La muerte de un familiar o amigo es un momento delicado en el que, llevados por la tristeza del momento, tomamos decisiones apresuradas que afectan a nuestros intereses económicos ya que normalmente no se escatima.
Se trata de momentos en los que las empresas que prestan servicios funerarios pueden aprovecharse de nuestro dolor para ofrecernos servicios sin información previa sobre su prestación a sabiendas de que diremos a todo que sí.
Proyecto de Ley de servicios funerarios
Hoy (20 de junio de 2011) leemos en Iustel que el Consejo de Ministros del pasado viernes ha aprobado remitir a las Cortes Generales el Proyecto de Ley de Servicios Funerarios, que tiene dos objetivos básicos: que más empresarios puedan ejercer la actividad de servicios funerarios, y por tanto que los usuarios tengamos una mayor libertad de elección.
Este texto ha sido elaborado conjuntamente entre los Ministerios de Economía y Hacienda y el Sanidad, Política Social e Igualdad, y elimina barreras de entrada y de ejercicio.
En particular:
-La autorización de acceso a la actividad vigente se sustituye por una declaración responsable que habilita para el ejercicio en todo el territorio nacional.
–Se eliminan la obligatoriedad de tener un número mínimo de vehículos y personal, de salas de velatorio, de acreditar la solvencia financiera, etcétera.
-Se elimina la prohibición de trasladar un fallecido hasta pasadas las veinticuatro horas del fallecimiento y las autorizaciones de ejercicio para el traslado de cadáveres cuando no presentan riesgos para la salud pública.
Asimismo, el texto hace especial hincapié en la mejora de la protección de los derechos de los consumidores y usuarios de los servicios, al aumentar las obligaciones de información y transparencia en materia de precios y hacer explícito el derecho a la libertad de elección.
Fuente: Iustel