«Agente de consumo». Fecha de publicación: 3 agosto 2018. Última actualización: 3 agosto 2023.
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Agente de consumo
Un agente de consumo o inspector de consumo es un funcionario público al que la normativa de protección del consumidor confiere el ejercicio de la autoridad de consumo en su ámbito territorial de intervención: regional o local. Se puede decir, que son la «autoridad de consumo».
Los agentes de consumo pueden ejercer funciones de información, inspección, sanción o disciplina de mercado sobre los comercios y profesionales que supervisan en sus inspecciones de consumo.
Tipos de inspección de consumo
Os agentes o inspectores de consumo pueden cursar una inspección a un comercio de dos maneras posibles:
- Con motivo de la denuncia de un particular presentada ante los Servicios de Consumo. Por ejemplo, en este comercio no me dan la hoja de reclamaciones.
- Directamente, a iniciativa de la propia Administración, mediante campañas de inspección programadas con antelación. Estas campañas las puede organizar la Comunidad autónoma o realizarse en conjunción con varias Comunidades dentro de una campaña estatal.
Resultado de una inspección
Cuando tras una inspección los agentes o inspectores de consumo detecten algún tipo de irregularidad, levantarán una acta. En ella darán un plazo determinado al comercio para que solucione la deficiencia detectada.
El acta de inspección de consumo, es el documento que extienden los inspectores de consumo de los Servicios de Consumo de las Comunidades Autónomas, o de los Ayuntamientos a los investigados. Lo hacen de oficio o a instancia de un consumidor denunciante, y en ella se recogen los resultados de las actuaciones de investigación y control sobre un comercio. Y una valoración de las consecuencias posibles, a raíz de los posibles incumplimientos detectados.
Qué dice la normativa de consumo
Un agente de consumo tiene la función principal de hacer cumplir la normativa de consumo.
Los Servicios de Consumo de las Comunidades autónomas y de los Ayuntamientos vigilan el cumplimiento de la normativa a través de los agentes de consumo.
Los comerciantes y profesionales tienen el deber de colaborar con los inspectores. La ley dice así:
“Las personas titulares de establecimientos y actividades comerciales, así como su personal empleado y representantes, están obligados a cumplir con los requerimientos e inspecciones que efectúe la Administración competente y sus agentes, acerca del cumplimiento de las prescripciones legales que regulen el ejercicio de la actividad comercial de que se trate”.
Los agentes de consumo o inspectores de consumo cuentan con la condición de agentes de la autoridad, y deben actuar de forma independiente e imparcial en su labor de inspección.