Esta entrada sobre la incineración de un cadáver se publicó por primera vez el 4 de abril de 2010 y se ha actualizado el 4 de febrero de 2022.
La incineración o cremación es, según el Diccionario de la Real Academia Española (DRAE), la “acción y efecto de incinerar, que es reducir algo, especialmente un cadáver, a cenizas”.
Según la normativa autonómica (por ejemplo, la del Principado de Asturias*), la incineración es la “destrucción por medio del calor de cadáveres, restos humanos y restos cadavéricos hasta su reducción a cenizas”.
En España, cualquier cadáver puede ser incinerado con independencia de la causa de la muerte, salvo los cadáveres contaminados por radiaciones o productos radiactivos.
Tabla de contenidos
Domicilio mortuorio
Entre tanto se decide si se enterrará o incinerará al difunto, su cadáver esperará en el domicilio mortuorio. Es decir, en el lugar donde permanece hasta el momento de ser conducido a su destino final.
A efectos legales se considera domicilio mortuorio además del domicilio donde se vela desde siempre al cadáver (la casa del difunto), la sala de vela, los velatorios o los tanatorios debidamente autorizados para operar.
Trámites a seguir para la incineración de un cadáver
En España, un cadáver no puede ser incinerado hasta pasadas las primeras 24 horas desde el óbito y no más tarde de las 48 horas (salvo en situaciones especiales).
Para que se pueda producir legalmente la incineración se tienen que dar necesariamente los siguientes pasos:
- Obtener un certificado médico de defunción. Para optar por la incineración es importante que los familiares directos así lo indiquen al médico que tramite el certificado de defunción.
- Inscripción de la defunción en el Registro Civil (gracias al certificado médico de defunción).
- Obtención de la licencia de enterramiento por parte del funcionario encargado de la inscripción de la defunción en el Registro Civil.
Esta licencia de enterramiento es la que finalmente permite incinerar el cadáver.
La cremación se ha de producir en un lugar especialmente autorizado para ello (horno crematorio) y por medio de empresas de servicios funerarios específicamente habilitadas para prestar estos servicios.
Proceso de cremación
Al lugar donde se realiza la incineración o cremación del cadáver se le conoce como horno crematorio.
El proceso de incineración es llevado a cabo en un horno crematorio que trabaja a altas temperaturas (unos 900 ºC) para conseguir la total desintegración del cuerpo.
El horno crematorio es una instalación compuesta de uno o varios hornos para la incineración de cadáveres, de restos humanos y de restos cadavéricos.
Antes de la cremación, el responsable de la práctica revisa el cadáver para asegurarse de que no contenga ningún tipo de joyería. De tenerla esta debe ser entregada a la familia.
Acto seguido el cuerpo es colocado en una cámara llamada retorta. A partir de ahí la cremación es controlada por un ordenador.
¿Qué queda después de la cremación?
Durante el proceso de cremación, órganos y otros tejidos son vaporizados y oxidados. Lo que queda en la retorta son pequeños fragmentos de hueso.
Estos restos son metidos en otra máquina (cremulador), que los reduce a cenizas.
Urna de cenizas
La Ley obliga a que las cenizas viajen en una urna de cenizas sellada que permita identificar al difunto al que correspondan mediante el oportuno certificado de cremación.
Esta urna la recibe la familia (normalmente en unos días) es una urna sellada que contiene las cenizas del finado (aproximadamente dos kilos y medio).
¿Qué se puede hacer con las cenizas?
Somos libres del destino de las cenizas: pueden reposar en espacios habilitados del cementerio (ser esparcidas o guardarse en columbarios. Los columbarios son construcciones funerarias con nichos para recibir las urnas cinerarias.
Las cenizas pueden tenerse en el propio domicilio o incluso hay quien escoge la opción de realizar un diamante con el carbono que se obtiene de las cenizas del difunto.
Esto es algo que algunas funerarias ofrecen entre su amplio catálogo de servicios.
Las empresas que exploten hornos crematorios deben mantener un registro de incineraciones en el que se anoten todas y cada una de las incineraciones (fecha, servicio prestado e identidad del cadáver).
Normativa relacionada
En este post hemos recogido la información del siguiente decreto estatal (aquí puedes ver toda la normativa sobre servicios fúnebres en España):
- Decreto 72/1998, de 26 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria en el ámbito del Principado de Asturias (ver PDF).
Me ha resultado muy interesante el artículo sobre la incineración
Me gustaría saber que piensas sobre http://www.funerariaromero.com y sus servicios funerarios, no se mucho sobre seguros y me gustaría que me dieran consejos! Gracias
Normativa Una vez entregadas las cenizas, ¿existe alguna normativa, de ámbito local, regional o nacional, para depositarlas en el mar, la montaña, el campo, etc.? ¿Cómo saber sobre ésta?.
cremacion que pasos debo dar si muere un familiar y no tiene seguro d decesos
incineracion se quema el cadaver con feretro
pregunta que anotan en el registro de incineraciones?