Leemos en Europa Press que la compañía aérea low cost, EasyJet, ha sido condenada por un juez francés por negar el embarque a una persona con movilidad reducida en un vuelo de París a Niza.
El pasado 21 de marzo de 2010, una pasajera con discapacidad se disponía a hacer el trayecto de vuelta París-Niza, tras haber realizado la facturación del vuelo sin problemas y haber realizado el día anterior la misma ruta.
Una vez en la cabina del avión un miembro de la tripulación le indicó que no podía viajar sola porque para ir al cuarto de baño era obligatorio que fuera acompañada. A pesar de que varios pasajeros se ofrecieron ayudarla en caso de necesidad, el jefe de cabina rechazó los ofrecimientos porque no estaban registrados como acompañantes y la pasajera fue obligada a bajar del avión y a coger otro vuelo con un pasajero que se registró como acompañante.
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Qué dice la Ley
Los reglamentos europeos prohíben a las compañías aéreas y a los operadores turísticos negar una reserva o el embarque en los vuelos que despeguen de aeropuertos de la Unión Europea por problemas de movilidad a una persona con movilidad reducida (PMR).
Las PMR están protegidas de toda discriminación y, desde el 26 de julio de 2008 (Reglamento CE 1107/2008), pueden contar con una atención apropiada (bajo ciertas condiciones) en todos los aeropuertos de la Unión Europea.
En España, el organismo que se encarga de velar por el correcto servicio a estas personas en nuestros aeropuertos es AENA.
EasyJet ya ha sido condenada más veces
Esta es la segunda condena que recibe la compañía de bajo coste EasyJet por la misma causa en los últimos meses. El pasado mes de enero el tribunal francés de Bobigny, cerca de París, condenó a easyJet a pagar un total de 70.000 euros a tres pasajeros con discapacidad por negarles el embarque alegando motivos de seguridad.
Post de Blog mañana me voy con una muleta
Post de Blog Empresas de bajo coste, esta claro la escasez de sus servicios. ¿Tanto le puede dar igual su imagen a una empresa internacional? Aqui si que no existe la moralidad ni la preocupacion social, menos mal que existen unos reglamentos europeos que lo defienden, y en este caso lo han hecho, pero como siempre, el perjudicado es el consumidor.