Se entiende por personalidad jurídica a la potestad por la que el Derecho reconoce a una persona, entidad, asociación o empresa, capacidad suficiente para contraer obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad jurídica, frente a sí mismos y frente a terceros.
La personalidad jurídica, pues, no coincide necesariamente con el espacio de la persona física, sino que es más amplio y permite actuaciones con plena validez jurídica a las entidades formadas por conjuntos de personas o empresas.
Las titulares de esta potestad llamada personalidad jurídica son las personas jurídicas.
Fuente: Elaboración propia y Wikipedia