Hoy ha entrado en vigor la nueva normativa sobre familias numerosas en Navarra.
Tabla de contenidos
Lo básico y lo novedoso
Esta norma no entra a valorar las condiciones a cumplir para ser declarados familia numerosa ya que se ciñe a la normativa estatal.
Lo novedoso de esta normativa es que además del número de hijos y de la renta per cápita de las familias numerosas, pasa a tener en cuenta otras circunstancias como la discapacidad de cualquiera de los miembros de la unidad familiar y la vulnerabilidad de contextos familiares en situación desfavorecida a la hora de publicar anualmente una convocatoria específica de ayudas a las familias numerosas.
Ayudas a las familias numerosas navarras
Son varias las áreas en las que las familias numerosas navarras, en particular las que tengan circunstancias especiales, podrán optar a ayudas públicas:
Educación y derechos de preferencia
Se tendrá en cuenta a las familias numerosas en función de su renta per cápita, especialmente en materia de gastos de enseñanza, transporte, residencia y comedor.
En los niveles de Educación Primaria y Secundaria, y para las actividades de inmersión lingüística, se contemplarán bonificaciones especiales para las familias numerosas.
La condición legal de miembro de familia numerosa del solicitante será tenida en cuenta en los procesos de admisión de alumnos de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y bachillerato, en centros docentes sostenidos con fondos públicos.
Deporte
Ayudas a familias numerosas vía bonificación en el precio de centros cívicos, albergues, campamentos locales, actividades de ocio, acceso a bienes culturales y actividades deportivas.
Transporte público y vivienda
Bonificaciones por el uso del transporte público a favor de los miembros de las familias numerosas.
Vivienda
Las familias numerosas que acrediten estar en posesión del correspondiente título tendrán los beneficios y ayudas reconocidos en la normativa foral que regula las actuaciones protegibles en materia de vivienda y el fomento de la edificación residencial, o en la normativa que se dicte en sustitución de dichas normas.
Estas ayudas lo serán en forma de préstamos subvencionados o de ayudas económicas específicas para la rehabilitación o modificación de viviendas con objeto de adaptarlas a las necesidades de las familias numerosas.
Salud
Hay previstas compensaciones económicas o ayudas para gastos sanitarios de las familias numerosas por los siguientes conceptos:
a) Por tratamientos de ortodoncia: hasta los 18 años.
b) Para prótesis auditivas: desde los 16 a los 18 años.
c) Por prescripciones ópticas (gafas) hasta los 18 años.
Contribución territorial
En el plazo de un año desde la entrada en vigor del presente Decreto Foral (es decir hoy), se presentará al Parlamento de Navarra un proyecto de Ley Foral para crear una bonificación de hasta el 90 por ciento de la cuota íntegra de la contribución territorial (tributo directo de carácter real que grava el valor de los bienes inmuebles) a favor de los contribuyentes titulares de familias numerosas.
Legislación estatal
- Decreto 151/2009, de 29 de septiembre, de desarrollo parcial de la Ley 18/2003, de 4 de julio, de apoyo a las familias.
- Real Decreto 1918/2008, de 21 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas.
- Real Decreto 1621/2005, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección a las familias numerosas (BOE 15/2006, de 18 de enero de 2006), modificado por el Real Decreto 1918/2008 de 21 noviembre 2008.
- Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas (BOE 277/2003, de 19 de noviembre de 2003).
- Ley 18/2003, de 4 de julio, de apoyo a las familias.
- Constitución española: artículo 39. Dice así:
Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia.
2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales estos ante la Ley con independencia de su filiación y de la madre, cualquiera que sea su estado civil. La Ley posibilitará la investigación de la paternidad.
3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda.
4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.
Normativa navarra
- Decreto Foral 38/2010, de 21 de junio, por el que se desarrolla la Ley Foral 20/2003, de 25 de marzo, de Familias Numerosas (BON de 8 de septiembre de 2010).
Este Decreto desarrolla la Ley Foral 20/2003 , de 25 de marzo, de Familias Numerosas, modificada parcialmente por la Ley Foral 6/2005, de 18 de mayo, y por la Ley Foral 16/2009, de 23 de diciembre.
Post de Blog hola que DIOS les bendiga .me gustaria saver si me pueden ayudar soy de ecuador tengo tres niños y soy madre soltera. queremos una casa y un empleo hay disposicion ganas de trabajar.