Ya está aquí la norma que va a reducir el número de bolsas de plástico que usamos en el super y demás comercios. Te hablaba de ella en esta otro post de 2017 con las alternativas legales para reducir este residuo y por fin tenemos esa norma, en la que han participado todo tipo de agentes y nosotros los consumidores.
Tabla de contenidos
Reducir bolsas de plástico
La nueva norma es un Real Decreto* que pretende reducir el consumo de bolsas de plástico, con la finalidad de prevenir y reducir los impactos adversos que los residuos generados por dichas bolsas de plástico producen en el medio ambiente.
Y prestando especial atención al daño ocasionado a los ecosistemas acuáticos, y en determinadas actividades económicas, como la pesca o el turismo, entre otras.
Desde julio de 2018, los súpers y demás comercios te tendrán que cobrar la bolsa, sí o sí.
Por último, la norma crea el Registro de Productores de Productos (REPP), que tendrá una sección para las bolsas, y dependerá de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. Todos los fabricantes de bolsas de plástico, que pongan en el mercado nacional bolsas de plástico terminadas o que las importen, deberán apuntarse.
En España estamos avanzados
Los países más avanzados de la UE en materia de bolsas de plástico son Dinamarca y Finlandia, donde el consumo de bolsas de plástico ligeras (no reutilizables) es sólo 4 por año y persona y casi todo el mundo usa bolsas reutilizables.
En España estamos en el grupo intermedio de países de la UE por consumo de bolsas de plástico ligeras, con entre 100 y 200 bolsas de plástico ligeras por ciudadano al año. En el extremo más contaminante están Portugal, Eslovaquia o Polonia, con 400 bolsas no reutilizables por persona y año.
Con la nueva norma se pretende que a 31 de diciembre de 2019, el consumo anual de bolsas de plástico ligeras en España no supere las 90 unidades por persona (ahora estaremos cerca de las 200) y que, a 31 de diciembre de 2025, el consumo anual de estas bolsas no supere las 40 unidades por persona.
Las bolsas de plástico
La nueva norma define las «bolsas de plástico” como las bolsas, con o sin asa, hechas de plástico, proporcionadas a los consumidores en los puntos de venta de bienes o productos, lo que incluye la venta online y la entrega a domicilio.
Estas bolsas pueden ser de varios tipos:
Bolsas de plástico ligeras
Son bolsas de plástico con un espesor inferior a 50 micras. Estas sin las bolsas que nos entregan en supermercados y comercios y se consideran envases que generan un alto nivel de residuos dispersos en el medio ambiente y en las masas de agua donde terminan. Además se reutilizan con menor frecuencia que las bolsas más gruesas.
Bolsas de plástico muy ligeras
Son bolsas de plástico con un espesor inferior a 15 micras, que son necesarias por razones de higiene, o que se suministran como envase primario para alimentos a granel, como fruta, legumbre, carne, pescado, entre otros, cuando su uso contribuye a prevenir el desperdicio de estos alimentos.
Bolsas de plástico fragmentable
Son bolsas de plástico fabricadas con materiales plásticos que incluyen aditivos que catalizan la fragmentación del material plástico en microfragmentos.
Se incluye en el concepto de plástico fragmentable tanto el plástico oxofragmentable como el fotofragmentable, el termofragmentable y el hidrofragmentable.
Bolsas de plástico compostables
Son bolsas de plástico valorizables mediante compostaje y biodegradación (cumplen los estándares de biodegradación a través de compostaje doméstico). Estas bolsas llevarán un marcado especial que las permita identificar.
Aunque las bolsas de plástico son envases según la Directiva 94/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 1994, sobre envases y sus residuos, en su redacción original no se tuvo en cuenta ningún objetivo sobre el consumo de bolsas. Por eso se aprobó la Directiva (UE) 2015/720 que modifica aquella.
La Directiva 2015/720 de la UE obliga a los estados a reducir de forma sostenida, en su territorio, el consumo de bolsas de plástico ligeras mediante restricciones a su comercialización o la aplicación de un precio
Fija el objetivo de consumo anual inferior a 90 bolsas de plástico ligeras por persona antes del 31 de diciembre de 2019, y 40 bolsas de plástico ligeras por persona antes del 31 de diciembre de 2025. También obliga a que a partir de 31 de diciembre de 2018 no se entreguen gratuitamente bolsas de plástico ligeras en los puntos de venta de mercancías o productos.
Medidas para reducir las bolsas de plástico
Esta norma pone dos plazos, julio de 2018 y enero de 2020.
A partir del 1 de julio de 2018
A partir de julio de este año,
Se prohíbe la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico en los puntos de venta de bienes o productos, a excepción de las bolsas de plástico muy ligeras y de las bolsas de plástico con espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado (y que el comerciante pueda probar por el fabricante que estos es así).
Los comerciantes cobrarán una cantidad, por cada bolsa de plástico que proporcionen al consumidor. Para determinar el precio de las bolsas de plástico, los comerciantes podrán tomar como referencia los precios orientativos establecidos en el anexo I.
Los comerciantes informarán a los consumidores de estos precios establecidos en lugar visible.
A partir del 1 de enero de 2020
En 2020 se prohíbe la entrega a los consumidores, en los puntos de venta de bienes o productos, de bolsas de plástico fragmentables. Además, las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras contendrán un porcentaje mínimo del 50 % de plástico reciclado.
A partir del 1 de enero de 2021
En 2021, se prohíbe la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable. Los comerciantes podrán también optar por otros formatos de envase para substituir a las bolsas de plástico.
Campañas de sensibilización e información
El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y las comunidades autónomas, van a hacer campañas de información y sensibilización sobre las consecuencias negativas para el medio ambiente del consumo excesivo de todo tipo de bolsas de plástico.
Y sobre los efectos de su abandono, y promoverán la aplicación del principio de jerarquía de residuos. También podrán hacerlas los ayuntamientos y sistemas de recogida de residuos.
Dichas campañas contendrán información sobre el contenedor en que deben depositarse las bolsas de plástico, compostables y no compostables, una vez que se conviertan en residuos.
Normativa sobre bolsas de plástico
Directiva 94/62/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 1994, relativa a los envases y residuos de envases.
Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases.
Real Decreto 782/1998, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para el desarrollo y ejecución de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de Envases y Residuos de Envases
Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
Programa Estatal de Prevención de Residuos 2014-2020.
Directiva (UE) 2015/720 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE en lo que se refiere a la reducción del consumo de bolsas de plástico ligeras.
Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2016-2025 (PEMAR)
*Real Decreto 293/2018, de 18 de mayo, sobre reducción del consumo de bolsas de plástico y por el que se crea el Registro de Productores (BOE de 19 de mayo de 2019).