Daños morales del Santander por cancelar tarjetas a una clienta

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La Audiencia Provincial de las Islas Baleares ha confirmado la sentencia que estimó la demanda que la mujer demandante interpuso contra la entidad Banco Santander Central Hispano S.A, condenando a ésta a indemnizarla por los daños morales que le habían sido causados cuando el Banco canceló anticipadamente sus tarjetas de crédito sin causa justificada ni previa notificación, y, a detraer de su cuenta corriente todo el dinero que tenía depositado el día 18 de diciembre de 2006.

Sentencia original

En la Sentencia original del Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Palma, de fecha 30 de septiembre de 2009, quedó acreditado el incumplimiento contractual del banco en la cancelación anticipada de las tarjetas de crédito de la usuaria demandante, siendo condenado el Santander a indemnizarla en la cantidad de 6.000 euros por los daños morales causados, y al pago de las costas.

La usuaria demandante tenía unas circunstancias personales y familiares complicadas: estaba legalmente separada, con una hija menor a su cuidado, con una limitación funcional con minusvalía del 75 %.

La usuaria se entera de la cancelación de sus tarjetas al inicio de las fiestas de Navidad, cuando acudió a un centro comercial para efectuar las compras propias de tales fechas y celebrar el cumpleaños de su hija, viéndose obligada a desistir de realizarlas.

A ello se unió que los adeudos de sus compras se le cargaron a otra cuenta corriente con la que operaba la cliente sin actividad, con lo que la dejaron sin fondos, incurriendo en números rojos. Todo lo anterior permite afirmar la causación de un sufrimiento psíquico y un estado de zozobra y de angustia reflejado en un certificado médico emitido al efecto en el que se hace constar la agravación de su estado depresivo con ideas de autolisis, todo ello agravado por la negativa de la entidad bancaria de ofrecerle las explicaciones solicitadas sobre la cancelación de las tarjetas y su cargo en la cuenta con la que venía operando, obligándola a acudir a la vía judicial para conseguir ver atendidos sus derechos como cliente del banco.

Según la sentencia, la entidad bancaria incumplió su obligación contractual al domiciliar los cargos derivados de la tarjeta de crédito ofrecida y aceptada por su clienta en un cuenta corriente que no se utilizaba desde hacía cinco años y distinta de la indicada, cancelando anticipadamente todas las tarjetas y aplicando el total dispuesto en la cuenta corriente operativa, sin el conocimiento y consentimiento de su cliente.

Sentencia en apelación

El 18 de mayo de 2010 se pronunció la Audiencia Provincial en el mismo sentido que el Juzgado de 1ª Instancia. En este caso, entiende la Audiencia que la usuaria demandante sufrió daño moral por el actuar negligente del Banco de Santander Central Hispano.

La sentencia falla que la entidad bancaria demandada responda por los daños morales causados a su clienta por la cancelación anticipada de sus tarjetas.

La cuantificación económica del daño moral, siempre difícil, debe fijarse equitativamente atendiendo a las circunstancias de cada caso y a la gravedad de la lesión, siendo razonable la determinada por la sentencia de la instancia que reduce a 6.000 euros las solicitada por la actora de 30.000 euros, sin que pueda ser tildada de desorbitada, como se afirma por la entidad recurrente.

Datos de la sentencia

SENTENCIA: 00190/2010
Rollo: RECURSO DE APELACION 0000136 /2010
SENTENCIA NUM 190

Dada en Palma a 18 de mayo de 2010.

Fuente
Diario del Derecho
www.iustel.com (enlace al contenido)

Fernando García

Inversiones, Bolsa y Fondos de Inversión.

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