastos de personal);
-Programas de información de los consumidores vía material informativo divulgativo (revistas de consumo, folletos, trípticos, etc.);
-Estudios, análisis comparativos, investigaciones y monografías técnicas sobre servicios y productos;
-Fomentar la adquisición de nuevos socios.
La opinión de Consumoteca
Las cuantías que dan hoy en días las administraciones de consumo son irrisorias (por ejemplo, 39.000 euros en Murcia para 2009).
Pero lo que llama la atención es que la norma por la que se aprueban las subvenciones de consumo en Andalucía en 2010 sólo habla de federaciones de asociaciones.
Es decir, que excluye otro tipo de modelos asociativos y desde luego ni se asoma a otras iniciativas como Internet, en las que se puede llegar a muchas más gente cumpliendo el fin de informar y ayudar a tomar decisiones informadas (objetivo de Consumoteca).
Desbarajuste autonómico
Esto es consecuencia del modelo autonómico vigente en España. Este fomentó en los años 80 la creación de asociaciones próximas a las Comunidades Autónomas (Federaciones de asociaciones) y a sus partidos políticos gobernantes.
Asociaciones unitarias vs federaciones
Y discriminando a las asociaciones unitarias y mucho más independientes como la OCU (sólo tienen presencia física en Madrid aunque por número de asociados y distribución de información a través de publicaciones en toda España son mucho más notorias y cumplen su papel informativo y de asesoramiento con profesionales).
Asesoramiento
Otra cosa que llama la atención es que se subvencione el asesoramiento por parte de asociaciones privadas a personas no socias de las mismas.
Este rol que debería ser asumido exclusivamente por los servicios públicos (las OMIC a nivel local y los servicios de consumo de las comunidades autónomas).
Para el que escribe, la administración no debe delegar en terceros el asesoramiento de los consumidores. Ello salvo en caso en que sea más eficaz la solución privada en resolver el problema, haciendo esa tarea por cuenta y mandato de la administración, que no es el caso.
Conferencias, revistas y folletos ¿sirven para algo?
Por otra parte, quien conoce el mundillo del consumo sabe que las conferencias, programas, folletos, revistas sobre temas de consumo tienen escasísima repercusión social (a nadie le interesan).
Por tanto, son un mal invertir el dinero público, teniendo medios como Internet, que llegan más lejos, llevan más allá una problemática de consumo y sus soluciones. Incluso pudiendo los usuarios asistirse mutuamente, mediante sus aportaciones y experiencias individuales, comentarios, foros, etc.
Nada para Internet
De hecho no hay en las normas de subvenciones ninguna alusión a Internet como medio abierto las 24 horas del día, abierto a la participación de los consumidores con sus opiniones y experiencias y capaz de acceder a un problema concreto y su solución en segundos, gracias al poder de buscadores como Google.
En conclusión
En definitiva, parece que la política de consumo en España se quedó anclada en los años ochenta y no se ha enterado todavía de la realidad de Internet para ofrecer una verdadera revolución de los consumidores donde, sin corsés ni ataduras políticas, los consumidores sean los propios beneficiados, con costes bajísimos, y participación 2.0.