Qué es un animal doméstico. Definición

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Perro

Un animal de compañía o mascota, es un animal doméstico que no es forzado a trabajar, ni tampoco es usado para fines alimenticios. Los animales domésticos incluyen dos grandes categorías: los animales de compañía y los animales de producción o renta.

Definición legal

En España, las Comunidades autónomas tienen competencias para regular sobre los animales domésticos.

Para algunas de las leyes autonómicas que regulan a los animales de compañía (Castilla y León) los animales domésticos son:

Son animales de compañía los animales domésticos o domesticados, a excepción de los de renta y de los criados para el aprovechamiento de sus producciones, siempre y cuando a lo largo de su vida se les destine única y exclusivamente a este fin.

Por su parte la norma vasca (Ley 9/2022) define los animales domésticos como:

Aquellos pertenecientes a especies que han tenido un proceso de adaptación al ser humano, y al ambiente de cautiverio a lo largo de generaciones, cuyos congéneres ya no se encuentran en estado silvestre, y que dependen del ser humano para su subsistencia.

A los efectos de esta ley comprenden tanto los animales de compañía como los animales de producción o renta.

Qué no son animales domésticos

Estas normas autonómicas excluyen a una serie de animales que no cabe tener por animales de compañía legalmente:

  • los perros de caza y los animales de pesca;
  • los animales de protección;
  • los dedicados a la conservación de la fauna silvestre en su medio natural;
  • los animales domésticos de renta (aquel que, sin convivir con el hombre, es mantenido, criado o cebado por éste para la producción de alimentos u otros beneficios. Por ejemplo, cerdos, vacas, corderos, etc.);
  • los animales criados para el aprovechamiento de sus producciones, sean o no domésticos, siempre y cuando a lo largo de su vida se les destine única y exclusivamente a este fin;
  • los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos;
  • las plagas;
  • los toros destinados a la fiesta de los toros (espectáculos taurinos reglados).

Mascota o animal de compañía

El término mascota proviene del francés mascotte, y se aplica a persona o animal que por traer buena fortuna, sirve de talismán. En casi todas las sociedades humanas las mascotas suponen un fenómeno social muy antiguo.

En la mayoría de los lugares del mundo, el perro y el gato son las mascotas por excelencia, con siglos de tradición y cría selectiva.

Pero se han hecho un hueco muchas especies, algunas con gran tradición, como las aves de canto, caballos, carpas de colores, etc.

La definición legal de animal de compañía (norma vasca de 2022) es:

Todo animal que el ser humano tenga o pueda tener con fines primordiales de ocio y compañía y que no tenga por objeto su consumo o aprovechamiento de sus producciones. Comprenden todos los perros y gatos, así como los hurones, independientemente del uso que se les de y el lugar donde vivan, señalados en la parte A del anexo de esta ley.

Consejos antes de comprar un animal doméstico

Comprar un animal es además de un acto querido, una responsabilidad. Aquí te resumimos varios consejos antes de comprar un animal doméstico para que lo disfrutes sin sorpresas.

Un animal para cada dueño

Elige el tipo de animal que mejor se adapte a tu estilo de vida. Ten en cuenta tus hábitos de vida, las dimensiones de tu hogar, el tiempo de que dispones para atender a tu animal, etc.

Recuerda que no es lo mismo un pez en su pecera que un perro al que hay que cuidar y sacar a paseo varias veces al día.

Dale los cuidados que requiere

Un animal es un ser vivo y necesita unos cuidados que debes proporcionarle:
Si te decides por comprar un animal, lo mejor es hacerlo en establecimientos y centros de cría o núcleos zoológicos que ofrezcan garantías.

Piensa que dependiendo del tipo de animal que quieras adquirir, puede estar contigo muchos años: Durante ese tiempo tu mascota necesitará atención veterinaria, vacunas, alimentos, tiempo y dedicación, una higiene adecuada,…

Calcula un presupuesto

Analiza antes de decidirte tus posibilidades económicas durante la vida útil de tu mascota. Tras su compra, viene lo más difícil: mantener a la mascota.

Haz cuentas e investiga cuánto dinero puede costarte mantener mensualmente al animal (alimentación, atención veterinaria, etc.). Así sabrás si cuentas con el presupuesto necesario.

Los animales crecen

Piensa que el cachorro que te lleves a casa crecerá. Este hecho no te debería suponer un problema si se medita antes de comprar.

Nunca abandones un animal

Además de ser un acto muy poco cívico, las diferentes leyes autonómicas sobre animales consideran el abandono animal una infracción que puede ser sancionada con multas elevadas.

Tiendas de animales

Como tales, ya no existen ni están autorizadas las tienda de animales. Solo pueden vender animales los establecimientos para la cría y comercio de animales con fines comerciales autorizados. 

Esto significa que se prohíbe su venta en otros canales y su transmisión o donación sin comunicar el cambio de titular al Registro de animales.

Por ello, cuando compres comprueba que el animal haya tenido los cuidados veterinarios y las vacunas necesarias, exigiendo los documentos que certifiquen estas circunstancias.

Es obligación del establecimiento vender los animales desparasitados, sin síntomas aparentes de patologías psíquicas o físicas y sin sufrir, ni los animales vendidos ni sus progenitores, enfermedades hereditarias diagnosticables.

Compraventa a particulares

Si compras a un particular, exígele la documentación original de los padres, sus cuidados veterinarios, etc.

Adopta un perro

No descartes la fórmula de la adopción. Hoy es fácil adoptar una mascota de los centros municipales de acogida o de los refugios de las sociedades protectoras privadas.

En todo caso, debemos pedir referencias y solicitar la factura por si hubiera algún problema.

Otras cosas a tener en cuenta

  • Está prohibida la venta de animales de compañía a menores de 16 años o a personas incapacitadas, sin la autorización de quienes tienen la potestad o la custodia.
  • Al adquirir el animal de compañía exige un documento informativo donde se indique la identificación de la especie, el número de identificación del animal y el núcleo zoológico, las características de cada animal, sus necesidades, consejos de educación, condiciones de mantenimiento, sanitarias y de bienestar necesarias, avaladas por un colegio de veterinarios o de biólogos.
  • Solicita una factura que indique los datos de identificación del vendedor (dirección, NIF…) y del comprador y, evidentemente, el precio.
  • En el caso de los perros, si el animal tiene pedigrí o certificado de raza, el vendedor debe entregarnos un resguardo expedido por la Real Sociedad Canina en el momento de la inscripción de la camada. Nos tenemos que informar bien, porque los certificados de raza emitidos por algunos países no tienen validez en nuestro país.

Normativa relacionada

  • Ley 9/2022, de 30 de junio, de protección de los animales domésticos (BOPV de 17 de agosto de 2022).
  • Ley 5/1997, de 24 de abril, de protección de los animales de compañía de Castilla y León. (Ver online).

Fuente: Elaboración propia y normativa relacionada.

Eva María Martín

Licenciada en Derecho y Postgrado en traducción. Soy una profesional por cuenta propia que se dedica a la traducción de documentación y al mantenimiento de sitios web, en particular mantengo el sitio www.consumoteca.com. Colaboro con Consumoteca porque creo en este proyecto y creo que hacía falta ordenar la información de ayuda a la compra y presentarla de una forma amigable, en una web bien diseñada. Animando a la gente a que se exprese se está dando un gran paso adelante en la emancipación de los consumidores españoles.

Esta entrada tiene 0 comentarios

  1. VERONICA

    felicitacion esta buenisimo y envienme mas temas con imagenes bay

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