Un colectivo desfavorecido o colectivo de protección especial es aquel que se encuentra en riesgo de exclusión social o marginación por razón de su sexo, raza, credo, ideología, condición socioeconómica, etc.
Ejemplos de colectivos desfavorecidos son los de las personas mayores, desempleados, inmigrantes, mujeres maltratadas, etc.
En este sentido, en el contexto de la sociología política se habla de “empoderamiento”, “potenciación” o “capacitación” (del inglés “empowerment”) como la forma de conceder poder a un colectivo desfavorecido socio-económicamente para que, mediante su autogestión, mejore sus condiciones de vida y su papel social.
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Ejemplos de colectivos de protección especial
Ejemplos de colectivos desfavorecidos son los de las personas mayores, desempleados, inmigrantes, mujeres maltratadas, etc.
Y en concreto, en materia de consumo, en Galicia*, por ejemplo, se considera colectivo de protección especial a niños, adolescentes, ancianos, mujeres víctimas de violencia de género, personas con discapacidad física, psíquica o sensorial, personas con carencias económicas o en riesgo de exclusión social y todos aquellos que se encuentren en situación de inferioridad, subordinación, vulnerabilidad y un mayor grado de desprotección.
Consumidores desfavorecidos
En materia de consumo, las administraciones públicas tienen el deber de velar de modo especial y prioritario respecto a aquellos colectivos de protección especial.
En Galicia, esto incluye facilitar el acceso de las personas con discapacidad a la información previa a la contratación, y, en especial, a la utilización del sistema braille en el etiquetado de los productos.
Normativa
* Ley 2/2012, de 28 de marzo, gallega de protección general de las personas consumidoras y usuarias (DOG de 11 de abril de 2012).
Fuentes: www.juntadeandalucia.es